El Estado, por ser el ente vertebrador de la convivencia ciudadana, no puede ser menos que respetuoso de toda manifestación religiosa de los ciudadanos, pero manteniéndose “aconfesional” o “laico” en su estructura y en su accionar.
La reciente Resolución de la jueza María Eugenia Ibaceta, titular del Juzgado Civil 24 de la Ciudad de Mendoza (Expte. 250.169, fojas 294) declarando la "inconstitucionalidad de la Resolución N° 2.616, con fecha 12 de diciembre de 2012, por intermedio de la cual se fijó el cronograma de actividades para el ciclo lectivo 2013 para todo el sistema educativo provincial, en cuanto dispone que se deben conmemorar el 25 de Julio el Día de Patrón Santiago y el día 8 de setiembre el día de la Virgen del Carmen de Cuyo con participación de toda la comunidad educativa y, en consecuencia, ordenar a la demandada que de manera inmediata tome todas las medidas necesarias para que en las escuelas de gestión pública bajo su potestad no se conmemore este año el Día de la Virgen del Carmen de Cuyo, no pudiendo impartirse clases alusivas, ni realizar carteleras, entrevistas, proyección de videos, actividades diversas en las que participen alumnos, docentes y miembros de la comunidad o personalidades relevantes del medio", ha vuelto a poner sobre el tapete la irresuelta cuestión de la relación Estado-Iglesia Católica en nuestra provincia y en la Argentina toda.
En varias ocasiones anteriores he expresado públicamente mi opinión al respecto, pero en vista de esta declaración de inconstitucionalidad, considero de necesidad volver sobre el tema.
Aclarando términos
En una sociedad que se está acostumbrando a utilizar las palabras casi a su antojo, como armas arrojadizas más que como vehículos de comunicación y sin definir su significado y contenido, puede ser útil comenzar esta reflexión realizando alguna precisión de términos.
"Nación" (también denominada "sociedad política") es el conjunto de habitantes de un determinado territorio que se ha dado y ha aceptado normas de convivencia social y ciudadana reflejadas en su Constitución.
"Estado" son las instituciones y los organismos normados por la Constitución en vista a lograr la sana convivencia y el bien común de los ciudadanos.
"Gobierno" son las personas elegidas por los ciudadanos para que, por un determinado tiempo, sean responsables de la conducción del Estado.
"Iglesia Católica" es el conjunto de personas que adhieren a la vida y a la enseñanza de Jesucristo y han elegido conformar una comunidad creyente en Él.
"Laico" en el sentido civil, indica la no adhesión a una fe religiosa por parte de una persona o de un Estado.
"Laicidad" es la adjetivación de una concepción y organización de la sociedad fundada en la separación entre Iglesia y Estado y que tiene su fundamento en el pluralismo y en la multiculturalidad social.
Los católicos
Siempre ha sido claro que los cristianos católicos somos, a la vez, miembros de la Iglesia y de la Nación, de la Nación y de la Iglesia. No por pertenecer a una, dejamos de pertenecer a la otra ni -mucho menos- batallamos contra esa otra.
Somos miembros de las dos realidades y en las dos la fe nos llama a vivir nuestra vocación "hacia adentro" de la comunidad-iglesia intentando reflejar en nuestro hoy lo que, en su momento, fueron los primeros seguidores de Jesús; y "hacia afuera" viviendo nuestra convicción de fe en todas las circunstancias de la vida, sobre todo en lo que se refiere a la convivencia social y al compromiso ciudadano.
Nuestra vida y nuestro compromiso se "juegan" en las dos. Un buen cristiano debiera ser el mejor ciudadano, "viviendo con verdad, libertad, justicia y solidaridad".
Así las cosas, es evidente que no hay, ni puede haber, contraposición entre ser católico y ser ciudadano. Como no la hay, ni la puede haber, entre ser de otra confesión religiosa o de ninguna y ser ciudadano argentino. Son "ámbitos" distintos donde la conciencia personal debe "inspirar la vida y las acciones de cada quien" y llevarnos a todos los habitantes que conformamos la Nación a dar lo mejor de nosotros mismos "en procura del mejor bien de todos".
A la palabra cristiana o de otra confesión, no sólo podemos, sino que debemos proclamarla, ofrecerla y defenderla civilmente, sin imposición de naturaleza alguna, sea esta de corte personal o institucional.
El Estado
Dicho lo dicho, opino que queda claro que el Estado, por ser el ente vertebrador de la convivencia ciudadana en una sociedad pluralista, no puede ser menos que respetuoso de toda manifestación religiosa de los ciudadanos, pero manteniéndose "aconfesional" o "laico" en su estructura y en su accionar. Vale, nuevamente aquí, la sentencia de Jesús: "Den al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios".
En una democracia moderna el pluralismo es inseparable de la "neutralidad" religiosa del Estado, que es en lo que consiste la laicidad. Se supone que estamos en una sociedad abierta, que es la propia de una democracia pluralista y laica. La sociedad democrática sólo puede ser plural y laica. El pluralismo deriva de la propia condición humana, de la libertad de pensamiento, de conciencia y de cátedra.
Lo que no ha sido tan claro en nuestro devenir histórico, ni lo es en la actualidad, es la "relación institucional" entre el Estado, el Gobierno y la Iglesia Católica.
Recordemos que la razón de ser de un Estado, y dentro de él de un Gobierno, es procurar el mejor y el mayor bien de los ciudadanos. Y que la razón de ser de una Iglesia (católica u otra) es adherir a una determinada enseñanza y fe, haciendo visible esa adhesión en el "modo de vivir" de cada uno de sus integrantes y de la entera comunidad creyente.
Consecuencia de ello es que: el Estado obra, legisla, e imparte justicia para "todos" los habitantes de la Nación ; en tanto que la Iglesia realiza su misión "sólo" con y para aquellas personas que adhieren a ella.
En este sentido creo que ya es tiempo de que el gobierno nacional, a través de las instancias constitucionales, derogue el Art. 2º de nuestra Constitución: "El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano".
Sea que ese "sostener" signifique establecer un Estado confesional, sea que signifique un sostenimiento económico, sea que signifique un trato diferencial para con la Iglesia Católica. Debe, sí, mantenerse la libertad de cultos y de conciencia para todos los habitantes.
La Iglesia Católica, en múltiples circunstancias y desde el Concilio Vaticano II, ha expresado claramente que "entre los Estados y la Iglesia debe existir una total independencia y autonomía", independencia y autonomía que no obstan al momento de obrar juntos cuando se trata de promover el bien común de los ciudadanos.
Del mismo modo que reconoce que existen países con mayoría de habitantes que profesan la fe católica, pero que esa mayoría atañe a la fe de pertenencia a la Iglesia y no a la condición de ciudadanos de una Nación.
De aquí que la expresión referida a los católicos "somos miembros de las dos" (Iglesia y sociedad política) no debe llevarnos a confundir y mezclar "la participación de ciudadanos católicos" en la Nación, en el Estado y en el Gobierno, con "la participación institucional de la Iglesia" en la Nación, en el Estado y en el Gobierno.
Si lo puesto en palabras hasta ahora es compartido por muchos, me animo a hacer algunas sugerencias operativas:
* Eliminación del Art. 2º de la Constitución donde dice que la Nación Argentina "sostiene el culto católico, apostólico, romano".
* Eliminación del juramento "por Dios y los Santos Evangelios" en la asunción de autoridades civiles (este tipo de juramentos debe hacerse ante las autoridades religiosas de quienes asumen cargos).
* Eliminación de las capellanías para las fuerzas armadas y del orden público.
* Eliminación de los actos religiosos destinados a instituciones y/o dependencias del Estado o del Gobierno.
Vicente S. Reale – Sacerdote católico
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