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[Colombia] De 67 denunciados, solo 4 sacerdotes han sido investigados por la justicia ordinaria

Tres sacerdotes denunciados en la jurisdicción de la Arquidiócesis de Medellín fueron condenados y uno fue absuelto. Tras cumplir su condena, uno de ellos fue nombrado por el arzobispo Ricardo Tobón para trabajar en un colegio.

La Iglesia católica ha aprovechado el desinterés de la justicia ordinaria para investigar los abusos sexuales de los sacerdotes, hasta el punto de confesar públicamente que en sus oficinas guardan archivos secretos, donde reposan miles de denuncias por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes sin que los fiscales y los jueces se interesen por indagar sobre esos archivos.

La Iglesia católica tiene unos archivos secretos en los que reposan todas las denuncias que reciben contra los sacerdotes y que luego “investigan” y resuelven desde el derecho canónico. La mayoría de denuncias contra curas se dan porque tienen una relación sentimental con mujeres o porque violan niños. Aunque lo segundo es un delito y lo primero no, para los altos jerarcas católicos son más graves las relaciones de los sacerdotes con mujeres que la pederastia. A los primeros generalmente los expulsan de inmediato; a los segundos los mantienen en funciones mientras dura el proceso. Como en todo, hay excepciones, y la gravedad de lo primero o lo segundo la define el obispo, dependiendo de la cercanía que tenga con el cura o del poder que ese mismo religioso tenga en la diócesis.

Pero la Iglesia no solo tiene estos archivos, sino que además le notifica a la justicia ordinaria que los tiene y que no los entrega, con el argumento de que están protegidos por el Concordato. O mejor, que los entrega, pero a su manera.

Una carta

El 29 de noviembre de 2019, los obispos de Colombia le notificaron al fiscal general que tienen archivos en los que reposan denuncias contra sacerdotes por abuso sexual de niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, en lugar de entregarle de inmediato todos esos archivos a la Fiscalía General, monseñor Óscar Urbina Ortega, entonces presidente de la Conferencia Episcopal y exarzobispo de Villavicencio, le informó al fiscal encargado del momento, Fabio Espitia, qué tipo de información iban a entregar y cómo lo iban a hacer

El documento, dice monseñor Urbina, es el resultado de un trabajo conjunto con la Fiscalía, específicamente con Mario Gómez, exfiscal delegado para los Delitos de la Infancia y la Adolescencia. 

La sumisa actitud de la Fiscalía, a pesar de los buenos oficios del fiscal Gómez, llevó a que los obispos de Colombia redactaran los “Criterios para documentación y colaboración con la Fiscalía General de la Nación”, hecho que el ente acusador ve como un gran logro.

No obstante, la carta es la confesión criminal de una institución privada que reconoce tener archivos con “casos de investigaciones a sacerdotes y religiosos por delitos sexuales o conductas de explotación sexual cometidos contra menores de edad” y, como lo hemos demostrado en artículos pasados, incluso defiende a estos sacerdotes al ocultar ciertas denuncias.

No solo eso. Los obispos pretenden silenciar a la prensa. Unas por otras: la Iglesia entrega alguna información a la Fiscalía siempre y cuando los expedientes se mantengan en la confidencialidad, “de acuerdo con el Derecho Canónico, con fundamento en los artículos II y III del Concordato suscrito por la República de Colombia con la Santa Sede”, dice la carta.

Si existiera voluntad política, la Iglesia le entregaría de inmediato a la Fiscalía General todas las denuncias contra sacerdotes recibidas en las curias por pederastia y abuso sexual de menores de edad, pues es a la Fiscalía adonde deben llegar todas las denuncias que involucren violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes.

Pero la Iglesia hace todo lo contrario: reconoce los delitos, y además condiciona la entrega de la información a la Fiscalía. Por ejemplo, piden “que no se documenten los casos de conductas sobre las que haya operado la prescripción de la acción penal”. Con 19 palabras, la Iglesia quiere eliminar de tajo a las víctimas de hace 40, 30, 20 y 10 años. ¿Acaso la Fiscalía no debería conocer también de estas denuncias, para establecer si hubo o no un patrón de encubrimiento por parte de los obispos?

“Que se prioricen los casos de hechos ocurridos durante los últimos 3 años. Una vez documentados estos, en segundo lugar, que se prioricen los casos ocurridos durante los últimos 5 años”, establece la carta de los obispos, buscando que con el tiempo cientos de casos prescriban. Una jugada maestra de la Iglesia para no responder de una vez por todas las denuncias contra sus sacerdotes. Junto a esta carta, los obispos entregaron 20 denuncias contra pederastas tan solo de las arquidiócesis de Medellín y de Bucaramanga.

Un chantaje

Pero la Iglesia no va a entregar sus archivos como debería ser y como se lo debería exigir la Fiscalía, so pena de allanar las oficinas de todas las diócesis, arquidiócesis y comunidades religiosas para incautar sus archivos secretos. Por el contrario, la Iglesia advierte que entregará la información “previa solicitud del funcionario competente de la Fiscalía, a partir de los criterios enunciados”. 

Y los criterios son muy claros: 1) Que sean delitos sexuales contra menores de edad, es decir, menores de 18 años. 2) Tendrán prelación los menores de 14 años, en otras palabras, las víctimas de pederastas; 3) Si el sacerdote murió, no hay nada que hacer; la Iglesia le notifica a la Fiscalía que no le informará de esos casos, como si las víctimas de los sacerdotes ya fallecidos no existieran. 4) Que los casos tengan un nivel mínimo de verosimilitud o documentación, es decir, son los obispos los que deciden si el denunciante está mintiendo o no, pero ese veredicto depende de la importancia del cura o de su cercanía con el obispo. 5) Que siempre exista la presunción de inocencia para el procesado, como debe ser. 6) Y, de nuevo, que se cancele a la prensa: “Que se preserve a terceros la protección de la identidad de los procesados”. ¿Por qué tendría que ser diferente el tratamiento que se le da a un cura del que se le da a un ciudadano del común? La justicia lo que exige proteger es la identidad de los menores de edad.

Hay más en la carta de los obispos a la Fiscalía: “Si la víctima no quiere ir a la Fiscalía, la autoridad eclesial valorará la situación, establecerá un canal o una ruta para la presentación de dicha información de modo que pueda ser investigada por las autoridades civiles”. Es decir, el vicario general y el obispo evaluarán qué tan grave es la denuncia para los intereses de la diócesis o arquidiócesis y, con base en eso, le informarán o no a la Fiscalía. De nuevo, ¿qué hacen un vicario general o un obispo atribuyéndose funciones propias de fiscales y jueces de la República?

Sin duda, esta carta de los obispos es un avance, pero no puede convertirse en la hoja de ruta que la Fiscalía utilice para llegar a todas las denuncias contra sacerdotes por pederastia y abuso de menores. Un Estado de derecho nunca permitiría que una institución privada, que ha reconocido en un texto que guarda información que involucra un delito tan grave como la violencia sexual contra menores de edad, le dicte cómo debe proceder frente al abuso sexual de niños, niñas y adolescentes.

De los sacerdotes denunciados por pederastia en la jurisdicción de la Arquidiócesis de Medellín, estos son los únicos cuatro que se han enfrentado a la justicia ordinaria.

Ordenado sacerdote por el papa Juan Pablo II durante su visita a Colombia en 1986, Castrillón Restrepo fue condenado a cien meses de prisión por acceso carnal abusivo con menor de 14 años en concurso homogéneo y sucesivo, y por actos sexuales abusivos con menores. Pagó la condena entre la casa cural de la parroquia El Sagrario, en Medellín, y la cárcel Bellavista, en Bello. Cuando quedó en libertad, continuó ejerciendo como capellán en la clínica El Rosario de El Poblado porque, según Ricardo Tobón, arzobispo de Medellín, la justicia canónica no encontró méritos para condenarlo.

En 2015 fue nombrado director espiritual del Seminario Misionero Arquidiocesano “Redemptoris Mater” por el cardenal Rubén Salazar Gómez, arzobispo de Bogotá. Ese mismo año apareció en la página de consulta de procesos de la rama judicial un expediente en el que Casallas Triviño fue condenado por acceso carnal abusivo agravado con menor de catorce años.

Trabajó en la parroquia San Juan Eudes, del barrio Héctor Abad Gómez de Medellín. En noviembre de 2009 abusó de una niña de trece años con diagnóstico de leucemia. Según el relato de la menor, después de una quimioterapia, Vásquez la invitó a almorzar a su apartamento y allí tuvieron relaciones sexuales sin protección.

El Juzgado 26 Penal del Circuito de Conocimiento de Medellín procesó a Vásquez por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce años agravado y lo condenó a doce años de prisión. Esa decisión fue apelada por la defensa del sacerdote con el argumento de que la menor, según exámenes médicos, era portadora de citomegalovirus, un tipo de herpes que se transmite sexualmente y que, según una prueba de laboratorio, Vásquez no tenía. Con esa constancia, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín absolvió al sacerdote de los cargos imputados. 

El caso llegó a la Corte Suprema de Justicia, que finalmente resolvió absolver a Vásquez Vásquez con el argumento de que, aunque es posible que la relación sexual sí hubiera ocurrido, «es preferible no sancionar a una persona a pesar de la probabilidad de que sea responsable, en lugar de dictar fallo contra un culpable cuando existe el razonable riesgo de estar condenando a un inocente».

Víctor Manuel Torres González es un sacerdote jesuita nacido en Santa Rosa de Viterbo, Boyacá. En el 2013 estuvo en Medellín en una reunión de religiosos y se quedó a dormir en la casa de una sobrina que le ofreció la habitación de su hijo menor. De acuerdo con el reporte de la Fiscalía General, Torres González abusó del niño “gracias a la confianza no solo por su familiaridad sino por el hecho de ser sacerdote”. 

En el 2015 fue condenado a trece años y medio de prisión por el delito de actos sexuales con menor de catorce años. Como parte del proceso judicial, los jesuitas repararon a la víctima con una suma que supera los 300 millones de pesos.

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