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Sin duda debe ser uno de los procesos constitucionales más largos de la historia de la República en Chile.
Una nueva Carta Magna que determina la vida de veinte millones de habitantes, hombres, mujeres, niños, niñas, adultos mayores, diversidad sexual, una casa para todos, el espacio común donde los subordinados intentan acortar la brecha de los privilegios y los dominantes mantener el poder político y económico; dos mundos literalmente opuestos que no logran llegar a acuerdos mínimos para mejorar la calidad de vida de muchísimos que esperan en una eterna agonía, situándonos en el tercio inferior de los países de la OCDE; en Chile los ingresos del 10% de la población más rica es 27 veces mayores que el decil más pobre ( OCDE 2015), respecto a privaciones en ingresos y patrimonio, educación y competencias, apoyo social y seguridad personal. En este contexto se nos presenta un segundo texto Constitucional dominado y escrito por un sector de extrema derecha (Partido Republicano) conservador, que al tener el dominio absoluto pudo imponer una mirada no solamente política si no que moral y religiosa.
La Iglesia chilena y su contexto histórico, nace un personaje
La Iglesia chilena en tiempos de dictadura hizo una opción radical por los más pobres y desvalidos de nuestra patria, una Iglesia Valiente y profética que tuvo también en sus filas mártires que pagaron con sus vidas el mandato de estar al lado de los más marginados de nuestro pueblo. Hoy dominada por los escándalos de abusos sexuales y de poder la voz no es la misma, la iglesia con voz autorizada ya no es la que fue ayer, prevaleciendo actualmente una Iglesia conservadora, avergonzada y silenciosa con una postura integrista dentro del catolicismo político rechazando de plano las ideas del liberalismo. En este contexto toma relevancia un poder oculto de un movimiento religioso que intentan regar con agua bendita el texto Constitucional, conocido como la Carta Magna de los republicanos; el Opus Dei ‘la obra de Dios’, que opera desde la reserva por recomendación de su creador Escrivá de Balaguer ‘Trabajar y no divulgar’ de esta forma se crea el personaje ‘el profe Luis Silva’ un nombre transversal obviando su segundo apellido aristocrático Irarrázabal y no divulgando su irrestricto compromiso con la ‘obra de Dios’.
E Consejero Constitucional Luis Silva Irarrázaval
El abogado de la Universidad Católica con catédra en la Universidad de los Andes (la obra insigne del Opus Dei en Chile) que tuvo como ayudante de catédra a Beatriz Hevia Willer, ni más ni menos que la presidenta del Consejo Constitucional. El ‘profe Luis Silva’ es un fenómeno nuevo en la política obteniendo la más alta votación de los consejeros constitucionales, personaje formado y apadrinado por José Antoni Kast creador del Partido Republicano. Los integrantes del Opus se dividen en ‘numerarios’ y ‘supernumerarios’ a este primer eslabón pertenece Luis Silva Irarrázabal (Numerario), profesando una vida ascética (estilo de vida que persigue la purificación del espíritu a través de la privación de los placeres materiales), manteniendo votos de pobreza, obediencia y castidad no pueden concurrir al cine ni al teatro, son recurrentes en sus prácticas ‘mortificaciones corporales’, autotorturas con cilicios y látigos, extraño personaje que viaja del pasado para situarse en un momento determinante para el destino de millones de chilenos y chilenas sin dudas un fenómeno Incomprensible que se hace cargo en forma natural de la bancada del Partido Republicano y pasando a ser vocero de la ultraderecha en el nuevo intento de otorgar un nueva texto Constitucional. Luis Silva Irarrázabal es un ‘numerario’ del Opus Dei, que obedece, que es casto, con votos de pobreza entregando su sueldo íntegro a la obra, rezando muchas veces al día y autoflagelándose constantemente, de obediencia absoluta al director espiritual de la obra y al director de la comunidad donde vive (María Luisa Santander, Providencia Santiago de Chile) el numerario que mezcla la política con sus prácticas religiosas y morales y que desea plasmar en la nueva propuesta constitucional sus firmes convicciones. Por su carácter de ‘reserva’ del Opus Dei es que no se conoce mucho de quienes integran este movimiento ‘nadie habla, solamente se trabaja en la obra’, pero al interior de la jerarquía de la iglesia católica es reconocido como miembro del Opus Dei el obispo de San Bernardo; Juan Ignacio Gonzáles Errázuriz, autoridad religiosa máxima en chile del Opus Dei, prelado ligado a la jerarquía de la iglesia y al catolicismo integrista, al que sin dudas ‘el profe Silva’, al parecer le debería guardar obediencia absoluta porque en la cima de la estructura lo que prima al final del día es la obediencia religiosa.
El Opus Dei tras bambalinas de la propuesta del Consejo Constitucional
Como ‘ganamos las elecciones, tenemos el derecho de hacer’, con esta frase se presenta el ‘profe Luis Silva’ uno de los primeros días de andar del nuevo Consejo Constitucional, replegándose días después seguramente por recomendaciones de su líder político José Antonio Kast y su director espiritual en el Opus Dei. El numerario que navega en dos aguas, que debe responder política y religiosamente a sus lideres acostumbrado a los latigazos. ahora debe soportar los latigazos intelectuales.
La mano oculta del Opus Dei utilizando como instrumento de la ‘obra de Dios’ al ‘profe Luis Silva’, se comienza a notar con mucha euforia defendiendo uno de los artículos más controversiales del documento en cuestión el derecho a la vida. La ley protege la vida del que esta por nacer (artículo 16 numeral 1), quitando a las mujeres el principal de sus derechos que es decidir sobre su cuerpo. Una de las tres causales del aborto terapéutico es cuando está en peligro la vida de la madre ¿Que pasaría entonces con la vida de la madre? Si se aprobase la propuesta de nueva Constitución se abre el espacio para que se declare inconstitucionalmente el aborto en tres causales.
Otro punto de controversia con los moral, religioso y político es la objeción de conciencia en el artículo 16 numeral 13, llevada como propuesta por la bancada liderada por Silva, el texto reconoce el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, y establece que este derecho ‘comprende además la objeción de conciencia, la que se ejercerá de conformidad a la ley’. La objeción de conciencia es el derecho que tiene una persona a no cumplir una determinada ley por aspectos relacionados con su religión o su modo de pensar, derecho fundamental que se puede esgrimir para eximirse de cumplir la ley siendo un caso excepcional en el mundo.
Cuando la defensa de un texto se defiende desde una óptica profundamente religiosa, es que estamos frente a un problema serio y lo que se observa en esta propuesta Constitucional es que estos principios fundamentalistas presentes en el texto están regados de agua bendita esperacida por la enigmática ‘obra de Dios’.
Mario Vargas Vidal / Profesor y ex Convencional Constituyente – Chile