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Cuando rezar es acosar

El próximo día 2 de marzo comienza la Cuaresma y, como en años anteriores, fundamentalistas religiosos lanzan sus convocatorias llamando a acudir a las puertas de las clínicas de interrupción voluntaria de embarazo para rezar (según dicen), si bien suelen complementar sus rezos con actividades variopintas. Esta nueva campaña es una más que se añade a la larga lista de campañas y actuaciones de acoso que anualmente padecemos en España contra los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, contra el derecho a la maternidad libremente decidida, contra el derecho a la salud, a la intimidad y a la integridad física y moral de la mujer.

Durante demasiados años se han venido produciendo los acosos en las puertas de las clínicas acreditadas para la interrupción de embarazo mientras autoridades sanitarias y de orden público, políticos y administraciones varias miraban para otra parte permitiendo que día tras día en las puertas de las clínicas se acose, coaccione, hostigue o se injurie a mujeres que, al amparo de la normativa vigente y en ejercicio de su libertad, acuden a solicitar una prestación recogida en la cartera de prestaciones sanitarias del Servicio Nacional de Salud.

Recientemente, el pasado día 3 de febrero, el pleno del Congreso de los Diputados por una amplia mayoría de votos entre los que se incluyen docenas de diputados del Partido Popular (al parecer por error) aprobó la proposición de Ley Orgánica por la que se modifica el Código Penal, para penalizar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo. Necesariamente tenemos que felicitarnos ante el hecho de que no sólo se han hecho eco de un problema, de un agravio que sufren las mujeres, en la sede de la soberanía popular a través de una iniciativa legislativa promovida por parlamentarias del PSOE, sino que además se ha tratado de darle una solución, aunque en nuestra humilde opinión, la solución no pondrá fin a los acosos.

Mucho nos témenos que la literalidad de la norma, aprobada para sancionar en una jurisdicción cual es la penal en la que la duda beneficia al reo, va a permitir que sigan quedando impunes la mayoría de los acosos que vienen sufriendo las mujeres en las puertas de las clínicas. Si el tipo o la conducta tipificada hubiese sido acompañada de algún elemento más objetivo, por ejemplo una distancia de seguridad, una zona cercana a las clínicas en las que se hubiesen prohibido las actuaciones antiaborto (actuaciones contra los derechos y libertades de la mujer), se habría facilitado tanto la intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado como la posterior sanción por los Tribunales de Justicia. De momento, nos queda esperar que el proyecto supere los últimos trámites y vea la luz en el Boletín Oficial del Estado y comprobar su eficacia en la práctica, aunque mucho nos tememos que será escasa.

Mientras entra en vigor la norma, y parece ser que también tras su entrada en vigor como así lo han anunciado algunos de estos grupos fundamentalistas, seguiremos contemplando el bochornoso espectáculo, anacrónico, de aquéllos que quieren imponer su moral personal, su moral religiosa, por encima de los derechos reconocidos por la Ley. De aquéllos que en el rezo junto al acoso, ven el primer paso para lograr el retroceso en derechos hoy reconocidos por el ordenamiento jurídico nacional, europeo e internacional, derechos que, casualmente, tienen género y que, además, se refieren a cosas tan horribles para algunos, como los derechos sexuales y reproductivos de la mujer (para algunos un ser asexuado que sirve para la reproducción de la especie) y, lo que es peor, tendremos que seguir contemplándolo ante la pasividad de muchos poderes públicos.

Es de un cinismo espantoso el que traten de vendernos que “rezar en las puertas de una clínica de abortos es genial” o que “cuarenta días por la vida” son actividades que sólo llaman a la oración. Hasta donde alcanzan los conocimientos de un ateo como yo, tanto orar como rezar, desde el punto de vista lingüístico tiene similares significados, es la acción de dirigirse, de comunicarse con dios, con un ser superior, aunque hay una sutil diferencia entre ambas acciones, sobre todo en la cultura judeocristiana y es que la primera, orar, se hace generalmente en silencio y la segunda, rezar, se ora en voz alta.

Así, cuando se llama a rezar frente a una clínica abortista porque está genial, y además se llama a hacerlo en grupo, de manera organizada y previendo un horario que coincida con la entrada y salida de mujeres de las clínicas, quienes lo hacen no tratan de comunicarse con dios (que es omnipresente y atiende desde cualquier ubicación) sino de “comunicarse” con las mujeres que acuden a las clínicas para impedirles el ejercicio de un derecho.

La decisión de abortar no es una decisión cualquiera; la mujer que la adopta lo hace después de ponderar pros y contras y lo último que necesita una vez que la ha adoptado es que, en las puertas de las clínicas, la intimiden, insulten, coaccionen o, simplemente, le den información falsa sobre las consecuencias del aborto. Quienes defienden los rezos, quienes están detrás de esta vulneración permanente de los derechos de cientos de mujeres, además de pretender imponer su moral propia al conjunto de la sociedad, lo que ponen de manifiesto es esa concepción paternalista de la mujer que tienen los detentadores de la verdad eterna que los lleva a la creencia de que la mujer necesita tutela y ellos saben lo que de verdad le conviene o no a la mujer. Lo que está detrás de estos acosos es la falta absoluta de todo respeto a los derechos de la mujer, ya los vendan como beatíficos rezos, como libertad de creencias o como santa cruzada.

José Antonio Bosch, Abogado y asesor jurídico de ACAI.

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