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Bolivia: Estado laico, un avance democrático

Dentro de la discusión y elaboración de propuestas para la constituyente, la Iglesia Católica boliviana plantea “la incorporación de la libertad religiosa” como un derecho fundamental de las personas, reconociendo la diversidad de credos. No obstante, conviene recordar que dicha libertad está ya dada por el Art. 3 de la actual Constitución Política, donde se garantiza la práctica de todo “otro” culto, no sólo el católico.

La reflexión actual de relación entre Estado y religión no está ya en consentir o no la existencia de religiosidades distintas a la católica. Plantear el tema no sólo es un anacronismo, sino expresión de una consideración deficiente de lo religioso dentro de una sociedad democrática. Son otros los temas que tienen que ser tratados. El primero de ellos está en continuar o no aceptando que el Estado boliviano siga reconociendo y sosteniendo la religión católica y romana, o asumir, de una vez por todas, un carácter de laicidad a fin de poder asumirse como un Estado genuinamente democrático.

El término “laico” es muy cercano al de soberanía popular. No se opone a lo religioso, sino a lo teocrático (gobierno en nombre de Dios) que es, en términos conceptuales y prácticos, una forma de autoritarismo. El adjetivo ´laico´ indica un punto de vista, una posición o una actitud que no se basa en creencias religiosas. En las teocracias, las definiciones sobre la esfera pública encuentran sus fundamentos en la inspiración divina. En un Estado Laico, la política está dictada por la soberanía popular, es decir, basada en leyes y reglamentos democráticamente elaborados a través del libre ejercicio del pensamiento y expresión.

La obligación fundamental de un Estado Laico es garantizar a la ciudadanía el ejercicio de sus derechos fundamentales, tanto individuales como colectivos, empezando, por supuesto, por la propia libertad de pensamiento. Para tal fin, es imperioso que la acción estatal no esté signada por dogmas o fundamentalismos de ningún tipo. Desde el momento de reconocer y sostener a la Iglesia Católica –como se indica en el Art. 3 de la CPE–, tal aspecto queda vulnerado.

Para un Estado laico las y los ciudadanos son iguales ante la ley, no pudiendo ser discriminados por motivos ideológicos ni religiosos. Sus leyes garantizan los derechos y deberes de la ciudadanía sin intervenir en su esfera personal, la que está gobernada por la conciencia individual. Esta conciencia se ejerce y desarrolla en el marco de la mayor libertad posible –es decir, sin que esté mediada por preceptos morales, religiosos o ideológicos de ningún tipo–, siendo tan sólo el respeto a los derechos humanos y libertades democráticas –establecidos en numerosas declaraciones y acuerdos de carácter universal– sus únicos límites éticos y morales.

El Estado laico no representa, avala ni legitima a ninguna iglesia, sólo las acepta y abre con ellas posibilidades de establecer relaciones formales, claras y constructivas que contribuyan al respeto pleno de los derechos y libertades democráticas, siendo el marco legal de tal relación las propias leyes nacionales y los convenios y acuerdos universales sobre los derechos humanos, prescindiéndose, por ende, de todo dogma o declaración de fe.

Por supuesto que lo anterior no significa que el laicismo sea adverso a lo religioso, sólo que promueve los valores de libertad, igualdad y justicia entre todos los seres humanos, con independencia a su adscripción religiosa. Defiende la convivencia plural desde una perspectiva abierta que integre a la ciudadanía en la sociedad, al amparo de las mismas leyes y disfrutando de los mismos derechos.

Al interior de una cultura laica existe la obligación de los servidores públicos de tomar decisiones apegadas a las leyes, no con base en sus creencias personales, siendo las religiosas una de ellas. Un Estado laico refleja la voluntad de una sociedad de convivir en tolerancia bajo el principio de libertad entre iguales, sin más autoridad ni censura que la imponga el conjunto de la sociedad en acuerdo humano y sin mediaciones divinas.

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