Comité Pro Laicidad se pronuncia en defensa del Estado Laico
El Comité Pro Laicidad, un espacio plural de la sociedad civil boliviana, ha emitido un pronunciamiento público en el que expresa su «profunda preocupación ante indicios de posibles vulneraciones al principio de laicidad consagrado en nuestra Constitución Política del Estado».
El pronunciamiento surge a raíz de un documento de trabajo titulado «ACUERDO ENTRE LA SANTA SEDE Y EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA (ASSEPB)», el cual, según el Comité, evidencia que «varias entidades del Estado y representantes de ‘La Santa Sede’ han estado negociando un acuerdo sobre diversos temas de profundo interés para la sociedad boliviana». El Comité cuestiona la falta de transparencia en estas negociaciones, preguntando: «¿Por qué no se hace de manera pública y transparente una negociación que involucra temas económicos, culturales, educativos, migratorios, impositivos y otros que han de impactar en el conjunto de la sociedad boliviana independientemente de su adscripción religiosa?».
El Comité Pro Laicidad recuerda que el Artículo 4 de la Constitución Política del Estado establece el principio de laicidad, señalando que «el Estado respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales» y que «el Estado es independiente de la religión». Según el Comité, este principio es fundamental para la democracia y la lucha contra la discriminación, ya que «reconoce en igual grado de dignidad a todas las formas de creencias y establece su igualdad jurídica».
El pronunciamiento detalla varias inquietudes específicas sobre el mencionado documento de trabajo (ASSEPB), entre las que se incluyen:
- Artículo 3, Inciso 3, Anexo 1: El Comité critica la pretensión de establecer un «Registro Único de Entidades Católicas (RUEC)» a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, argumentando que esto representa un «trato preferente» hacia las entidades católicas.
- Artículo 6, Inciso 3: El Comité considera que la propuesta de «promover los valores y principios de la religión católica, asegurando el respeto a la diversidad cultural y religiosa del País» contraviene el principio de Estado laico y educación laica.
- Artículo 6, Incisos 4, 5, 6: El Comité cuestiona que el Estado reconozca la formación de maestras y maestros en valores y espiritualidades a cargo de la Iglesia Católica, lo que, en su opinión, «representa un acto de discriminación frente a todos los sistemas de creencias en nuestro país».
- Artículo 6, Inciso 7: El Comité critica que el Estado «reconozca la necesidad de asignar recursos humanos (ítems) a las obras educativas de convenio de la Iglesia Católica», ya que esto compromete recursos públicos para promover la enseñanza religiosa de una determinada confesión de fe.
- Artículo 7, Inciso 2: El Comité señala que el reconocimiento de los grados académicos y títulos de estudio conferidos por instituciones católicas «en igualdad de condiciones que los estudios del mismo nivel impartidos en los establecimientos educativos públicos» implica un «estatus de privilegio con respecto de todo el sistema educativo nacional».
- Artículo 8, Inciso 2: El Comité advierte que permitir a las unidades territoriales autónomas asignar recursos humanos y económicos a instituciones de asistencia social y sanitaria de convenio administradas por la Iglesia Católica «promueve el uso de recursos públicos para el proselitismo religioso».
- Artículo 12: El Comité expresa su preocupación por la propuesta de facilitar la permanencia y los visados a ministros ordenados, fieles consagrados y laicos extranjeros invitados por los Obispos, señalando que «el Estado no puede deslindar su capacidad de fiscalizar y controlar el proceso migratorio».
- Artículo 13: El Comité critica que, si bien el Estado se compromete a gestionar recursos para la conservación del patrimonio de la Iglesia Católica, será esta la que facilite el acceso a dicho patrimonio, lo que «podría restringir el acceso a las investigaciones o documentaciones que no estén en función a los intereses de culto de la iglesia católica».
- Artículo 14, Inciso 1: El Comité advierte que el reconocimiento y protección de la inviolabilidad de los lugares de culto «limita la capacidad del Estado sobre su competencia para la aplicación de la justicia en casos de la comisión de delitos».
En su conclusión, el Comité Pro Laicidad reafirma su respeto por la trayectoria histórica de la Iglesia Católica en Bolivia, pero considera que «la otorgación de privilegios, tratos preferenciales y uso de recursos públicos para la educación y el proselitismo religioso católico, solo debilita la democracia y la institucionalidad del Estado».
El Comité insta a la sociedad civil a mantenerse vigilante y denuncia «cualquier intento de vulneración del principio de laicidad». Finalmente, el Comité subraya que «la laicidad no se opone a la libertad religiosa ni a la diversidad de creencias, sino que las garantiza al impedir que una visión particular se imponga sobre las demás» y que «el Estado Laico es la mejor garantía para la convivencia pacífica, el respeto a la diversidad y la protección de los derechos fundamentales de todas las personas».