La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en firme la sentencia que reconoció la importancia cultural del monumento Cristo Rey ubicado en el municipio de Belalcázar (Caldas). El alto tribunal determinó que no se violaron los principios, ni derechos a la igualdad y libertad religiosa.
El fallo tumbó la demanda presentada contra la ley 1754 de 2015, interpuesta por unos ciudadanos, que consideraban que se estaban violando algunos artículos de la Constitución relacionados con los derechos a la igualdad, a la libertad religiosa y el principio de separación entre el Estado y la Iglesia.
En la acción judicial se manifestaba que se permitió “la apropiación de recursos públicos con el objetivo de exaltar una fe en particular –la católica-, lo cual es ajeno a sus deberes, competencias y a la finalidad que deben tener las leyes”.
La Corte explicó que más allá de ser un monumento que refleja la religión católica, es un bien con valor cultural de importancia “histórica, arquitectónica y turística”, por lo cual reconocer su importancia conlleva a impedir su deterioro. “Se trata de un monumento de una figura propia del catolicismo éste tiene una importancia cultural que desborda el aspecto religioso, es decir, su elemento secular es predominante”.
En la sentencia se manifiesta que “la determinación del Legislador de promover bienes a los que se les reconozca un valor cultural con una connotación religiosa y la autorización del uso de recursos públicos que contribuyan a su promoción y salvaguarda se encuentra dentro de su amplio margen de configuración”.
En el debate jurídico, la Procuraduría reiteró que el Estado está en la obligación de proteger el patrimonio cultural de la Nación y “teniendo en cuenta que el monumento ostenta una innegable dimensión cultural, artística y sociológica relevante, aun sin perjuicio de que esté adscrito a una determinada creencia religiosa, no le sustrae o reduce su dimensión artística y por ello el Estado sigue conservando su obligación de promoverlo, incluso con la destinación patrimonial de recursos”.
Sobre el caso de pronunció la Conferencia Episcopal de Colombia y la Universidad de Caldas, quienes señalaron que el carácter religioso del monumento, no conllevaría a la exaltación de la religión católica como tal, sino a un objetivo en la “cultura nacional y global”.