El Supremo italiano consideró que el juez no cometió el delito de "omisión en acto de servicio e interrupción del servicio público" por la que había sido condenado en mayo de 2007 por el Tribunal de Apelación de la provincia de L'Aquila (centro), ya que las audiencias previstas fueron celebradas por otro magistrado.
Debido a su gesto, Tosti está suspendido desde entonces de empleo y sueldo y se le ha abierto un expediente disciplinario sobre el que se tendrá que expresar próximamente el Consejo Superior de la Magistratura.
Los hechos se remontan al año 2006 cuando en el transcurso de una audiencia el juez Luigi Tosti presentó un conflicto de atribuciones entre poderes del Estado y suspendió el proceso para pedir al Ministerio que se restaurase la condición laica del Estado mediante la retirada del crucifijo.
El caso desató en su momento el debate sobre la presencia de los símbolos religiosos en los lugares públicos sobre todo después del que en 2003 Adel Smith, presidente de la Unión de Musulmanes de Italia, consiguiese la retirada del crucifijo de un aula de la escuela materna de Ofena, en la región central de los Abruzos, donde acudían sus hijos.
Finalmente, la sentencia fue revocada por un tribunal de apelación en el 2005.
+++++++++++++++ MENSAJE DE GRANADA LAICA A LUIGI TOSTI+++++++++++++++++
+++++++++++++++NOTA DE ALIANZA CONTRA EL CONFORMISMO+++++++++++++++
El Tribunal de Casación de Roma absuelve al juez Luigi Tosti
Después de tres años y una desmoralizadora lucha pasando por todas las instancias, el juez Luigi Tosti, condenada en noviembre de 2005 a siete meses de prisión e inhabilitado por un año de todos sus cargos públicos por oponerse a hacer justicia bajo el crucifijo, ha sido absuelto el día 17 de febrero de 2009 en tercera y última instancia.
La fundamentación sonaba bastante dudosa: Ya que sus audiencias habían sido celebradas por otro magistrado en sustitución, el acto no había perjudicado realmente a la jurisprudencia pública y por tanto el juez Tosti tenía que ser absuelto del delito de "interrupción en acto de servicio público” y “omisión de actos oficiales". De la obscenidad que constituye la base de este procedimiento, citada por nosotros una y otra vez – una correspondiente directiva de Mussolini en beneficio de sus patrocinadores clericales – no se dijo por supuesto ni una sola palabra. Con una tal fundamentación jurídica-formal, Tosti ya debería de haber podido y tenido que ser absuelto en la primera instancia en 2005. El pretexto es así más que evidente: Solo la inesperada e incesante presión internacional por parte del público en forma de cartas de protesta y firmas ha terminado por inducir al Tribunal de Casación a anular la condena anterior, sin que no obstante se tomará cartas en el asunto de la exigencia de Tosti de retirar los crucifijos de las salas de audiencia. La solicitud nuevamente presentada por Luigi Tosti al comienzo de la vista pidiendo que el Tribunal intercediera ante el Ministro de Justicia a favor de la retirada de los crucifijos para que el Estado cumpliera con su obligación de restaurar la neutralidad ideológica, ha sido denegada.
Su expediente disciplinario sobre el que se tendrá que expresar el Consejo Superior de la Magistratura si Tosti es restaurado en su cargo como juez, sigue aún abierto, pero según muestra la experiencia, éste se guía por el resultado del proceso penal pendiente simultáneo. ¡De todos modos, no bajar la guardia!
El juez Tosti dijo que su lucha continuaría. “Yo o los crucifijos en las salas de audiencia.”