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El Tribunal Constitucional de Italia rechaza una ley de Lombardía que requería planes para abrir centros de culto

El artículo 19 de la Constitución italiana tiene como objetivo facilitar la construcción y apertura de lugares de culto, como iglesias, mezquitas y sinagogas.

Según los informes de los medios, las asociaciones evangélicas e islámicas en el norte de Italia acogieron una decisión del Tribunal Constitucional en Roma con alivio. Según la sentencia, una ley de la región de Lombardía de 2015 contradice parcialmente el derecho fundamental a la libertad religiosa. La ley regional hizo que el permiso de construcción de cualquier centro de culto dependiera del hecho de que existiera un “plan para instituciones religiosas”, que debería “adoptarse junto con el plan de desarrollo municipal.”

“Debido a esta ley, se nos han cerrado 27 iglesias evangélicas, un daño enorme para nuestra comunidad”, dijo el presidente de la Conferencia Evangélica Nacional, Riccardo Tocco. El presidente de la Casa Islámica de la Cultura en Milán, Benaissa Bounegab, llamó a la sentencia “un paso hacia la normalidad”. “Los jueces actuaron muy sabiamente y dejaron en claro que la libertad de culto estaba restringida en Lombardía”, señaló.

La sentencia indica que el Artículo 19 de la Constitución italiana estipula que la construcción y apertura de sitios culturales, como iglesias, mezquitas y sinagogas, debe facilitarse y, por lo tanto, no debe depender de las regulaciones de planificación municipal.

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