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Deniegan la nacionalidad a un marroquí que reitera que la sharía está por encima de la normativa vigente

El Centro Nacional de Inteligencia asegura que «antepone el cumplimiento de la ley islámica, la sharía, a la normativa vigente, despreciando la aplicación de ésta».

La Audiencia Nacional ha decidido negar la nacionalidad española a un marroquí de 36 años, que vive en Jaraíz de la Vera. Ante la insistencia de él, que ha recurrido la resolución, la Audiencia Nacional señala que no se le puede dar la nacionalidad española, porque el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) no considera procedente que se le conceda, «por razones de seguridad nacional».

El informe del CNI sobre este vecino de Jaraíz es contundente. Dice que él: «antepone el cumplimiento de la ley islámica, la sharía, a la normativa vigente, despreciando la aplicación de esta. Así, ha manifestado reiteradamente que la religión islámica está por encima de los principios democráticos por los que se rige la legislación española. Además, justifica la discriminación de la mujer en base a argumentos islámicos radicales, apoyando la poligamia y el uso obligatorio del hiyab por la mujer. Asimismo, promueve la segregación social en base a postulados islámicos, oponiéndose a la inclusión de los musulmanes en la sociedad española. También difunde y propaga tesis islamistas radicales, atrayendo a otras personas hacia estos postulados».

Él asegura que todo eso es mentira, que únicamente es un ciudadano que profesa la religión musulmana, y que no consta en sitio alguno que haya realizado actividades que constituyan una amenaza para el orden público o la seguridad nacional. Recalca que ser practicante de una religión, «no es un delito, y el derecho a la libertad de religión o creencia es un derecho fundamental de todo ser humano». Señala que no tiene antecedentes policiales; que hay un informe favorable del juez de paz; que el fiscal y el juez del registro civil de Plasencia no ponen impedimentos a darle la nacionalidad. También aportó un documento del alcalde, que señala que vive con su familia desde el 2001, comportándose de manera adecuada, llegando a trabajar para el Ayuntamiento. La Policía Local añade que no ha dado problemas y que está integrado en la localidad.

Pese a todos esos informes favorables, la Audiencia Nacional da más importancia a la investigación del CNI, que señala que está muy «motivada». La sentencia recalca que no se cuestiona aquí la libertad religiosa, «sino que se pone de manifiesto, la defensa o promoción por el recurrente de postulados contrarios a los principios democráticos por los que se rige la sociedad española, lo que es cuestión por completo distinta».

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