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El alcalde (a la derecha), durante la presentación del cartel de la Semana Santa de La Laguna. / Andrés Gutiérrez

El Ayuntamiento de La Laguna confirma su voluntad de cobrar el IBI al Obispado de Tenerife

Consistorio e Iglesia se reúnen para analizar la situación de los inmuebles libres de la Contribución

El alcalde afirma que la exención no abarca toda clase de bienes

La voluntad del grupo de gobierno (PSOE-CC) en el Ayuntamiento de La Laguna es cobrar a la Iglesia el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en aquellos casos en los que los edificios no reúnan las condiciones para estar exentos de su pago. Ese anuncio lo realizó este jueves el alcalde, Luis Yeray Gutiérrez (PSOE), tras la celebración de la cumbre entre el Consistorio lagunero y el Obispado de Tenerife para tratar de llegar a un acuerdo en cuanto a la propiedad de algunos espacios y el cobro de impuestos sobre otros.

Gutiérrez aclaró con sus manifestaciones la postura consistorial después de las dudas que habían surgido en los últimos días. «La mesa bilateral, donde ha estado representada tanto la Iglesia como el Ayuntamiento, en líneas generales ha ido muy bien», expresó el regidor local, que añadió que hubo «muchísima predisposición» por parte de la entidad religiosa tanto en lo que a «inmatriculaciones» como al IBI, el impuesto popularmente conocido en Canarias como la Contribución, se refiere.

El objetivo, aclaró el alcalde, es dejar zanjado el asunto en poco tiempo. «Nos hemos emplazado a una segunda mesa; yo entiendo que ahí se quedará todo dilucidado», apuntó, y precisó que no tendría «mucho sentido» que el asunto se prolongase más.

Ni él ni el obispo de Tenerife, Bernardo Álvarez, estuvieron en el encuentro. Luis Yeray Gutiérrez detalló que quienes se sentaron para analizar las diferencias entre las instituciones fueron la concejala de Hacienda y Servicios Económicos, la también socialista Francisca Carlota Rivero, y el ecónomo del Obispado, Víctor Manuel Oliva. Preguntado este miércoles el Departamento de Comunicación de esta institución religiosa, prefirieron no pronunciarse al respecto.

«Lo que la Ley establezca»

El alcalde indicó que intervendrán los servicios jurídicos del Ayuntamiento y que se realizará un informe. «A partir de ahí, nosotros le daremos el informe a la Iglesia y serán ellos los que nos trasladen si estamos o no de acuerdo y, si no, tendremos otros mecanismos también para establecer», anunció. Luis Yeray Gutiérrez fue rotundo al aseverar que se hará «lo que la Ley establezca».

Otra de las afirmaciones más destacadas del mandatario socialista fue que la legislación vigente establece «excepciones» en lo que a dispensas del IBI e Iglesia se refiere. El máximo responsable del Ayuntamiento zanjó de esa forma las dudas que se habían generado tras el pleno del pasado 8 de febrero, en el que la concejala Francisca Carlota Rivero realizó una intervención leída que colisionaba con varios planteamientos previos de su partido.

«El artículo 62.1.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales reconoce la exención del impuesto del IBI sobre los inmuebles de los que sea titular la Iglesia Católica». Esas fueron las palabras más rotundas de la intervención de Rivero. Se trata de una interpretación que, si se da por buena, no cabría debate alguno sobre cobrar la Contribución a la Iglesia.

Inmuebles religiosos

Sin embargo, el citado artículo 62 (sobre exenciones del IBI) remite en su apartado 1.c) al Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979. ¿Y qué establece ese otro documento? Reconoce que están liberados del IBI los templos y capillas y sus dependencias o edificios y locales anexos dedicados a la actividad pastoral; la residencia de los obispos, de los canónigos y de los sacerdotes; las oficinas de la curia diocesana y parroquiales; los seminarios destinados a la formación del clero y las universidades eclesiásticas «en tanto en cuanto impartan enseñanzas propias de disciplinas eclesiásticas», y los «edificios destinados primordialmente a casas o conventos de las órdenes, congregaciones religiosas e institutos de vida consagrada». Esto es, el texto circunscribe la exención a bienes que cuentan con usos de carácter religioso o social, por lo que no todos están libres.

Tampoco la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo permite una exención global e ilimitada. Su artículo 15, sobre los tributos locales, establece en su apartado primero: «Estarán exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles los bienes de los que sean titulares, en los términos previstos en la normativa reguladora de las Haciendas Locales, las entidades sin fines lucrativos, excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades».

Conflicto con las plazas

Otro de los motivos de conflicto entre el Ayuntamiento de La Laguna y el Obispado de Tenerife vienen siendo las plazas de la Catedral, La Concepción, Tejina, Guamasa y San Jerónimo (Taco). Según se desprende de un informe del Consistorio lagunero y los datos aportados por fuentes municipales, estas son públicas y no de la institución religiosa. «Las plazas a las que se hace alusión: plaza de Los Remedios, plaza de la Catedral, plaza de Tejina, plaza de Guamasa y plaza de San Jerónimo se encuentran debidamente inventariadas en el Inventario General de Bienes y Derechos de esta corporación». Ese es el tenor literal de un escrito del Área de Hacienda y Servicios Económicos evacuado tras una solicitud de información pública de la formación política Unidas se Puede.

La historia de fondo es larga y guarda conexión con la polémica de las inmatriculaciones (los registros de bienes por primera vez) de la Iglesia. Desde Unidas habían pedido que también se analizara la situación de las plazas y han resultado ser públicas.

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