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Un juzgado exime a la Iglesia de pagar impuestos por reformar sus inmuebles

Un tribunal de Zaragoza da la razón a las Hermanitas de la Caridad y pide a la Audiencia Nacional que examine el encaje legal de una norma que aprobó Zapatero en 2009.

La justicia ha puesto en solfa uno de los escasos intentos del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero por poner coto a los muchos privilegios fiscales de la Iglesia católica.

Un juzgado de Zaragoza ha planteado a la Audiencia Nacional una cuestión de ilegalidad sobre una Orden Ministerial aprobada por el Ejecutivo socialista en el año 2009 por la que desde entonces se obliga a la Iglesia Católica a abonar el impuesto municipal que grava las Construcciones, obras e instalaciones (tributo conocido como ICIO) para las reformas de algunos de los edificios de su propiedad. 

Esa Orden, firmada por la entonces vicepresidenta segunda y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, estableció, atendiendo una vieja reivindicación de Izquierda Unida, que la Iglesia debía tributar por las reformas de los edificios de su propiedad que estén afectos a sus actividades empresariales, como colegios, hospitales, complejos deportivos y centros de enseñanza superior, entre otros. 

Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Zaragoza, atendiendo los argumentos de las Hermanitas de la Caridad en un contencioso abierto entre esta orden religiosa y la Unidad de Ingresos Urbanísticos del Ayuntamiento de Zaragoza, ha interpretado que la obligación contenida en esa Orden Ministerial contraviene lo establecido en dos artículos de los Acuerdos con la Santa Sede de 3 de enero de 1979. 

En esos acuerdos, que concedieron amplios privilegios fiscales a la Iglesia católica al otorgarle la "exención total y permanente de los impuestos reales o de producto, sobre la renta y sobre el patrimonio", se establecía también que "la Santa Sede y el Gobierno español procederán de común acuerdo en la resolución de las dudas o dificultades que pudieran surgir en la interpretación o aplicación de cualquier cláusula" de los mismos.

Y una parte de la Iglesia ha preferido obviar al Gobierno y dirimir el contencioso en los tribunales. Así, el juzgado zaragozano ha tenido en cuenta los argumentos de la Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, que se negaban a abonar el ICIO por las obras realizadas en un inmueble sito en el número 25 de la calle Agustina de Aragón, en la capital zaragozana, por entender que los Acuerdos de la Santa Sede le eximían de hacerlo. 

El Juzgado ha dado la razón a las monjitas, que no han tenido que pagar ese impuesto, y además ha pedido que la Audiencia Nacional examine la legalidad de esa norma y, en su caso, la anule.

Las Hermanas de la Caridad se han convertido últimamente en asiduas de los tribunales, aunque con desiguales resultados. Este mismo año, un tribunal gallego las condenó por el despido improcedente de una enfermera en un pueblo de Lugo, a la que obligaron a readmitir o a indemnizar con más de 12.000 euros.

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