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El Defensor del Pueblo denuncia que no se practicó ningún aborto en los hospitales públicos de cuatro comunidades en 2020

Fueron la Comunidad de Madrid, Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia. Contrasta con Illes Balears, Islas Canarias, Cantabria, Catalunya, País Valencià y Navarra, en los que más del 90% de las IVE se practicaron en la sanidad pública.

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha denunciado que todavía existen Comunidades Autónomas en las que no se practica ningún aborto en su red sanitaria pública. En el año 2020, último del que se tiene datos oficiales, ni Madrid, ni Extremadura, ni Castilla-La Mancha, ni Murcia practicaron ninguna interrupción voluntaria del embarazo en centros públicos

Estos datos contrastan con otras regiones. En algunas, como Illes Balears, Islas Canarias, Cantabria, Catalunya, País Valencià y Navarra, más del 90% de las IVE hospitalarias se practican en centros de la red sanitaria pública. En otros casos hay un peso significativo, aunque no tan elevado, de las IVE hospitalarias que se realizan en la red pública, como Andalucía, con el 46,2%, Aragón, con el 60%, o Galicia, con el 71,7%.

Según datos del Ministerio de Sanidad, en 2020 la tasa de IVE fue de 10,30 por cada 1.000 mujeres entre 15 y 44 años, frente a los 11,53 de 2019. De las 88.269 interrupciones incluidas en el registro estatal fueron realizadas en un total de 207 centros autorizados, siendo el 84,51% de los mismos centros derivados (concertados o no) y el 15,49%, centros públicos.

Gabilondo ha remitido un escrito a Mónica García, líder de Más Madrid, en respuesta a una consulta a raíz del caso de Marta Vigara, la joven a la que en 2020 le negaron una intervención de urgencia para practicar un aborto en el Hospital Clínico San Carlos con una posible rotura de placenta que ponía en riesgo su vida porque todos los ginecólogos se declararon en objeción de conciencia. Ante la negativa, Marta se vio obligada a acudir de inmediato a una clínica privada.Gabilondo ha remitido un escrito a Mónica García, líder de Más Madrid, en respuesta a una consulta a raíz del caso de Marta Vigara

Con respecto a este procedimiento, Gabilondo expone en el documento al que ha tenido acceso Público que «resulta necesario cuestionar si el mencionado hospital y, con carácter general, los centros hospitalarios de la red pública de Madrid, disponen de un protocolo para facilitar el proceso de IVE a la mujer afectada por alguno de los supuestos del artículo 15 de la Ley 2/2010″, refiriéndose a los casos en los que no se han superado las 22 semanas de gestación y hay grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o graves anomalías en el feto. «Cuando no se vaya a practicar en un centro hospitalario de la red sanitaria pública, desde los servicios administrativos del propio hospital se gestione, de acuerdo con la voluntad expresada por la paciente, [se facilite] la inmediata derivación al centro más adecuado para la práctica de la interrupción del embarazo, evitando así añadir una penalidad adicional a la paciente», añade.

El Defensor del Pueblo pide a la Consejería de Sanidad de Madrid que haga una «valoración y análisis» de las razones por las que no se practican ningún aborto en su red sanitaria pública, «ello sin perjuicio del respeto a las decisiones individuales que puedan adoptar los profesionales sanitarios con respecto a su intervención en interrupciones voluntarias del embarazo, incluso en aquellas realizadas por causas médicas».

Y recuerda que «la previsión contenida en el artículo 19 de la Ley Orgánica 2/2010, en el sentido de que la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo se realizará en centros de la red sanitaria pública o vinculados a la misma, teniendo carácter excepcional el acudir a centros acreditados que no pertenezcan a la red pública».

Objeción de conciencia

El tercer punto en el que ahonda Gabilondo es el del derecho a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios. «La objeción de conciencia se trata de un derecho individual, que debe ejercerse anticipadamente y por escrito, y que no debe afectar al tratamiento y atención médica adecuada a las mujeres que lo precisen antes y después de haberse sometido a una intervención de interrupción del embarazo», constata.

Esta objeción va a ser uno de los puntos clave que va a ser modificado en la reforma de la ley del aborto, cuyo anteproyecto de ley se aprobó en el Consejo de Ministros del pasado 17 de mayo.

La nueva norma propone crear un registro de médicos objetores que deberán hacerlo de forma previa y que no podrán ejercer abortos tampoco en la sanidad privada. El modelo que sigue esta norma es similar al que ya se estableció en la objeción en la ley de eutaniasia. Este registro permitirá al Gobierno conocer dónde se necesita reforzar los equipos en hospitales y centros públicos para garantizar este derecho vivan donde vivan las mujeres.

Por ello, Gabilondo expone «parece razonable que esta institución no avance en el análisis del ejercicio de ese derecho hasta tanto el poder legislativo no adopte la regulación que se está abordando».

Mónica García: «En Madrid se incumple la ley»

Mónica García, portavoz de Más Madrid en la Asamblea, ha asegurado que «en Madrid se vulneran los derechos al aborto de las mujeres porque se incumple la ley 2/2010». Y considera que «la señora Ayuso nos está llevando por los mismos derroteros que está yendo EEUU y quiere convertir a Madrid en Texas».

Mónica García: «La señora Ayuso nos está llevando por los mismos derroteros que está yendo EEUU y quiere convertir a Madrid en Texas»

«Las mujeres en Madrid somos menos libres y tenemos menos seguridad. La señora Ayuso está vulnerando la ley. Por eso, desde Más Madrid vamos a exigir a la Consejería de Madrid que cumpla la ley y vamos a estar del lado de los derechos sexuales y reproductivos de las mujerees en la Comunidad de Madrid», ha enfatizado en unas declaraciones a los medios de comunicación.

Hay que recordar que el Tribunal Supremo de Estados Unidos derogó en junio el derecho constitucional al aborto. Una mayoría de seis jueces conservadores decidió anular la sentencia que desde 1973 protegía la interrupción voluntaria del embarazo a nivel nacional. Esta decisión supone que a partir de ahora cada estado podrá decidir si mantenerlo o prohibirlo.

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