El magistrado emérito ofrece una conferencia sobre laicismo recordando a José Luis Iglesias, fundador de Asturias Laica.
Este viernes, José Antonio Martín Pallín, magistrado emérito del Tribunal Supremo, impartió una conferencia bajo el titulo Laicismo, tolerancia y neutralidad, organizado por la Asociación Asturias Laica, para recordar a su fundador, José Luis Iglesias, recientemente fallecido.
El jurista y ex-magistrado abordó el estado del laicismo en España, desde una perspectiva jurídica, histórica y también política. Sobre estas tres coordenadas, recordó que la constitución de 1812 ofrecía una lectura “que recogía muchas adherencias de la religión católica”, hasta el punto de consagrar en su texto el catolicismo como la única y perpetua, prohibiendo el resto de religiones. La sombra Fernando VII era alargada. Razón de más para pensar que en el siglo XIX, en España fue imposible que el liberalismo eclosionara como doctrina política, al igual que lo hizo en otros estados de Europa.
El avance en la eliminación de la religión se encuentra, a juicio de Martín Pallín, en las dos constituciones republicanas. Aunque la de 1873 nunca se llegó a promulgar, se especificaba en su articulado el libre ejercicio del pensamiento y la libertad de conciencia. Fue en la Constitución de 1931 cuando se proclamó que el Estado español no tenía religión. El juez recordó las palabras de Azaña. España había dejado de ser católica.
El nacional-catolicismo instaurado tras la guerra civil con la dictadura de Franco, no volvió a oxigenarse el Estado hasta la llegada de la Constitución del 78 que acude al dilema con un “quiebro inteligente” indicó Martín Pallín: “No entra en la rotunda proclamación pero afirma que España es aconfesional. No puede propugnar preferentemente ninguna religión pero tiene en cuenta las especiales relaciones históricas que ha tenido con la Iglesia Católia”. Pallín lanzó al aire una pregunta: “¿Si todos los poderes públicos han de tener en cuenta las creencias religiosas, también los jueces en la formulación de sus sentencias?”.
El magistrado repasó las diferentes contradicciones en las que, desde la promulgación de la Constitución del 78, ha recaído el Estado tratando de combinar la aconfesionalidad con sus vínculos con el Vaticano y la Iglesia Católica. El Impuesto de Bienes Inmuebles y las inmatriculaciones de los bienes de la Iglesia, los conciertos educativos con los colegios católicos, el régimen de cotización especial a la Seguridad Social de los sacerdotes.