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El poder de los símbolos religiosos en el espacio público

Simposio Internacional: Símbolos y emblemas religiosos en los espacios públicos Fédération nationale de la Libre PenséE (france)

LIMOGES MARZO DE 2016

 La puissance des symboles religieux dans l’espace public.

La bataille pour l’installation de 1.300 croix dans la Sierra de Guadarrama.

 El poder de los Símbolos religiosos en el espacio público.

La batalla por la instalación de 1300 cruces en la sierra de Guadarrama.

Francisco Delgado. Presidente de Europa laica (España)

Ponencia en francés: La puissance des symboles religieux dans l’espace public 

La libertad de conciencia, es un principio básico inspirador del laicismo, que presenta dos caras indisolubles y necesarias para ser garantizada: la neutralidad del Estado y la libertad individual, si bien ésta debe de estar sometida a los necesarios límites legales, para la salvaguarda de derechos de terceros.

Ello nos lleva a distinguir entre el “uso confesional” en los espacios públicos de los símbolos religiosos, que pueden conculcar la libertad de conciencia, y quebrantar la neutralidad del Estado y el “uso personal” (¿no ostentoso?) de los mismos, que puede reafirmar la libertad de conciencia y, por ello, la libertad individual.

Las sociedades son plurales, las personas -cada una de ellas- tienen convicciones diferentes y, además, existen grupos de identidades ideológicas múltiples. Pero el Estado ha de ser laico, es decir neutral ante la cuestión religiosa o de cualquier otra convicción.

Por ello, con el objetivo de preservar el principio de neutralidad del Estado y el principio de libertad conciencia, a la que cada persona tiene derecho, se habría de evitar al máximo cualquier presencia de símbolos y emblemas religiosos en los espacios públicos.

Es decir, los edificios de titularidad y gestión pública, como los administrativos y los centros educativos, hospitales, cuarteles, centros penitenciarios, etc., también las plazas, las calles, los montes, etc. deberían de permanecer ajenos a toda simbología religiosa. Con la única excepción de los centros de culto autorizados.

También para diferenciar lo que es público y por lo tanto de todos, de lo que es privado, es decir sólo de una parte de la sociedad.

No me voy a referir en esta intervención, al uso personal de símbolos (velos, crucifijos, camisetas, etc.), sólo me referiré a la presencia de símbolos confesionales en los espacios públicos.

La cuestión de los símbolos religiosos en los diferentes países europeos, es muy diverso, como consecuencia de historias políticas y sociales muy diferenciadas y de predominios de religiones mayoritarias y de otras religiones emergentes que se han ido sucediendo. La inmensa mayoría de origen abrahámico y monoteístas, desde el “Edicto de Milán”, cuando el Emperador Constantino se convirtió al cristianismo hace 17 siglos.

En ese devenir histórico han sucedido múltiples hechos muy diferenciados en cada territorio europeo, relacionados con la comunión -casi permanente- del “Estado y la religión”, junto a muy breves espacios de neutralidad real y efectiva.

Cito algunos de estos hechos diferentes y opuestos, a modo de recordatorio:

Las Cruzadas; el dominio del islam en diferentes partes del sur de Europa; las “reconquistas” cristianas; los diversos cismas, como el ortodoxo cristiano de hace un milenio; las Reformas protestantes; la Inquisición; la extensión imperial del dominio político-católico a los pueblos de América latina; la Ilustración y los intentos políticos y de ciudadanía de la emancipación de las personas; los Derechos del Hombre y de las Mujeres; los Concordatos con el Vaticano (hoy vigentes); la Ley francesa de separación Iglesia Estado de 1905 (hoy atacada); la Constitución laicista de la II República española (fallida); la dictadura fascista y nacional-católica en España hasta 1976; los “fascismos” y totalitarismos imperiales y nacionalistas, con apoyo católico del siglo XX; la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948; los “ateísmos de Estado” del este europeo en el siglo XX; …y por fin, las últimas migraciones y los diferentes pluralismos religiosos, junto al crecimiento de los integrismos nacionalistas… hechos ambos que aumentan y que requieren renovadas interpretaciones desde el laicismo y el librepensamiento.

Todo ello ha conformado y configura un panorama y una historia política y social muy diferenciada en según qué territorio.

Por ello me voy a limitar a hablar del caso español y como antes indicaba, sólo a la “presencia de símbolos confesionales en los espacios públicos”.

***

Aunque diversas leyendas, con la única finalidad de reafirmar la simbología externa y el predominio católico, se refieren a que en el siglo I de la era cristiana, ya Santiago el Mayor llegó a España para evangelizarla, mientras surgieron otros mitos, como el de la advocación mariana de la Virgen del Pilar o una “imposible” llegada de Pablo de Tarso a la península Ibérica.

La única y veraz evidencia histórica, nos ofrece datos de como durante más de milenio y medio, los diferentes territorios de la Península Ibérica han estado “dominados” por la Iglesia católica y romana y por una parte del islam.

Desde el III Concilio de Toledo (año 589 de la era cristiana), con la “conversión” del rey Recaredo se sellaba la unidad “espiritual” y territorial del Reino Visigodo que dejó oficialmente de ser arriano y se “convirtió” de forma “uniforme” al catolicismo, cualquier otra religión o convicción era perseguida desde entonces.

La conformación de los reinos que terminaron reuniéndose en la monarquía católica hispánica del Antiguo Régimen se hizo, en gran medida, a través de la construcción de una personalidad fuertemente católica, que desembocó en el “máximo religioso” de los  Reyes Católicos, incluyendo la creación de la Inquisición española, la expulsión de los judíos o el bautismo forzoso de los moriscos.

La Iglesia española de la Edad Moderna se convirtió en un mecanismo de la monarquía católica absolutista y viceversa. Siendo muy poco accesible a las innovaciones de la Reforma luterana, que sólo alcanzó a círculos minoritarios, con lo que los conflictos religiosos de España no fueron comparables a los que se dieron en otros lugares de Europa.

España y Portugal y el resto de territorios ibéricos y los dominados por la corona española en América latina se convirtieron en un férreo bastión católico que cometieron crímenes de lesa humanidad en defensa de la fe.

Mientras que en Europa el “movimiento ilustrado” se iba consolidando y aunque Napoleón suprimió la Inquisición española en 1808, en España, la Constitución liberal de 1812, reafirmaba la catolicidad española, cuyo clero se reservaba el control de las instituciones del Estado y, sobre todo, de la Escuela.

Fernando VII restablecería la Inquisición (como Santo Oficio o Juntas de fe) hasta bien avanzado el siglo XIX, siendo la última víctima, el maestro de escuela Cayetano Ripoll en Valencia (en 1826).

Salvo en muy breves periodos liberales del siglo XIX y XX, el período de libertades de la II República (1931 al 39) y hasta después del Concilio Vaticano II (que la dictadura franquista concedió una muy restrictiva ley de libertad religiosa en 1967), la Iglesia católica y el Estado han caminado juntos.

La religión católica ha sido la del Estado y sus símbolos han formado y aun hoy forman parte muy extendida del panorama urbano y rural. En Plazas, calles, montes y colinas, edificios públicos, cementerios, cuarteles, juzgados, hospitales, centros de enseñanza, etc. abundan cruces, símbolos, imágenes marianas, santería variada, también en la toponimia de calles, plazas y pueblos…

La unión del Estado e Iglesia católica, durante siglos, en la reciente dictadura franquista e, incluso, en la actualidad, con la democracia formal y una Constitución (la de 1978) que proclama el principio de no confesionalidad del Estado, la presencia de diversa simbología católica en muchos espacios públicos son una realidad, mientras que hay una total pasividad -muy generalizada- de la inmensa mayoría de los políticos y de las instituciones públicas.

En España, existe una Ley de Libertad religiosa de 1980 que aborda básicamente las cuestiones relacionadas entre el Estado y las iglesias, además sigue vigente una parte del Concordato franquista de 1953 y los Acuerdos concordatarios de 1979, pero el referente jurídico y político es el deliberado y ambiguo texto constitucional de 1978:

Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y de las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”,

No existe una normativa que se refiera expresamente al uso de simbología religiosa, ni que limite los enormes privilegios simbólicos, jurídicos, políticos, económicos, tributarios y en materia de Enseñanza y Servicios Sociales que conserva la Iglesia católica en España.

Por ello Europa Laica viene reclamando: La reforma de la Constitución, una Ley de Libertad de Conciencia, la anulación del Concordato de 1953 y de los Acuerdos concordatarios de 1979, para que se pueda construir el Estado laico.

El Estado español, no se limita sólo a colaborar con la Ic -en la práctica- podría considerarse como muy cercano a “confesional católico”.

Y desde el actual marco político y jurídico, más que avanzar en la “laicidad de las instituciones” parece ser que se pretende aproximar a un Estado pluri-confesional.

Por otro lado, la vía jurídica para tratar de dar solución a estas cuestiones no es muy adecuada, ya que los tribunales españoles y el de Derechos Humanos Europeo, suelen beneficiar a las relaciones habituales e “históricas” de los diferentes Gobiernos y Parlamentos con sus respectivas confesiones religiosas, generalmente mayoritarias.

Luego esa vía jurídica no es la procedente. Ha de ser la vía política legislativa y la ejecutiva la que tiene que actuar. Pero, sobre todo, la agitación social, la denuncia, la pedagogía, que son las vías que Europa Laica abandera, por encima de las anteriores.

La mayor parte de las vías jurídica iniciadas en España, hasta ahora, han acabado dando la razón a la Iglesia o al Estado cuando la favorece, haya sido en materia simbólica, económica, tributaria o en materia de Enseñanza.

También a nivel europeo sucede lo mismo. En la famosa sentencia Luatsi: Como es conocido, inicialmente, la sala del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, dio la razón a la madre que exigía la retirada de símbolos cristianos en una escuela italiana, con el siguiente argumento:

La exposición obligatoria de un símbolo de una confesión determinada restringe el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones, así como de los niños escolarizados a creer o no creer”.

Sin embargo posteriormente el plenario desautoriza a la Sala y da la razón al Gobierno Italiano y considerando lo contrario: (resumen) “… dada la pluralidad de sistemas de relación Iglesia-Estado en Europa (estados confesionales, de cooperación religiosa y laicos) corresponde a éstos un amplio margen de apreciación de las medidas a adoptar. En este marco el Tribunal debe respetar las opciones de los Estados en la medida en que estas opciones no conduzcan a una forma de adoctrinamiento, que es lo que prohíbe el Convenio Europeo de Derechos Humano. Por ello la presencia del crucifijo en un centro escolar no otorga a la religión mayoritaria del país una visibilidad preponderante, porque el crucifijo colgado en una pared es un símbolo esencialmente pasivo y su presencia hay que relativizarla, dada la histórica y cultural presencia de la religión católica en ese país…”

Este hecho nos sitúa en un escenario muy difícil, para poder acudir a los Tribunales de Justica, ante cuestiones de agresión simbólica.

Así ha pasado en España ante diferentes casuísticas similares, en el ámbito escolar, institucional, etc.

Recientemente Europa Laica y MHUEL hemos denunciado ante la Audiencia Nacional la concesión de una medalla al “mérito policial” a una Virgen, que según la concesión había actuado en “acto de servicio”.

Hasta ahora los Tribunales no nos dan la razón y mienten en las sentencias que se han dado hasta ahora, en beneficio del Gobierno y de la iglesia, aun siendo una aberración. El recurso lo hemos planteado al alto Tribunal Constitucional, ahora ya, por vulnerar la laicidad del Estado. Pero dudamos que nos vayan a dar la razón.

***

Las 1300 cruces de Guadarrama

La polémica saltó en 2014. Varias asociaciones de montañeros denunciaron la presencia de cruces en lo alto de las montañas de la Sierra de Guadarrama. “Objetivo 1300” una asociación integrista católica había emprendido su cuarta edición –al parecer llevaban subiendo cruces a las cimas desde 2012– colocando una gran cruz de cuatro metros de alto en el pico de La Maliciosa, que se encuentra en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.

A raíz de este revuelo, la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid instó a la organización religiosa a suspender dicha actividad “para la que no tenía permiso”. Ante la decisión de Medio Ambiente que admitió que ya ha había retirado algunas cruces, la asociación integrista dijo que “desconocía” que hubiera que solicitar algún tipo de permiso y anunció que actuarían de acuerdo con la legislación establecida.

La iniciativa católica “Objetivo 1300” volvió a desafiar a la Comunidad de Madrid en el mes de septiembre de 2014. Después de que la Consejería de Medio Ambiente se pronunciara . El grupo de católicos informó a través de unos panfletos que seguirían con su empeño. En esa ocasión la expedición subiría hasta la cima de El Yelmo, en el término municipal de Manzanares el Real, aunque desde la Consejería insistían en que era una actividad “ilegal” y “no autorizada”. Tenemos noticias de que no se llegó a instalar.

Sin embargo varias asociaciones católicas sacaron comunicados exponiendo que les parecía triste que la Consejería de Medio Ambiente retirara y no autorizada la colocación de unas cruces que no hacían daño a nadie y que cuanto menos, son un símbolo de fe, amor y de libertad. Un símbolo que con esfuerzo unos jóvenes instalan en la montaña, como recuerdo a los cientos de miles de cristianos que están siendo asesinados o en riesgo de serlo en medio mundo, a manos de los radicales islamistas.

Al parecer el tema está hoy zanjado, al menos que nosotros sepamos. Quizá por un acuerdo oculto político entre la Consejería y la jerarquía católica.

***

No obstante en España la exaltación de símbolos católicos, esencialmente cruces, imágenes de vírgenes y santos es una constante y en ocasiones con apoyo institucional, como una CRUZ en Vigo, obligada a retirar por los tribunales de justica en base al ley de la Memoria Histórica en primera instancia y recurrido por el ayuntamiento, con su alcalde a la cabeza.

La Semana Santa, romerías, rituales religiosos, funerales de Estado católicos, etc. son financiadas con dinero público y a ellos asisten, hasta ahora, muchos políticos en función de su responsabilidad pública.

Con las nueva era política que comienza está por ver si daremos pasos en favor de la laicidad de las instituciones. Habrá que esperar algún tiempo, porque en las agendas de los programas de Gobierno la cuestión de la laicidad no aparece como muy en primera línea, a pesar de algunos gestos muy significativos que se están dando por parte de algunos alcaldes y concejales.

***

La presencia de los símbolos religiosos en lugares públicos es una cuestión controvertida. La pluralidad de sistemas de relación Iglesia-Estado existentes en Europa y la falta de consenso interno sobre la solución adoptada en buena parte de los países de nuestro entorno, dificultan la aproximación de posturas.

En líneas generales, la presencia de símbolos religiosos en espacios públicos tiene un significado religioso preponderante, objetivamente relevante y potencialmente conflictivo, que lesiona la separación entre el Estado y las confesiones y discrimina a los que no pertenecen a la confesión mayoritaria.

A partir de aquí no hay mejor solución que proceder a retirar los símbolos religiosos permanentes de los espacios públicos.

La única excepción para no proceder a retirar algunos símbolos religiosos sería la de mantener aquellos que tuvieran, en todo caso, un gran valor histórico-artístico. Si es que hubiera gran consenso político y social en ello.

El disfrute del patrimonio artístico no debe corresponder en exclusiva a una parte de la comunidad, aunque sea de la que procede fáctica e ideológicamente la obra de arte, sino a todos. Ya que todos, a la postre, financiamos su mantenimiento.

La presencia del crucifijo u otros símbolos religiosos en escuelas, cuarteles, ayuntamientos, sedes judiciales, etc. es un resto fósil de regímenes fuertemente confesionales y de sociedades homogéneas.

En unas sociedades crecientemente diversas, el principio de laicidad del Estado no puede colapsarse por el juego de la cláusula de reconocimiento del hecho religioso y el derecho a no ser discriminado por razón de religión o convicciones degradarse a simple regla general de igualdad.

España es un país de laicidad compleja, pero es muy fina la línea que le puede llegar a convertirse en un Estado de laicidad fallida, si seguimos por el actual camino.

La sociedad española se ha secularizado muy potentemente, pero no así la política. Tenemos alguna confianza (aunque no demasiada, al menos a corto plazo) de que los nuevos aires políticos puedan ponernos, por fin, en la línea de salida de la construcción del Estado laico.

Sin embargo a nivel europeo los ataques a la laicidad de las instituciones y al derecho a la libertad de expresión, de pensamiento y de conciencia son una constante creciente en este inicio del siglo XXI. La vulneración de los Derechos Humanos más elementales se suceden y crecen los integrismos religiosos y fascistas. Europa Laica ha presentado en el Parlamento Europeo en 2015 una “Carta Europea por la Laicidad y la Libertad de Conciencia” y pretendemos extenderlo a los Gobiernos europeos y al Consejo de Europa, como documento de reflexión colectiva y solidaria.

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