DENUNCIA VIDEOS ANTIABORTISTAS EN UN CENTRO ESCOLAR
D. Manuel Navarro Lamolda con DNI. 24086282S y domicilio en Granada, calle San José 8 CP. 18010, en calidad de responsable de la Asociación Andalucía Laica, con domicilio en Granada, calle San José Alta, 8 CP 18010 y correo electrónicoandalucialaica@2020.laicismo.org
EXPONE:
PRIMERO: Que en el centro concertado Virgen de Gracia de Granada, durante la pasada semana se ha organizado un acto con los alumnos de secundaria de dicho colegio, en el que se les ha proyectado un vídeo antiabortista, en horas lectivas y uniendo varios grupos de alumnos.
SEGUNDO: Que este tipo de actos, reuniendo a varios grupos, que salen de sus aulas para asistir a un acto específico, sin que forme parte de un acto docente en el que discuta sobre diferentes opciones de la sociedad ante un problema, es un claro acto de proselitismo y adoctrinamiento, y atenta a la libertad de conciencia de los alumnos y alumnas del mismo, al margen del ideario católico que pueda tener el centro, pues tampoco todos los católicos están en contra de una regulación del aborto.
TERCERO: Que dudamos que dicha actividad estuviese programada en el Plan de Centro y en consecuencia contase con el conocimiento y la aprobación del conjunto de la comunidad educativa. Por el contrario, entendemos que por el momento utilizado para realizar el visionado de este material, guarda relación con un acto de movilización política, que cuenta con todo el derecho parar realizarse, pero que no sólo no tiene base legal, sino que supone una utilización de los centros escolares, el aprovechar la educación de los alumnos y alumnas para promover la asistencia a actos políticos o la adhesión a los planteamientos políticos de los organizadores de esta manifestación.
CUARTO: Que nos oponemos a todo tipo de adoctrinamiento y manipulación de la conciencia de cualquier ciudadano y especialmente de la de los escolares, algo que atenta a nuestra Constitución, el ordenamiento internacional sobre Derechos Humanos y del Niño, así como las Declaraciones de l ONU sobre libertad de religión y convicciones.
QUINTO: Que se trata de un centro sostenido con fondos públicos por lo que debe ajustarse a la normativa general de educación que tanto en la LOE como en la LEA establecen el respeto a la conciencia de los alumnos.
Por todo ello se solicita la adopción de cuantas medidas sean necesarias para depurar las responsabilidades en que hubiesen incurrido en esto u otros centros que realicen este tipo de prácticas, así como las medidas para evitarlo en el futuro.
Granada a 19 de octubre de 2009
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