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Asociaciones de Mujeres dicen que la libertad religiosa no puede limitar el derecho a la igualdad

La Fundación Mujeres y la Federación de Mujeres Progresistas han coincidido en apuntar que la libertad religiosa y el uso del burka no puede limitar el derecho a la igualdad, tras conocer la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que anula la ordenanza dictada por el Ayuntamiento de Lleida en octubre de 2010 que prohibía el uso del velo integral en los espacios municipales.

   La directora de la Fundación Mujeres, Marisa Soleto, ha insistido en que el uso del burka en determinadas ocasiones "pueden constituir una limitación en el acceso y en el disfrute de los derechos para las mujeres que lo portan".

   Por ello, ha sentenciado que "si un reconocimiento de la libertad religiosa supone la limitación de acceso a otros derechos", se estarán creando "ciudadanas de primera y de segunda" en lugar de promover la integración. En este sentido, ha afirmado que "hace falta más legislación para garantizar la igualdad en el acceso de los derechos civiles por parte de las personas, independientemente de su creencia y sexo".

   Asimismo, Soleto ha añadido que "España tiene una carencia de desarrollo legislativo del articulo 16 de la Constitución, en el que se debería entrar a regular algunos aspectos relacionados con la libertad religiosa, sobre todo lo que tiene que ver con la convivencia".

   Por su parte, la presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas, Yolanda Besteiro, ha "lamentado" el fallo, al entender que supone –por parte del TS– "un desconocimiento de lo que es la igualdad". "Deben entender que el principio de igualdad está por encima de la libertad religiosa", ha apostillado.  

   Besteiro ha insistido en que la sentencia es "una pena" e insta a "dejar claro que el uso del burka es un acto de discriminación" e "imposición por motivos culturales y religiosos" y que, por lo tanto "cualquier actuación que vaya destinada a normalizar este tipo de hechos va en contra de la igualdad".

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