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El Observatorio recoge toda la documentación que detecta relacionada con el laicismo, independientemente de la posición o puntos de vista que refleje. Es parte de nuestra labor observar todos los debates y lo que se defiende por las diferentes partes que intervengan en los mismos.
Comentarios del Observatorio
Desde el movimiento laicista se cuestiona que los libros de bautismo sean exceptuados de la aplicación de la normativa de protección de datos de carácter personal. En este texto se presenta un caso judicial argentino en el que a una persona transexual se le niega su derecho a la rectificación de sus datos personales en un fichero titularidad de la Iglesia católica, como son dichos libros. Está fuera de discusión los libros bautismales antiguos, que según los criterios que haya establecidos en cada caso, sean considerados registros históricos, y por tanto pasen a la jurisdicción de la normativa de archivos y documentación con este carácter. En este caso estamos hablando de los datos personales de una persona viva, y a la que se le niegan sus derechos a la protección de sus datos de carácter personal anteponiendo una «autonomía» de las entidades religiosas a estos derechos civiles.
Resumen: Una sentencia de la Corte Suprema de la República Argentina reafirma el principio de autonomía de las confesiones religiosas y de neutralidad religiosa del Estado. Rechazó la pretensión de una persona transexual de reemplazar su partida de bautismo por otra donde no se infiriese el sexo que tenía al nacer y reconoció la autonomía de la Iglesia en el modo de llevar sus registros sacramentales sin interferencia de los jueces estatales. También ratificó la constitucionalidad del Acuerdo entre la Santa Sede y la República Argentina.