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Imagen de archivo de una persona rezando el rosario ante la sede del PSOE, en la calle Ferraz.Alejandro Martinez Velez/Europa Press via Getty Images

El PSOE recurre la sentencia del Superior madrileño que avala rezar el rosario en Ferraz el 9J

Los socialistas han formulado un incidente de nulidad en el que pide anular de forma cautelarísima la sentencia que permite esta acción ante su sede en la jornada de reflexión y durante la votación de las europeas.

El PSOE ha formulado un incidente de nulidad en el que pide anular de forma cautelarísima la sentencia del Tribunal de Justicia de Madrid que autorizó concentraciones para rezar ante su sede, en la calle Ferraz de la capital, durante las jornadas de reflexión y de votación de las elecciones europeas.

En un escrito ante el TSJ de Madrid, el PSOE pide anular la sentencia de este tribunal, que es firme y ante la que no cabe interponer recurso, con el argumento de que los rezos los días 8 y 9 de junio frente a Ferraz son un acto político y que este partido debería haber sido informado y considerado parte en el proceso.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid estimó un recurso de los convocantes y autorizó las concentraciones, corrigiendo así a la Junta Electoral Provincial y al delegado del Gobierno que las habían prohibido durante esos dos días.

En su incidente de nulidad, al que ha tenido acceso EFE, el PSOE sostiene que debería haber sido informado antes de que las concentraciones se analizasen en la Junta Electoral Provincial, pide retrotraer las actuaciones a ese momento y cautelarísimas que anulen la sentencia y, por tanto, impidan celebrar esos rezos.

Unas concentraciones que siguen tras las protestas de noviembre de 2023

Los rezos ante la sede del PSOE se mantienen desde las protestas de noviembre de 2023 cuando los socialistas y los independentistas catalanes pactaron la ley de amnistía que se acaba de aprobar y sus promotores tramitaron una nueva autorización entre los días 31 de mayo y 15 de junio.

La Junta Electoral autorizó las protestas hasta el día 7 incluido, pero no así el 8 y el 9 por influir en el proceso electoral, en tanto que la Delegación del Gobierno no puso objeciones a la protesta salvo en esas mismas fechas, posturas que revocó la sentencia del TSJ de Madrid.

El su escrito el PSOE señala que es “palmario” que las concentraciones además de “una expresión religiosa absolutamente respetable” tienen una finalidad política y “la intención manifiesta de perjudicar electoralmente al PSOE” por lo que deberían haber sido llamados.

El PSOE recalca que la ley electoral prohíbe en los días de reflexión y votación la ley electoral prohíbe los actos de propaganda o de campaña, así como la formación de grupos en las proximidades de los colegios que puedan dificultar o coaccionar el libre ejercicio del derecho del voto. Y adjuntan capturas de los mensajes en redes sociales del convocante de estos rezos para señalar que él mismo reconoce “una cruzada manifestada a través de estas concentraciones para rezar contra todo lo que representa el Gobierno y el PSOE”.

No dar traslado del procedimiento al PSOE para que formulase alegaciones provoca, a juicio de este partido, “una grave indefensión y vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva”.

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