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Desfile por San Valero en Zaragoza.

El “paseíllo” de san Valero en Zaragoza · por Víctor Moreno

​Descargo de responsabilidad

Esta publicación expresa la posición de su autor o del medio del que la recolectamos, sin que suponga que el Observatorio del Laicismo o Europa Laica compartan lo expresado en la misma. Europa Laica expresa sus posiciones a través de sus:

El Observatorio recoge toda la documentación que detecta relacionada con el laicismo, independientemente de la posición o puntos de vista que refleje. Es parte de nuestra labor observar todos los debates y lo que se defiende por las diferentes partes que intervengan en los mismos.

Sigo sin saber qué es lo que entienden los alcaldes y ediles del Ayuntamiento de Zaragoza, al igual que muchos municipios de España, cuando leen el artículo 16 de la Constitución que afirma: “2. Ninguna confesión tendrá carácter estatal”.

A la vista del comportamiento público de algunas corporaciones participando en una procesión religiosa y misa pontifical en cuerpo de ciudad, es decir, “representando” a todas las personas esa población, puedo deducir, y deduzco, que el contenido de dicho artículo constitucional no va con ellos. La corporación de Zaragoza así lo ha puesto de manifiesto una vez más en el día de san Valero, 29 de enero pasado, marchando todo pinchos y engalanados a La Seo de san Salvador para hacer los honores al santo en nombre de todo el paisanaje zaragozano. Y aclaro que en tal paseíllo participaron concejales del PP, VOX y PSOE. ¡Anda que no! Lo que la política los separa, san Valero los congrega.

Los corporativos que así se manifiestan, no sólo consideran que tienen el derecho constitucional, sino, también, el deber de comportarse así. Pero conviene decirlo una y otra vez. A los ediles no les corresponde ni el derecho, menos aún el deber, de protagonizar tal performance representativa de naturaleza religiosa. Desde luego, la Constitución española no les concede tal derecho, ni, por supuesto, les obliga a hacerlo. Más bien, ocurre todo lo contrario.

A los ediles no les corresponde ni el derecho, menos aún el deber, de protagonizar tal performance representativa de naturaleza religiosa

Reflexionemos. Una corporación no puede “confesionalmente” representar a toda la ciudad, porque la sociedad no es totalmente católica. Y, si los ediles hacen gala de representar a todos los ciudadanos en esa faceta, comprenderán en seguida que eso no es posible por mucho que lo intenten, porque los ciudadanos actuales de la ciudad no profesan al unísono democrático la religión católica. Así que entenderán motu proprio que su acto de representación confesional es discriminatorio, no diremos que ofensivo, porque para muchos tal representación carece de importancia, considerándola, incluso, como una horterada folclórica tan anodina como rancia. Y, por supuesto, se comprenderá fácilmente que los ediles procesionarios, no sólo dejan fuera de ella a quienes profesan otra religión, sean musulmanes, testigos, protestantes, sino, también, a quienes no profesan ninguna, sean, ateos o curtidos deístas o agnósticos, que de todo habrá en la viña del Señor. En realidad, ¿quién puede creer los ediles pueden representa en materia confesional a alguien? Nadie les ha conferido semejante poder potestativo. Se lo han tomado por la gracia de Dios.

Siendo los ediles funcionarios del Estado llama la atención que antepongan sus creencias religiosas a los principios políticos y sociales que rigen por imperativo constitucional nuestras vidas. Al actuar como representantes de una confesión religiosa determinada en una procesión, se pasan por el arco del triunfo de su fe católica lo que dicta el artículo 16. 2 de la Constitución: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”.

Si el Estado, según ese artículo, se declara aconfesional eso significa que será neutral en esa materia. Los ayuntamientos españoles son instancias administrativas de un Estado aconfesional. Por lo que cabe deducir que, como órganos de gobierno y de administración, participan de la misma naturaleza aconfesional del Estado. Para decirlo de otro modo, los ayuntamientos constituyen entidades básicas de la organización territorial del Estado y son los cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos. No se entiende que un Estado que se proclama aconfesional en materia religiosa permita que su aparato judicial consienta una y otra vez que los ayuntamientos -también, otras instituciones del Estado-, hagan de su capa un sayo en dicha materia. No tiene mucho sentido, o sí lo tiene, pero con una carga paradójica tremenda, que el Estado sea Aconfesional y los ayuntamientos funcionen a su bola, como entidades confesionales católicas, faltando al respeto a la pluralidad confesional de la sociedad.

El imaginario político social sigue imponiendo la falsa idea de que el poder religioso está por encima del poder político

Está claro que las relaciones entre las tradiciones religiosas y la representación política de los ayuntamientos se encuentra en una situación que, si no genera conflictos ante la justicia, es porque ni los jueces están por imponer la neutralidad confesional en sus actuaciones a los municipios y porque el imaginario político social sigue imponiendo la falsa idea de que el poder religioso está por encima del poder político; el poder religioso o, lo que suele llamarse, “el sentimiento religioso”, al parecer mucho más digno de respeto que el sentimiento laico, civil o político. Si eso es así, que así me lo parece, seguiríamos ante lo que bien podría calificarse como “un ejercicio de usurpación” por parte de lo religioso que sigue campando a sus anchas en detrimento de la pluralidad religiosa.

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(*) Portada del libro ‘Con el palio hemos topado’ de Víctor Moreno

No se deduzca de lo dicho que estoy en contra de las procesiones o manifestaciones religiosas. Allá cada cual con su libertad y su manera de practicarla, individual o colectivamente. Pero entiendo que tales procesiones deberían ser única y exclusivamente objeto de deseo de la iglesia que las organiza y da sentido a ellas. Y en cuya tramoya los ayuntamientos nada tienen que decir y hacer como entidades neutras o aconfesionales que son. Lo dice la Constitución. Cuando quieren, la Constitución es la Verdad Absoluta y hay que aplicarla caiga quien caiga. Cuando no interesa, la Constitución está por debajo de una concepción teocrática del Estado. Estaría bien aclararse.

Sólo las Iglesias con sus prebostes representan a sus feligreses. Lo dicen una y otra vez los Obispos que tienen hilo directo con Trinidad. Y los feligreses se lo creen de buena gana. Y, si es así, dejemos en sus manos cualquier actividad religiosa que, como es bien sabido, los curas son auténticos hierofantes en dicha materia. ¿Y los ediles? Pues a portarse como cualquier ciudadano. Pueden ir en procesión a rebullón, en incógnito, como todos, nada ofensivo a los ojos de Dios. Piensen que, si los ediles se atreven a representar a la ciudadanía ante la mirada del Altísimo, algún obispo, tipo Munilla, tendría que advertirles de que eso es herejía, pues dicha representación sólo corresponde a la Iglesia y sus sacerdotes. San Agustín dixit. 

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