El Consejo de Estado reprocha al Ministerio de Defensa que no incluya el derecho a la libertad religiosa de los militares en el anteproyecto de ley de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. La consagración de la libertad religiosa, que se ha puesto de actualidad por la participación de unidades militares en festividades turístico-devotas, como el Corpus Christi, figuraba en un borrador inicial, pero no en el texto remitido para su informe al máximo órgano asesor del Gobierno.
El Consejo de Estado considera, no obstante, que bastaría alguna referencia en el preámbulo del texto, ya que el asunto estaría regulado en la ley de la Carrera Militar; lo que no es exacto, ya que esta se refiere al servicio de asistencia religiosa de las Fuerzas Armadas (capellanes castrenses) y no al derecho a la libertad religiosa, que es distinto. En la actualidad, la libertad de los militares para asistir o no a actos religiosos figura en normas de menor rango, como el reciente decreto de honores militares.
Por lo demás, el informe del Consejo de Estado, aprobado por unanimidad, da el visto bueno a un texto que por vez primera regula el ejercicio de los derechos fundamentales de los militares, incluido el de formar asociaciones para la defensa de sus intereses profesionales.
Reuniones en cuarteles
Aunque no pone apenas objeciones, el informe considera que sería "preferible" que se prohibiera a las asociaciones celebrar reuniones en el interior de los cuarteles y que este tipo de actos se restringiera a los locales cedidos con este fin en las delegaciones y subdelegaciones del Ministerio de Defensa. De no hacerse así, advierte, debería exigirse expresamente que la celebración de estas reuniones cuente "con la autorización del jefe de la unidad".
El Consejo de Estado propone también que proscriba por ley a estas asociaciones la realización de "actividades paramilitares" (como desfiles o ejercicios de adiestramiento), así como la organización de cursos de preparación para el ingreso en los centros docentes de Defensa, para evitar que las mismas "acaben teniendo una no deseable influencia" en la selección de los futuros miembros de las Fuerzas Armadas. Advierte además que el derecho a la intimidad personal de los militares puede ser limitado por circunstancias operativas, como la navegación en buques de guerra.