El informe, firmado por Torres-Dulce, apoya el texto e incluso pide endurecer la norma en algunos aspectos. Sólo cuestiona la intervención de un juez cuando las chicas de 16 y 17 años quieran abortar en contra de la opinión de sus padres
Según recoge la Cadena Ser, el Consejo Fiscal afirma en un informe, firmado por el Fiscal General del Estado Torres-Dulce, que respalda en términos generales el proyecto del Gobierno a pesar reconocer que es más restrictivo que la primera ley del aborto de 1985. Apoya la supresión del sistema de plazos porque considera que "hay que proteger la vida del nasciturus y porque niega que el aborto sea un derecho de la mujer". Piden incluso endurecer la norma en algunos aspectos, como castigar con multas a las mujeres que interrumpen su embarazo fuera de los casos permitidos por la ley.
Según el informe, "la ausencia de reproche penal para la mujer que aborta supone un recorte cualitativo de la protección penal de la vida del nasciturus y puede entenderse como incoherente con los principios de la norma y el marco constitucional". También solicita mayor control sobre los médicos que emiten los informes favorables al aborto y proponen que el informe sea emitido por médicos de la sanidad pública y que no tengan vinculación alguna con el centro privado.
En el dictamen de 56 folios, al que ha tenido acceso la Cadena SER, el Consejo Fiscal respalda la polémica eliminación del supuesto de anomalía fetal. Dice que es una "opción legítima de política criminal" aunque reclama al Gobierno "una reflexión final sobre este asunto" a la luz de la experiencia de la aplicación de las dos leyes anteriores y de la regulación existente en los países de nuestro entorno que también han suscrito la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
El dictamen únicamente cuestiona que el juez decida el aborto de las chicas de 16 y 17 años cuando hay conflicto con sus padres porque entiende que se debe respetar la decisión y la autonomía de las menores. Dice que "judicializar toda discrepancia con la mujer puede no ser recomendable en el caso de las menores emancipadas, o de 16 o 17 años, a quienes se debe reconocer un grado de autonomía superior".
Además, la regulación de la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, del asesoramiento asistencial y de información clínica merece para el órgano consultivo una "favorable acogida en la medida en la que mejora la regulación vigente".
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