La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía cuando recibe una denuncia sobre la presencia de simbología religiosa en un centro se acoge a un informe de su Secretaría General Técnica para responder afirmando que la decisión sobre el mantenimineto o retirada corresponde al Consejo Escolar.
Y ello pese a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León o a que actualmente la LOMCE deja los Consejos escolares como meros órganos consultivos, sin tener competencia para decidir sobre estos asuntos.
Ahora el Defensor del Pueblo Andaluz, ante la reclamación de unos padres afectados por esta respuesta de la Consejería y por la aprobación de la permanencia de la simbología religiosa en el Consejo Escolar de su centro de sus hijos, ha resuelto que de acuerdo con la LOMCE el Consejo Escolar no tiene ninguna competencia para tomar esas decisiones, que es el director el competente para ello, por lo que el acuerdo adoptado es nulo por la manifiesta incompetencia de dicho órgano para adoptar esa decisión.
Igualmente el Defensor del Pueblo Andaluz analiza los decretos por los que se aprueban los Reglamentos Orgánicos de los centros escolares considerando que incumplen la Ley deben ser modificados.
Por todo ello el Defensor sugiere a la Consejería de Educación la modificación del Informe de la Secretaría General Técnica, la modificación de los Reglamentos Orgánicos y la anulación del acuerdo del Consejo Escolar por el que se acordaba mantener la simbología religiosa.
Desde Andalucía Laica tiene solicitada una entrevista a la Consejera de Educación de la Junta de Andalucía en la que poder afrontar estos y otros problemas que afectan a la laicidad en la escuela.
Informe del Defensor: