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José Andrés Calderón, uno de los impulsores del rezo público del Rosario por España. | Crédito: ACI Prensa.

El promotor del rosario en Ferraz lleva al Constitucional al Gobierno de España por prohibir rezar el Rosario

Comentarios del Observatorio

El medio que ofrece esta nota tiene un evidente carácter clerical, con un sesgo que impregna la información que aporta. Invitamos a hacer una lectura crítica y recordamos que el Observatorio no se responsabiliza de los contenidos que recoge de otros medios. La misión de este Observatorio es recoger toda la información relacionada con el laicismo.

El impulsor del rezo público del Rosario en las inmediaciones de la sede nacional del gobernante Partido Socialista Obrero Español (PSOE), José Andrés Calderón, ha interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) por vulneración de la libertad religiosa y el derecho de reunión.

Calderón responde así a la prohibición impulsada por la Delegación del Gobierno en Madrid de las convocatorias de esta práctica de piedad los pasados 28, 29 y 30 de noviembre, y la ratificación de la decisión por parte de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. También frente a un recurso de complemento y subsanación posterior cuya desestimación fue comunicada el pasado 9 de enero. 

Según se detalla en el texto jurídico, al que ha tenido acceso ACI Prensa, la prohibición del rezo se realizó por “insuficiente justificación de la urgencia” en la comunicación que se realizó ante la Delegación del Gobierno.

¿De qué urgencia se trata? La Ley Orgánica del Derecho de Reunión establece que las concentraciones y manifestaciones de más de 20 personas han de ser comunicadas a la Delegación del Gobierno con un plazo no inferior a 10 días, salvo causa de urgencia, que permite la comunicación con un mínimo de 24 horas.

El recurso defiende que la jurisprudencia española “no ha abordado el problema de la suficiente justificación de la urgencia y de la densidad argumentativa exigible al convocante que es el asunto de fondo del recurso”, así como el hecho de que se convoquen actos públicos en las inmediaciones de los partidos políticos. 

Además, aporta abundantes referencias a sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), en las que se establece que prohibir una manifestación por considerar que no está justificada la urgencia invocada por el convocante “supone una injerencia desproporcionada en el derecho de reunión pacífica y sin armas”.

También estas sentencias exponen que las restricciones a reuniones debidamente comunicadas “deben someterse al principio de proporcionalidad, porque la defectuosa comunicación per se [por sí misma] no da carta blanca a la autoridad gubernativa para prohibir o disolver reuniones”.

Por otro lado, el recurso argumenta que en España, salvo la inmunidad de las sedes parlamentarias, el interior de las oficinas gubernamentales y las sedes de los tribunales cuando se les impide el ejercicio ordinario de sus funciones, las inmediaciones de las sedes de los partidos políticos son lugares que “no están sometidos a un régimen especial, ni habilitan a la autoridad gubernativa a prohibir el uso de dichos lugares para convocar reuniones o manifestaciones de protesta”. 

“Muy al contrario —añade el recurso— el sentido propio del derecho de reunión es precisamente influir en la configuración de la opinión pública y procurar un cambio en las decisiones políticas”. 

A estos argumentos se añade la idea de que la prohibición impuesta por la Delegación del Gobierno tiene aún menos razón jurídica al poner en peligro el ejercicio no sólo del derecho fundamental de reunión, sino el de libertad religiosa. 

En este sentido, el recurso resalta un agravio comparativo ya que “ha habido numerosas manifestaciones en la misma calle Ferraz inmediatamente posteriores al anuncio y durante la tramitación de la controvertida proposición de ley que no han sido prohibidas”. 

A través de la red social X (antes Twitter), José Andrés Calderón afirma que “el Delegado de Gobierno actuó arbitrariamente y con una palmaria desproporcionalidad” y se muestra expectante ante la decisión que pueda tomar el TC, que define como “un órgano político controlado por la misma oligarquía política que me prohibió rezar”. 

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Además, anuncia que en el caso de que el TC no le dé la razón, acudirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 

Como conclusión a su comentario en la red social, Calderón se dirige al Delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre: “No te tengo ningún miedo @franmartagui. Tus prohibiciones arbitrarias van a tener consecuencias. Pase lo que pase, la Verdad es Verdad por más que mil tribunales humanos digan lo contrario. Y rezar no es ni será nunca nada ilegal. ¡Dios con nosotros!”.

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