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(In) Coherencia del obispo

El reciente decreto del obispo de Segorbe-Castellón en el que se promulga un estatuto marco para las Asociaciones, Cofradías y Hermandades, ha sido recibido, según alguna encuesta, como muy adecuado y necesario. Yo diría que también es coherente. En el preámbulo de este decreto tras señalar lo mucho que han aportado estas asociaciones a la «misión evangelizadora» de la Iglesia, se advierte que si no «se cuidan con esmero?se pueden producir desviaciones que oscurecen su auténtica identidad».

Este mismo criterio ha llevado a la diócesis de Valencia a pensar en decretar en la misma línea, ya que la falta de decoro en actos religiosos hace que algunos participan en ellos como si de una comisión fallera se tratase. Esto ya ha sido denunciado por la Junta Mayor de la Semana Santa Marinera que ha llegado a sancionar con multas a tres mujeres-cofrades por participar en actos religiosos con una falda excesivamente corta.

Para evitar todo esto, se establecen unas condiciones mínimas para poder ser miembro de las cofradías y, en consecuencia, para participar en sus fines y actividades. Así el cofrade, hermano o asociado deberá ser católico, no haber rechazado la fe católica, no haberse apartado de la comunión, no estar excomulgado y llevar una vida moral conforme con las enseñanzas de la Iglesia. No creo que nadie pueda tachar de incoherente este condicionante.

Sin embargo sorprende que se cuide con tanto «esmero» la pertenencia a estas asociaciones y a las actividades que organicen cuando no se ha hecho, que yo sepa, nada similar en aspectos infinitamente más importantes que la pertenencia a una cofradía. Así nadie pide la documentación ni declaración de fe para asistir y participar en la Misa o Eucaristía que es el acto central y más importante de la Iglesia Católica, una reunión del pueblo de Dios, ni con la participación en las procesiones que son, según la liturgia y la teología, son un acto sagrado en el que se hace un homenaje público a Dios, la Virgen y los santos.

Si lo anterior resulta incoherente con el citado decreto, no lo es menos la participación de las autoridades en todos estos actos, en lugar preferente, pese a que es posible que no reúnan los requisitos exigidos para ser miembro. Nadie certifica su idoneidad católica. Si embargo, el decreto sí que deja claro en su artículo 17-3 que no podrá ser Presidente de la cofradía, hermandad o asociación «quien desempeñe cargos de dirección en partidos políticos». Sorprende esta referencia negativa a los partidos políticos, cuando es indudable que ello no impide que reúna las condiciones idóneas para ocupar dicho cargo.

El decreto deja claro que la participación en estas asociaciones, en sus fines y actividades está vedada a los que no vivan conforme a las enseñanzas de la Iglesia. Es decir que una parte significativa de la población no puede participar en ellas. Sin embargo nada se dice, y resulta incoherente, respecto a que sus gastos deben ser pagados exclusivamente por los admitidos. No se pueden pedir ayudas y subvenciones, que pagamos entre todos, para realizar actos en los que solo pueden participar unos cuantos. Y se piden, y se exigen, y si no se conceden se protesta y se acusa a los gestores del dinero público de ir contra la Iglesia y la tradición. Otra incoherencia.

Sin embargo, es cierto que el decreto marca un camino a seguir, un camino hacia la perfección en la religiosidad de los actos de la Iglesia. Siguiendo el argumento del decreto, sería coherente que ese mismo criterio se aplicase a la administración de los sacramentos para que dejaran de ser, como lo son hoy frecuentemente, una fiesta social más que religiosa.

Tanto el bautismo, como el matrimonio y la comunión, se han convertido en muchos casos en acontecimientos sociales, en banquetes, regalos, trajes y otras zarandajas que nada tienen que ver con el sacramento pero que constituyen la principal preocupación de los participantes en el mismo. Nadie se cerciora claramente de si los receptores de estos sacramentos o sus representantes (los padrinos) reúnen los sencillos requisitos que se requieren para poder ser cofrade.

En definitiva, queremos destacar que la aplicación coherente del decreto que analizamos conduciría a una clarificación de importantes aspectos de la Iglesia. Las cosas de la Iglesia, son para los que pertenecen a ella y no deben salir de este ámbito. Este aspecto privado e individual, no debe convertirse en público y social. Para ello nada como lo que defendemos en Valencia Laica: La separación de la Iglesia y el Estado, lo privado de lo público. Respetamos y defendemos el derecho de cada uno a profesar la religión que desee o a no hacerlo con ninguna, pero creemos que nadie debe utilizar los medios públicos, los de todos, en beneficio privado, de unos pocos.

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