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El PSOE se opone a la cesión de patrimonio municipal a la Iglesia Católica cinco meses después de que el equipo de Gobierno lo aprobara

Mari Carmen Núñez: «El alcalde no puede regalar lo que es propiedad de todos los almerienses»

El Grupo Municipal Socialista ha votado en contra de las pretensiones del Obispado de Almería de inscribir a su nombre la Iglesia de San Antonio de Padua en Ciudad Jardín así como la vivienda anexa a la misma. Ambos inmuebles forman parte del Inventario Municipal y tienen un valor catastral de casi dos millones y medio de euros (2.489.267,47). Los concejales socialistas votaron negativamente frente a los votos positivos del equipo de gobierno y la abstención de IU.

La concejala socialista Mari Carmen Núñez ha explicado que el registro directo por parte de la Iglesia no es posible porque es un inmueble que sí tiene propietario y está inscrito en el Registro de la Propiedad a nombre del Ayuntamiento de Almería (finca nº 14990/A; tomo 631, libro 317, folio 60, alta 11 del Registro de la Propiedad nº 2 de Almería). “Ante la imposibilidad del registro directo o inmatriculación, añade, el Obispado de Almería ha solicitado la cesión gratuita e indefinida del inmueble”.

”En nuestra opinión , a pesar de que el Ayuntamiento construyó este edificio con el fin de destinarlo al culto religioso, nunca pretendió regalarlo o ceder el título de propietario a la Iglesia, y lo demuestra el acto de inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad que realizó el Ayuntamiento a su propio nombre. En 45 años ninguna corporación, incluidas las del Régimen confesional católico franquista, había realizado gestión alguna para que el titulo de la propiedad pasara de manos municipales al Obispado”.
Antecedentes

Desde 1998, la Iglesia Católica española ha inscrito a su nombre miles de inmuebles en todo el país, desde casas rectorales, viñedos y olivares, hasta atrios, solares o pisos que pertenecían a los municipios y que, en todo caso, nunca se registraron. “Todo esto lo ha venido haciendo calladamente, amparada por los artículos 206 y 304 de la Ley y el Reglamento Hipotecario, ley aprobada por el PP en 1998 cuando Aznar era Presidente del Gobierno”, asegura la edil del PSOE.

Añade que “la Iglesia Católica, gracias a una ley franquista, tiene capacidad legal para inscribir a su nombre cualquier inmueble que no tenga propietario, excepto templos y lugares de culto. Aquella prerrogativa fue reformada por el primer Gobierno de José María Aznar, aunque el cambio fue para ampliarla, ya que ahora la institución también puede reclamar para sí edificios destinados al culto. Muchos alcaldes y particulares han descubierto el caso con sorpresa y luchan ahora por devolver al pueblo el inmenso patrimonio cultural e inmobiliario que consideran arrebatado”.

Almería
Es esta corporación quien inicia ahora los trámites para regalar parte del patrimonio municipal a la Iglesia a título gratuito, “a lo que nos oponemos, sin entrar en valoraciones sobre si debe o no seguir destinada al culto religioso. Nos oponemos a regalar patrimonio municipal y entendemos que el Obispado no puede acogerse a las figuras de cesión parcial o total recogidas en la Ley 7/1999 de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, tal y como trata de justificar el equipo de gobierno del PP en el expediente iniciado para éste fin por el Área de Urbanismo del Ayuntamiento”.

Explica Núñez que “si el Ayuntamiento no cede edificios ni terrenos de forma gratuita a personas o entidades de carácter social que sufren dificultades, mucho menos debe hacerlo a instituciones cuya solvencia económica está más que demostrada, y que ya reciben subvenciones públicas regladas, como es el caso de la Iglesia Católica”.

Concluye asegurando que “el Alcalde no tiene derecho a ampararse en su mayoría absoluta para tomar decisiones irrevocables sobre el patrimonio municipal, sin que haya causa de interés público demostrado que lo justifiquen. Debe recordar que no son bienes suyos, sino de todos los almerienses”.

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