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El caso Dr. Nittmann ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Impuesto eclesiástico forzoso para desempleados sin confesión religiosa

Gracias al caso Dr. Nittmann el público internacional ha podido llegar a conocer por primera vez: Sobre la base del Concordato del Tercer Reich con el Vaticano cerrado en el 1933 y único contrato político exterior de Hitler que la RFA sigue manteniendo vigente hasta la actualidad (¡), millones de desempleados sin confesión religiosa han sido sujetos a la fuerza desde el 1975 al impuesto eclesiástico en Alemania. Violando la Constitución, el Gobierno alemán recaudaba sistemáticamente el impuesto eclesiástico, es decir las aportaciones de los miembros correspondientes a las dos grandes Iglesias (católica-romana y evangélica), de su subsidio de desempleo, al cual tienen un derecho legal y el que es financiado exclusivamente con sus cuotas aportadas al seguro de desempleo. Las cantidades robadas en Alemania de esta manera a desempleados ateos, musulmanes o pertenecientes a diversas religiones minoritarias en concepto de impuesto eclesiástico forzoso ascienden a miles de millones de Euros.

Algunas de las miles de víctimas presentaron demanda contra esta violación de la Constitución, mantenida siempre en secreto por la prensa alemana, ante los tribunales alemanes pero éstos los despacharon con la inaudita y, sin embargo, durante varias décadas estereotipadamente repetida »fundamentación«, de que la mayoría de la población activa fuera miembro de la Iglesia y que por eso la renuncia al impuesto eclesiástico de los desempleados no miembros de la Iglesia significaría »demasiado despliegue de administración«. Esta »fundamentación«, es una burla indescriptible de la Constitución alemana, la cual garantiza la libertad de religión y prohibe el privilegio o perjuicio a causa de la confesión religiosa (Artículo 4 párrafo 1, artículo 3 párrafo 3 y artículo 33 párrafo 3). A esto se añade el hecho de que en Alemania en realidad hace ya bastantes años que a las Iglesias cristianas sólo pertenece una ligera mayoría, entretanto incluso sólo aproximadamente la mitad de toda la población activa.

El ateo alemán Dr. Peter Nittmann perdió su empleo de lector de editorial veinte años después de haberse salido de la Iglesia. Tras cuatro años de desmoralizantes procesos, su demanda a devolución del impuesto eclesiástico forzoso recaudado también ha sido desestimada – ya sólo en su caso una suma de aproximadamente 900 Euros – por cuatro instancias judiciales alemanas, hasta incluso por el Tribunal Constitucional Federal (BVG), con los habituales clichés rumiados durante decenios de años.

En consecuencia, el Dr. Nittmann presentó en Octubre del 2005, algo que ocurre por primera vez, demanda por el impuesto eclesiástico forzoso contra Alemania ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo (Francia). Con la demanda se pretende poner de manifiesto que Alemania ha infringido contra los artículos 9 (libertad de religión) y 14 (derecho a igualdad de trato) de la Convención Europea de los Derechos Humanos y contra el artículo 1 (derecho de propiedad) del protocolo suplementario a la Convención y que es obligado a devolver al Dr. Nittmann el dinero que le ha sido robado en concepto de impuesto eclesiástico forzoso.

Bajo la presión de las protestas internacionales en el caso de Dr. Nittmann – numerosas organizaciones y miles de personas individuales de todos los cinco continentes protestaron en su caso ante el gobierno alemán y la justicia alemana contra ese vergonzoso robo de impuestos a base del Concordato de Hitler – Alemania se vio obligada a abolir a partir del 2005 el impuesto eclesiástico forzoso a cuenta de los desempleados no miembros de la Iglesia. ¡El público, la única protección contra la injusticia estatal, ha mostrado su efecto! Pero: Hasta el momento a ninguna de las víctimas le ha sido devuelto ni un céntimo del dinero robado y el gobierno alemán persiste en afirmar hasta hoy día que ese impuesto eclesiástico forzoso que asciende a miles de millones, fuera completamente legal.

Para poder lograr una indemnización a las víctimas e imponer la salvaguardia del derecho humano elemental de la libertad de religión en Europa, pedimos apoyen la demanda del Dr. Nittmann con escritos dirigidos al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Se trata de una decisión de principio para Europa: Desde hace algún tiempo, las Iglesias, cuyo número de miembros va disminuyendo progresivamente, quieren introducir impuestos eclesiásticos forzosos camuflados para los no miembros de la Iglesia en toda Europa, más o menos – basado en el modelo que en España ya es derecho vigente – en forma de un impuesto extraordinario, obligatorio para todos los ciudadanos y que a las Iglesias les proporcionaría dinero directamente o mediante organizaciones eclesiásticas camufladas (supuestamente con »fines de utilidad pública« o algo por el estilo). El hecho de que las víctimas del impuesto eclesiástico forzoso en Alemania sean reconocidas como tales e indemnizadas, no es simplemente la necesidad de la justicia más natural, sino que instituiría un ejemplo en nuestro continente.

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