El principio constitucional del Estado laico, de la separación entre las competencias y atribuciones de lo seglar y lo religioso, está incorporado a la mayoría de las constituciones modernas, tras férreas oposiciones por parte de instituciones y fuerzas eclesiales que contaron con el respaldo de partidos conservadores. En naciones latinoamericanas, como México, incluso apelaron a las armas y a la intervención extranjera para impedir que se hiciera realidad esa norma que deslinda las respectivas áreas entre el Estado y las religiones.
La historia centroamericana no es una excepción a esta tendencia. La primera generación liberal -la de Valle, Herrera, Morazán, los hermanos Márquez, Cabañas, Barrundia, Molina, Gálvez- debió enfrentar a formidables oposiciones por parte de aquellos que durante más de tres siglos se habían beneficiado de la simbiosis, no carente de conflictos, entre el poder temporal representado por la Corona española y el espiritual emanado del Vaticano.
El principio de libertad de cultos, de tolerancia, de separación Iglesia-Estado fue afianzado en las cartas magnas con el triunfo de las reformas liberales en el último cuarto del siglo XIX y mantenido en vigencia durante la mayor parte del XX.
Ramón Rosa fue el intelectual hondureño que más defendió en sus escritos este logro institucional.
Durante las últimas décadas, ha sido notorio el debilitamiento del laicismo en Honduras. Las diversas iglesias, Católica y protestantes, han ido expandiendo su adquisición de bienes materiales -manifestado en la apertura de centros educativos en los tres niveles, la compra de bienes raíces, bonos y acciones, depósitos bancarios-, y, simultáneamente de una profundización y consolidación de su influencia al interior del aparato estatal, lo que significa que Honduras ya es, de hecho, un virtual estado confesional y ha renunciado a continuar siendo un estado laico.
Es dentro de ese contexto que deben analizarse las críticas lanzadas en contra de la rectora de la UNAH, maestra Julieta Castellanos, por haber impedido que dentro del recinto universitario se celebrara una misa. Ella actuó correcta y responsablemente, ya que la Universidad Nacional Autónoma es un ente autónomo que pertenece a la nación, y por tanto debe mantener incólume el principio de neutralidad ideológica, en lo político y también en lo religioso, sin favorecer a determinada iglesia o a determinada personalidad religiosa.
Dentro de la comunidad universitaria se encuentran tanto personas que profesan un credo religioso o están inscritos en determinado partido; igualmente, otras son agnósticas o ateas y no están afiliadas a ninguna corriente política. A las unas y a las otras debe respetárseles su filosofía de vida, sin pretender influir, abierta o encubiertamente, en sus principios y valores.
Quienes deseen concurrir a celebraciones religiosas pueden asistir a los templos, iglesias, basílicas, capillas, existentes al exterior del campus, pero los edificios universitarios -propiedad de la Nación- no deben ser utilizados ni para propósitos litúrgicos ni para fines proselitistas, lo que significaría quebrantar el principio de laicidad y tomar partido por determinada religión en prejuicio de las otras.
Por ello reiteramos que, lejos de haber cometido una “equivocación”, la actitud de la señora rectora Castellanos ha estado apegada a la ley y al principio laico de separación entre Iglesia y Estado, por lo cual debe ser respaldada y no atacada.
A las jerarquías eclesiásticas cabe recordarles que Cristo Jesús dejó perfecta y eternamente deslindados los dos campos: el de este mundo y el del ultramundo cuando replicó a los fariseos: “Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”, o, en otras palabras, al Estado lo que es de su competencia y atribución y a las iglesias lo que les corresponde y concierne, en este y en el otro reino.