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Estado laico hoy

Son unos cuantos los pactos políticos que constituyen el alma de nuestra unión como mexicanos: el federalismo, la representatividad, el republicanismo y, desde luego, el Estado laico.

Hace apenas unos días, los titulares de los tres poderes se reunieron para honrar la memoria de Benito Juárez, como cada año, una de las principales fechas del calendario cívico nacional dio pie a las reflexiones sobre la laicidad del Estado, el régimen constitucional de derecho y la justicia como razón política.

Hemos llegado a un punto en que el carácter laico del Estado no puede ser cuestionado; si bien, durante los últimos años vimos que este principio nos llevaba a reflexionar si en realidad se trataba de una discusión extinta y solucionada, hoy podemos afirmar que esa razón de ser de nuestro Estado, es parte del patrimonio jurídico, cultural y social de nuestro pueblo.

Las relaciones entre las iglesias y el Estado no tienen por qué ser acres o difíciles; al contrario; una relación sana y normal entre los ministros de culto y el gobierno, es también una garantía de tranquilidad para los ciudadanos que no deben ver, en la separación definitiva entre iglesias y Estado, una señal de confrontación o un problema de lealtades, sino una garantía de respeto a los derechos humanos y al marco jurídico constitucional que defiende nuestros derechos.

El respeto por los espacios propios de cada entidad es la base para la normalidad de las relaciones entre ambos aspectos de la vida individual; sin embargo, hay cuestiones que no pueden ser obviadas; por una parte, el poder público, en ninguna de sus tres ramas, puede prohibir o alentar religión alguna, ello siempre que dicha religión no violente los derechos de la sociedad o las personas —resulta obvio que no se puede permitir una religión en cuyo culto se incluyan sacrificios humanos, por ejemplo—; por otra parte, las normas derivadas del poder público son aplicables por igual a todos los pobladores del país sin importar sus creencias o religión mientras que las normas derivadas de cada iglesia son aplicables sólo a sus creyentes en la medida que éstos últimos estén dispuestos a cumplirlas y, como corolario de esta afirmación, sólo el poder público puede imponer penas a los que incumplen las leyes mientras que las iglesias sólo pueden recurrir a sus instrumentos doctrinarios para mantener su vigencia institucional. Por último, el poder público tiene primacía sobre las instituciones religiosas, pues mientras que el gobierno puede imponer límites, dentro del marco jurídico constitucional de sus atribuciones, las iglesias no tienen potestad para imponer su voluntad frente a la ley o frente a la Constitución. En esto puede resumirse el Estado laico de derecho.

Para el creyente, la vida está incompleta sin el ejercicio de su religión, ello constituye un derecho humano; pero al mismo tiempo, el derecho a vivir sin religión o sin estar sometido a alguna que uno no ha elegido, es también parte de los derechos fundamentales.

Son unos cuantos los pactos políticos que constituyen el alma de nuestra unión como mexicanos: el federalismo, la representatividad, el republicanismo y, desde luego, el Estado laico. Confiamos en que todas las fuerzas democráticas del país secunden este pacto ancestral que renovamos siempre al conmemorar el natalicio de Benito Juárez; confiamos en ello porque, sin duda, constituye una de las bases más importantes de nuestro texto constitucional y de nuestra esperanza de futuro.

                *Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM

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