Los mossos heridos en la huida de Martín E.S. se oponen a que sea el primer preso preventivo en España en lograr la eutanasia ya que implicaría el cierre de la causa judicial
El primer año en vigor de la ley de la eutanasia ha traído una petición excepcional: el extrabajador de seguridad de Tarragona que tiroteó a sus compañeros y a varios mossos d’esquadra ha pedido la muerte asistida. Marin E.S. permanece hospitalizado por una lesión medular tras ser abatido por la policía. Si no estuviera en esta situación, sería un preso preventivo más a la espera de juicio. El caso explora los límites de la eutanasia y sentará precedente en España.
Tal y como adelantó SER Catalunya, el médico que asiste al exvigilante ha tramitado la petición, que ahora un comité deberá resolver en los próximos días. No hay una opción intermedia. De consumarse la eutanasia para Marin E.S., se detendría la acción de la Justicia –la responsabilidad penal se extingue con la muerte– y los excompañeros y agentes heridos verían cerrada la causa penal contra su agresor.
Por ello el abogado del sindicato policial USPAC, José Antonio Bitos, que representa a los agentes heridos, ha pedido a la jueza que pare el procedimiento de eutanasia. A su juicio, prevalece el interés de las víctimas a continuar con la causa y sentar en el banquillo al acusado. “Un presunto asesino no puede sortear ni el juicio ni una condena mediante la eutanasia”, argumenta Bitos en su escrito. No existe en la ley de eutanasia un precepto sobre las condiciones en las que un preso puede pedir la eutanasia, como tampoco qué debe hacer un juez o un tribunal al recibir la solicitud.
Para la catedrática de Derecho Penal y miembro de la junta directiva del Observatorio de Bioética y Derecho (OBD) de la Universidad de Barcelona (UB), Mirentxu Corcoy, el caso de Tarragona suscita más preguntas que respuestas. “Es evidente que si hay juicio se le va a condenar. La eutanasia requiere un consentimiento libre, ¿estando privado de libertad se puede hablar de consentimiento libre?”, reflexiona esta experta.
A juicio del abogado Alejandro Gámez, miembro de la comisión de sanidad del Colegio de la Abogacía de Barcelona, debe primar el derecho a morir del investigado. “Las víctimas no tienen derecho a que se condene una persona, su derecho es pedir que se abra una causa y resoluciones fundadas en derecho. En mi opinión prevalece el derecho a morir, porque es un derecho fundamental contra un interés de las víctimas a que haya juicio”, argumenta el letrado.
La condición de preso preventiva de Martín E.S., abunda Gámez, “no condiciona de manera nuclear” su petición de muerte asistida. Sí lo hacen, en cambio, las patologías clínicas que padece. Recuerda además el abogado que los requisitos para pedir la eutanasia son “estrictos” y que su médico ya ha corroborado que sufre un padecimiento grave y crónico. “La muerte es un proceso irreversible, pero la entrada en prisión no”, apostilla el abogado.
Tanto Corcoy como Gámez consideran que en este caso la jueza de instrucción de Tarragona sí puede intervenir y, eventualmente, decidir paralizar la eutanasia, ya que cualquier juez de instrucción puede suspender procedimientos administrativos como es el de la muerte asistida. Eso sí, la magistrada tendría que argumentar y motivar su decisión.
En este sentido, Gámez recuerda que el cierre de la vía penal no equivaldría a dejar del todo desamparadas a la víctimas, ya que podrían acudir a la vía civil y reclamar una indemnización a los herederos de Martín E.S. El letrado reconoce que el procedimiento sería más largo. Corcoy destaca que hay que tener en cuenta “no solo el interés de las víctimas, sino también el interés público en la acción de la Justicia y en que los hechos sean juzgados”.
No hay que cambiar la ley
Ambos expertos también coinciden en que el caso de Tarragona no tendría que llevar a modificar la reciente ley de la eutanasia para incluir el supuesto de la muerte asistida de un preso. “La ley no tiene que legislar cada caso concreto, ante un conflicto entre las víctimas y el investigado hay que aplicar los principios generales del derecho”, asevera el abogado.
Por su lado, Corcoy lamenta que este caso tan excepcional haya llegado a los pocos meses de que España haya legalizado la eutanasia, cuando todavía quedan aspectos por desarrollar de la normativa, como por ejemplo asegurar la pluralidad de las comisiones de garantías y evaluación de los procesos de muerte asistida y que sus miembros no se vean afectados por conflictos de intereses o puedan resultar objetores de conciencia.
La catedrática de Derecho Penal sitúa el caso del preso de Tarragona como uno de los “más complejos” en la aplicación de la muerte digna, como ocurre con algunos casos con menores y con personas con problemas psiquiátricos. Al ser un caso sin precedentes en España, la experta recuerda una petición de eutanasia similar fuera de nuestras fronteras.
Ocurrió en Bélgica, uno de los países que más ha desarrollado el derecho a morir dignamente, a mediados de la pasada década: Frank Van Den Bleeken, encarcelado desde hacía casi 30 años por varias violaciones y el asesinato de una mujer, pidió la eutanasia. En un primer momento, las autoridades belgas la acordaron, pero tras los recursos de los familiares de las víctimas, los médicos decidieron en 2015 paralizar el procedimiento.
En el caso de Martín E.S., el pasado mes de diciembre abrió fuego en el interior de una empresa de seguridad situada en el centro de Tarragona y provocó heridas graves a tres excompañeros. En su huida hirió a un mosso de paisano. El pistolero se atrincheró en una masía abandonada y ante su negativa a dialogar con la policía, el Grupo Especial de Intervención de los Mossos lo abatió y detuvo. Antes el pistolero también había tiroteado a los agentes. Ahora Martín E.S. quiere tener derecho a morir dignamente.