Es lamentable que perduren sistemas religiosos que la equiparen con un vulgar asesinato
Paul Kurtz, profesor de filosofía de la Universidad estatal de Nueva York manifestó recientemente: “La eutanasia descansa sobre un principio básico para la democracia: el derecho a la privacidad. Este derecho hunde su raíz en la idea de libertad individual. El cuerpo de una persona, al igual que sus creencias, valores y conducta son zonas donde la sociedad no debe entrometerse sin una buena razón… los individuos agonizantes deberían tener el derecho de negarse al tratamiento y recibir ayuda para aliviar el sufrimiento y adelantar la muerte”.
Cualquier persona con unas gotas de solidaridad y, si se me permite la expresión, “amor al prójimo” debería coincidir con el eminente catedrático neoyorquino. Sin embargo, subsiste en España un enrevesado artículo del Código Penal que aboca a que las personas con padecimientos absolutamente insufribles, agoten sus días retorciéndose entre suplicios. Así el artículo 143,4º determina: “El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar será castigado con la pena de…”
Equiparación con el asesinato
Más lamentable resulta que aún perduren sistemas religiosos que, arteramente, pretenden equiparar con un vulgar asesinato el acto humanitario de finiquitar un sufrimiento insoportable. Curiosamente, no conozco ninguno de estos autodenominados “defensores del sagrado derecho a la vida” que reproche el asesinato a sangre fría de casi doscientos mil españoles, entre 1939 y 1944, ejecutado por una dictadura amparada, protegida y justificada por la iglesia de Roma.
Expresión cristalina de solidaridad
Frente a esta dañina mentalidad, la eutanasia termina con un dolor y un sufrimiento inaguantable que se prolongaría hasta la muerte. Es por tanto este derecho una expresión cristalina de solidaridad, respeto y limpia humanidad.
Delito de lesiones
Íntimamente ligado a lo anterior se encuentra el tema de las sedaciones a pacientes terminales. El eminente catedrático de Dº Penal. D. Enrique Gimbernat, considera que si bien esta práctica es legal, su no aplicación podría, sin embargo, constituir un delito de lesiones. Apuntemos que el Código Penal castiga con prisión de hasta tres años en su artículo 147 a “El que, por cualquier medio o procedimiento causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental…”. De manera que el médico que permita que un paciente fallezca retorcido de dolor podría cometer un delito de lesiones. Incluso si la sedación acortase la vida.
Encarar la eutanasia
El próximo gobierno, por tanto, deberá encarar la eutanasia. Un gabinete progresista no puede cruzarse de brazos ante el dolor insoportable de miles de seres humanos. Surgirán voces en contra. Sin duda. Respetemos su derecho a expresarse y manifestarse. Pero no permitamos que el progreso, la solidaridad y el auténtico respecto a la dignidad de la vida sucumban ante soflamas de hueca moralina y costrosas sotanas.
Gustavo Vidal Manzanares es jurista y escritor