Hoy se celebra en Alcázar de S. Juan, de donde soy y donde fui concejal, el primer acogimiento civil aunque la normativa lleva aprobada desde 2010.
Muy contento por la parte que me toca. El Acogimiento Civil fue una moción de IU que yo mismo presenté en el Pleno cuando era concejal y que se aprobó gracias a IU y PSOE. No se trata de un “bautizo civil”, más bien el bautizo religioso es un “acogimiento religioso”. Toda sociedad (desde las tribus más recónditas hasta las sociedades más urbanizadas) tienen instituciones (como las festividades o los ritos de paso) con los que la comunidad destaca ciertos momentos o acontecimientos que consideran importantes en la vida de sus miembros o en su historia colectiva como grupo. En casi todas, esas instituciones tienen lugar en momentos vitales como el nacimiento, el paso a la edad adulta, el matrimonio, la defunción, o fechas relevantes que celebran hitos históricos (documentos fundacionales, victorias militares, etc.). Su intención es reforzar los lazos comunitarios e identitarios y el reconocimiento de la sociedad en los pasos vitales de los individuos (por ejemplo, su paso de niño a adulto, o el reconocimiento de su unión matrimonial a efectos de terceros). El carácter CIVIL de estas instituciones es evidente y necesario pues sirve a efectos civiles, es decir, de la sociedad civil: que la sociedad sepa (a través de los ritos) quién es hijo de quién, quién es considerado ya adulto, quién está casado con quién, etc.
Andrés Camona durante una de sus intervenciones en la Escuela de Verano de Granada.
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