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[Chile] ¿Qué dice la propuesta de nueva Constitución sobre derechos fundamentales?

¿Qué derechos se mantienen?

Dentro del Capítulo II de la NC están consagrados los derechos fundamentales. El primero de estos define que “toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad personal. Esta comprende la integridad física, psicosocial, sexual y afectiva”. Sumado a esto se establece que nadie puede ser condenado a muerte ni torturado.

En comparación a la Carta Magna vigente, hay al menos 20 artículos que permanecerán sin mayores modificaciones en caso de aprobarse. Estos son los siguientes derechos:

  1. Derecho a la vida 
  2. Igualdad ante la ley 
  3. Igual protección de la ley
  4. Protección de la vida privada
  5. Inviolabilidad del hogar
  6. Libertad de conciencia 
  7. Libertad personal
  8. Medio ambiente libre de contaminación 
  9. Protección de la salud 
  10. Derecho a la educación 
  11. Libertad de enseñanza 
  12. Libertad de emitir opinión 
  13. Derecho a reunirse 
  14. Derecho de presentar peticiones a la autoridad 
  15. Derecho de asociarse
  16. Libertad de trabajo
  17. Derecho a la seguridad social
  18. Derecho a sindicarse 
  19. Derecho a desarrollar cualquiera actividad económica 
  20. Derecho de propiedad

La Constitución vigente consagra 26 derechos fundamentales. Todos ellos se consagran en la propuesta de nueva Constitución. De estos, algunos se encuentran de forma literal y otros están contenidos dentro de garantías redactadas de distinta manera.

¿Qué derechos son nuevos?

A estos derechos se suman otras garantías nuevas en relación a la Constitución vigente. Entre los nuevos derechos destacan temas de género, derechos humanos, pueblos indígenas y naturaleza. 

Específicamente, se incluye en el catálogo los derechos al agua y saneamiento, a la alimentación, derechos de la naturaleza, derecho al ocio, reconocimiento al trabajo doméstico y de cuidados, protección de datos, derechos reproductivos, y muerte digna, entre otros.

Estos son todos los derechos fundamentales incluidos en la propuesta:

  1. Toda persona tiene derecho a la vida
  2. Ninguna persona será sometida a desaparición forzada
  3. Ninguna persona que cumpla los requisitos establecidos en esta Constitución y las leyes podrá ser desterrada
  4. Las víctimas tienen derecho al esclarecimiento y conocimiento de la verdad respecto de violaciones a los derechos humanos
  5. Derecho a la igualdad 
  6. Niños y adolescentes titulares de derecho 
  7. Derecho a una vida libre de violencia de género 
  8. Personas con discapacidad son titulares de los derechos 
  9. Reconoce la neurodiversidad 
  10. Toda persona sometida a cualquier forma de privación de libertad no puede sufrir limitaciones de otros derechos
  11. Las personas privadas de libertad tienen derecho a hacer peticiones a la autoridad penitenciaria
  12. Toda persona privada de libertad tiene derecho a la inserción e integración 
  13. Las personas mayores son titulares de los derechos
  14. Pueblos y naciones indígenas y sus integrantes, en virtud de su libre determinación, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos
  15. Derecho a la educación
  16. El Estado garantiza una educación ambiental
  17. Derecho a recibir una educación sexual integral
  18. Libertad de enseñanza
  19. Quienes integran las comunidades educativas tienen derecho a participar en las definiciones del proyecto educativo
  20. Derecho a la salud
  21. Derecho a la seguridad social
  22. Derecho al trabajo, libre elección y desconexión digital
  23. Derecho a la libertad sindical
  24. Organizaciones sindicales, tienen el derecho a participar en las decisiones de la empresa
  25. Derecho a cuidar, a ser cuidada y a cuidarse desde el nacimiento hasta la muerte
  26. Derecho a una vivienda digna y adecuada
  27. El derecho a la ciudad y al territorio
  28. Derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia
  29. Deber del Estado asegurar seguridad alimentaria
  30. Garantiza el derecho de campesinas, campesinos y pueblos y naciones indígenas al libre uso e intercambio de semillas tradicionales
  31. Derecho a una alimentación adecuada
  32. Derecho humano al agua y al saneamiento
  33. Reconoce a los pueblos y naciones indígenas el uso tradicional de las aguas
  34. Derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura
  35. Derecho al deporte
  36. Derechos sexuales y reproductivos
  37. Derecho a la autonomía personal
  38. Derecho al libre desarrollo y pleno reconocimiento de su identidad
  39. Indígenas tienen derecho a la identidad e integridad cultural
  40. Indígenas tienen derecho a ser consultados previamente a la adopción de medidas administrativas y legislativas que les afectasen
  41. Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia
  42. Derecho a muerte digna
  43. Derecho a libre circulación
  44. Derecho a la privacidad personal, familiar y comunitaria (Inciso 2: Los recintos privados son inviolables)
  45. Derecho a buscar y recibir asilo y refugio
  46. Derecho a asociarse sin permiso
  47. Derecho a reunirse y manifestarse
  48. Derecho a presentar peticiones, exposiciones o reclamaciones ante cualquier autoridad del Estado
  49. Derecho a acceder, buscar, solicitar, recibir y difundir información pública de cualquier órgano del Estado
  50. Derecho de propiedad
  51. Derecho de los pueblos indígenas a sus tierras
  52. Libertad de emprender
  53. Derecho, en su condición de consumidora o usuaria, a la libre elección
  54. Derecho a la libre expresión
  55. Derecho a producir información
  56. Derecho al acceso universal a la conectividad digital
  57. Derecho a la autodeterminación informativa y a la protección de datos personales
  58. Derecho a la protección y promoción de la seguridad informática
  59. Derecho a participar de un espacio digital libre de violencia
  60. Derecho a la educación digital
  61. Derecho al ocio
  62. Derecho a participar libremente en la vida cultural y artística
  63. Derechos culturales del pueblo tribal afrodescendiente chileno
  64. Protección de los derechos de autor sobre sus obras intelectuales
  65. Derecho a participar libremente de la creación
  66. Libertad de investigación
  67. Derecho a comunicarse en su propia lengua
  68. La naturaleza tiene derecho a que se respete
  69. Derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado
  70. Derecho al aire limpio
  71. Derecho de acceso responsable y universal a las montañas, riberas de ríos, mar, playas, lagos, lagunas y humedales
  72. Derecho al pleno acceso a la justicia
  73. Derecho a un proceso razonable y justo en que se salvaguarden las garantías
  74. Ninguna persona puede ser privada de su libertad arbitrariamente
  75. Derecho a garantías procesales penales mínimas
  76. Derecho a la libertad ambulatoria

Si comparamos, los derechos fundamentales en la Carta Magna vigente están en el artículo 19, que cuenta con 26 incisos. En el caso de la nueva propuesta, los derechos fundamentales están entre los artículos 17 y 122. No todos los artículos consagran un derecho en específico, ya que algunos de estos norman el funcionamiento de instituciones y organismos que velan por dichos derechos.

En comparación a la Carta Magna vigente, hay al menos 20 artículos que permanecerán sin mayores modificaciones en caso de aprobarse. Estos son los siguientes derechos:

  1. Derecho a la vida 
  2. Igualdad ante la ley 
  3. Igual protección de la ley
  4. Protección de la vida privada
  5. Inviolabilidad del hogar
  6. Libertad de conciencia 
  7. Libertad personal
  8. Medio ambiente libre de contaminación 
  9. Protección de la salud 
  10. Derecho a la educación 
  11. Libertad de enseñanza 
  12. Libertad de emitir opinión 
  13. Derecho a reunirse 
  14. Derecho de presentar peticiones a la autoridad 
  15. Derecho de asociarse
  16. Libertad de trabajo
  17. Derecho a la seguridad social
  18. Derecho a sindicarse 
  19. Derecho a desarrollar cualquiera actividad económica 
  20. Derecho de propiedad

La Constitución vigente consagra 26 derechos fundamentales. Todos ellos se consagran en la propuesta de nueva Constitución. De estos, algunos se encuentran de forma literal y otros están contenidos dentro de garantías redactadas de distinta manera.

¿Qué derechos son nuevos?

A estos derechos se suman otras garantías nuevas en relación a la Constitución vigente. Entre los nuevos derechos destacan temas de género, derechos humanos, pueblos indígenas y naturaleza. 

Específicamente, se incluye en el catálogo los derechos al agua y saneamiento, a la alimentación, derechos de la naturaleza, derecho al ocio, reconocimiento al trabajo doméstico y de cuidados, protección de datos, derechos reproductivos, y muerte digna, entre otros.

Estos son todos los derechos fundamentales incluidos en la propuesta:

  1. Toda persona tiene derecho a la vida
  2. Ninguna persona será sometida a desaparición forzada
  3. Ninguna persona que cumpla los requisitos establecidos en esta Constitución y las leyes podrá ser desterrada
  4. Las víctimas tienen derecho al esclarecimiento y conocimiento de la verdad respecto de violaciones a los derechos humanos
  5. Derecho a la igualdad 
  6. Niños y adolescentes titulares de derecho 
  7. Derecho a una vida libre de violencia de género 
  8. Personas con discapacidad son titulares de los derechos 
  9. Reconoce la neurodiversidad 
  10. Toda persona sometida a cualquier forma de privación de libertad no puede sufrir limitaciones de otros derechos
  11. Las personas privadas de libertad tienen derecho a hacer peticiones a la autoridad penitenciaria
  12. Toda persona privada de libertad tiene derecho a la inserción e integración 
  13. Las personas mayores son titulares de los derechos
  14. Pueblos y naciones indígenas y sus integrantes, en virtud de su libre determinación, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos
  15. Derecho a la educación
  16. El Estado garantiza una educación ambiental
  17. Derecho a recibir una educación sexual integral
  18. Libertad de enseñanza
  19. Quienes integran las comunidades educativas tienen derecho a participar en las definiciones del proyecto educativo
  20. Derecho a la salud
  21. Derecho a la seguridad social
  22. Derecho al trabajo, libre elección y desconexión digital
  23. Derecho a la libertad sindical
  24. Organizaciones sindicales, tienen el derecho a participar en las decisiones de la empresa
  25. Derecho a cuidar, a ser cuidada y a cuidarse desde el nacimiento hasta la muerte
  26. Derecho a una vivienda digna y adecuada
  27. El derecho a la ciudad y al territorio
  28. Derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia
  29. Deber del Estado asegurar seguridad alimentaria
  30. Garantiza el derecho de campesinas, campesinos y pueblos y naciones indígenas al libre uso e intercambio de semillas tradicionales
  31. Derecho a una alimentación adecuada
  32. Derecho humano al agua y al saneamiento
  33. Reconoce a los pueblos y naciones indígenas el uso tradicional de las aguas
  34. Derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura
  35. Derecho al deporte
  36. Derechos sexuales y reproductivos
  37. Derecho a la autonomía personal
  38. Derecho al libre desarrollo y pleno reconocimiento de su identidad
  39. Indígenas tienen derecho a la identidad e integridad cultural
  40. Indígenas tienen derecho a ser consultados previamente a la adopción de medidas administrativas y legislativas que les afectasen
  41. Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia
  42. Derecho a muerte digna
  43. Derecho a libre circulación
  44. Derecho a la privacidad personal, familiar y comunitaria (Inciso 2: Los recintos privados son inviolables)
  45. Derecho a buscar y recibir asilo y refugio
  46. Derecho a asociarse sin permiso
  47. Derecho a reunirse y manifestarse
  48. Derecho a presentar peticiones, exposiciones o reclamaciones ante cualquier autoridad del Estado
  49. Derecho a acceder, buscar, solicitar, recibir y difundir información pública de cualquier órgano del Estado
  50. Derecho de propiedad
  51. Derecho de los pueblos indígenas a sus tierras
  52. Libertad de emprender
  53. Derecho, en su condición de consumidora o usuaria, a la libre elección
  54. Derecho a la libre expresión
  55. Derecho a producir información
  56. Derecho al acceso universal a la conectividad digital
  57. Derecho a la autodeterminación informativa y a la protección de datos personales
  58. Derecho a la protección y promoción de la seguridad informática
  59. Derecho a participar de un espacio digital libre de violencia
  60. Derecho a la educación digital
  61. Derecho al ocio
  62. Derecho a participar libremente en la vida cultural y artística
  63. Derechos culturales del pueblo tribal afrodescendiente chileno
  64. Protección de los derechos de autor sobre sus obras intelectuales
  65. Derecho a participar libremente de la creación
  66. Libertad de investigación
  67. Derecho a comunicarse en su propia lengua
  68. La naturaleza tiene derecho a que se respete
  69. Derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado
  70. Derecho al aire limpio
  71. Derecho de acceso responsable y universal a las montañas, riberas de ríos, mar, playas, lagos, lagunas y humedales
  72. Derecho al pleno acceso a la justicia
  73. Derecho a un proceso razonable y justo en que se salvaguarden las garantías
  74. Ninguna persona puede ser privada de su libertad arbitrariamente
  75. Derecho a garantías procesales penales mínimas
  76. Derecho a la libertad ambulatoria

Si comparamos, los derechos fundamentales en la Carta Magna vigente están en el artículo 19, que cuenta con 26 incisos. En el caso de la nueva propuesta, los derechos fundamentales están entre los artículos 17 y 122. No todos los artículos consagran un derecho en específico, ya que algunos de estos norman el funcionamiento de instituciones y organismos que velan por dichos derechos.

¿Qué son los derechos fundamentales?

Los derechos fundamentales son aquellos “inherentes a la persona humana, universales, inalienables, indivisibles e interdependientes”, según define el artículo 17 de la propuesta de la Convención Constitucional (CC).

En el texto se establece que quienes son titulares de estos derechos son las personas naturales, la naturaleza, y los pueblos y naciones indígenas.

¿Qué derechos se mantienen?

Dentro del Capítulo II de la NC están consagrados los derechos fundamentales. El primero de estos define que “toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad personal. Esta comprende la integridad física, psicosocial, sexual y afectiva”. Sumado a esto se establece que nadie puede ser condenado a muerte ni torturado.

En comparación a la Carta Magna vigente, hay al menos 20 artículos que permanecerán sin mayores modificaciones en caso de aprobarse. Estos son los siguientes derechos:

  1. Derecho a la vida 
  2. Igualdad ante la ley 
  3. Igual protección de la ley
  4. Protección de la vida privada
  5. Inviolabilidad del hogar
  6. Libertad de conciencia 
  7. Libertad personal
  8. Medio ambiente libre de contaminación 
  9. Protección de la salud 
  10. Derecho a la educación 
  11. Libertad de enseñanza 
  12. Libertad de emitir opinión 
  13. Derecho a reunirse 
  14. Derecho de presentar peticiones a la autoridad 
  15. Derecho de asociarse
  16. Libertad de trabajo
  17. Derecho a la seguridad social
  18. Derecho a sindicarse 
  19. Derecho a desarrollar cualquiera actividad económica 
  20. Derecho de propiedad

La Constitución vigente consagra 26 derechos fundamentales. Todos ellos se consagran en la propuesta de nueva Constitución. De estos, algunos se encuentran de forma literal y otros están contenidos dentro de garantías redactadas de distinta manera.

¿Qué derechos son nuevos?

A estos derechos se suman otras garantías nuevas en relación a la Constitución vigente. Entre los nuevos derechos destacan temas de género, derechos humanos, pueblos indígenas y naturaleza. 

Específicamente, se incluye en el catálogo los derechos al agua y saneamiento, a la alimentación, derechos de la naturaleza, derecho al ocio, reconocimiento al trabajo doméstico y de cuidados, protección de datos, derechos reproductivos, y muerte digna, entre otros.

Estos son todos los derechos fundamentales incluidos en la propuesta:

  1. Toda persona tiene derecho a la vida
  2. Ninguna persona será sometida a desaparición forzada
  3. Ninguna persona que cumpla los requisitos establecidos en esta Constitución y las leyes podrá ser desterrada
  4. Las víctimas tienen derecho al esclarecimiento y conocimiento de la verdad respecto de violaciones a los derechos humanos
  5. Derecho a la igualdad 
  6. Niños y adolescentes titulares de derecho 
  7. Derecho a una vida libre de violencia de género 
  8. Personas con discapacidad son titulares de los derechos 
  9. Reconoce la neurodiversidad 
  10. Toda persona sometida a cualquier forma de privación de libertad no puede sufrir limitaciones de otros derechos
  11. Las personas privadas de libertad tienen derecho a hacer peticiones a la autoridad penitenciaria
  12. Toda persona privada de libertad tiene derecho a la inserción e integración 
  13. Las personas mayores son titulares de los derechos
  14. Pueblos y naciones indígenas y sus integrantes, en virtud de su libre determinación, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos
  15. Derecho a la educación
  16. El Estado garantiza una educación ambiental
  17. Derecho a recibir una educación sexual integral
  18. Libertad de enseñanza
  19. Quienes integran las comunidades educativas tienen derecho a participar en las definiciones del proyecto educativo
  20. Derecho a la salud
  21. Derecho a la seguridad social
  22. Derecho al trabajo, libre elección y desconexión digital
  23. Derecho a la libertad sindical
  24. Organizaciones sindicales, tienen el derecho a participar en las decisiones de la empresa
  25. Derecho a cuidar, a ser cuidada y a cuidarse desde el nacimiento hasta la muerte
  26. Derecho a una vivienda digna y adecuada
  27. El derecho a la ciudad y al territorio
  28. Derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia
  29. Deber del Estado asegurar seguridad alimentaria
  30. Garantiza el derecho de campesinas, campesinos y pueblos y naciones indígenas al libre uso e intercambio de semillas tradicionales
  31. Derecho a una alimentación adecuada
  32. Derecho humano al agua y al saneamiento
  33. Reconoce a los pueblos y naciones indígenas el uso tradicional de las aguas
  34. Derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura
  35. Derecho al deporte
  36. Derechos sexuales y reproductivos
  37. Derecho a la autonomía personal
  38. Derecho al libre desarrollo y pleno reconocimiento de su identidad
  39. Indígenas tienen derecho a la identidad e integridad cultural
  40. Indígenas tienen derecho a ser consultados previamente a la adopción de medidas administrativas y legislativas que les afectasen
  41. Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia
  42. Derecho a muerte digna
  43. Derecho a libre circulación
  44. Derecho a la privacidad personal, familiar y comunitaria (Inciso 2: Los recintos privados son inviolables)
  45. Derecho a buscar y recibir asilo y refugio
  46. Derecho a asociarse sin permiso
  47. Derecho a reunirse y manifestarse
  48. Derecho a presentar peticiones, exposiciones o reclamaciones ante cualquier autoridad del Estado
  49. Derecho a acceder, buscar, solicitar, recibir y difundir información pública de cualquier órgano del Estado
  50. Derecho de propiedad
  51. Derecho de los pueblos indígenas a sus tierras
  52. Libertad de emprender
  53. Derecho, en su condición de consumidora o usuaria, a la libre elección
  54. Derecho a la libre expresión
  55. Derecho a producir información
  56. Derecho al acceso universal a la conectividad digital
  57. Derecho a la autodeterminación informativa y a la protección de datos personales
  58. Derecho a la protección y promoción de la seguridad informática
  59. Derecho a participar de un espacio digital libre de violencia
  60. Derecho a la educación digital
  61. Derecho al ocio
  62. Derecho a participar libremente en la vida cultural y artística
  63. Derechos culturales del pueblo tribal afrodescendiente chileno
  64. Protección de los derechos de autor sobre sus obras intelectuales
  65. Derecho a participar libremente de la creación
  66. Libertad de investigación
  67. Derecho a comunicarse en su propia lengua
  68. La naturaleza tiene derecho a que se respete
  69. Derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado
  70. Derecho al aire limpio
  71. Derecho de acceso responsable y universal a las montañas, riberas de ríos, mar, playas, lagos, lagunas y humedales
  72. Derecho al pleno acceso a la justicia
  73. Derecho a un proceso razonable y justo en que se salvaguarden las garantías
  74. Ninguna persona puede ser privada de su libertad arbitrariamente
  75. Derecho a garantías procesales penales mínimas
  76. Derecho a la libertad ambulatoria

Si comparamos, los derechos fundamentales en la Carta Magna vigente están en el artículo 19, que cuenta con 26 incisos. En el caso de la nueva propuesta, los derechos fundamentales están entre los artículos 17 y 122. No todos los artículos consagran un derecho en específico, ya que algunos de estos norman el funcionamiento de instituciones y organismos que velan por dichos derechos.

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