A LA MESA Y JUNTA DE PORTAVOCES;
El Grupo Parlamentario Nafarroa Bai, al amparo de lo establecido en el reglamento de la cámara presenta para su debate y votación en Pleno, la siguiente moción:
EXPOSICION DE MOTIVOS
Las sociedades actuales se caracterizan por la enorme pluralidad que existe en su seno. Pluralidad de identidades nacionales, pluralidad de creencias, diversidad en el tipo de culto, incluso diversidad en las formas de construir los vínculos familiares. En todo caso elementos positivos que nos obligan a construir nuestra sociedad, nuestro sistema de valores, desde el pluralismo y la empatía social.
Como se sabe la constitución española en varios de sus artículos pretende salvaguardar la neutralidad necesaria del estado respecto a la confesionalidad de la ciudadanía. Así el artículo 14.1 señala que “no puede prevalecer discriminación por razón de religión.” Y el 16.3 establece que “ninguna confesión tendrá carácter estatal.”
Esta normativa exige pues de los poderes públicos cierta atención a la hora de asegurar esa neutralidad implorada por la constitución española.
En este sentido recientemente el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha dictaminado en una sentencia que la presencia de crucifijos en las aulas públicas vulnera el artículo 9 de la Convención de los Derechos Humanos, al restringir el derecho de los padres de educar a sus hijos en sus propias convicciones y de libertad religiosa del alumnado.
Como la Proposición No de Ley aprobada recientemente en el Congreso de los Diputados concreta “la sentencia afirmaba que la presencia de este tipo de símbolos puede provocar en los menores de edad, que se encuentran en proceso de formación, el sentimiento de que el Estado está más cercano a la confesión con la que guardan relación los símbolos, que a otras confesiones respecto de las que no está presente ningún símbolo en el centro público”.
Por lo tanto es preciso tener en cuenta que es necesario avanzar en la neutralidad o si se prefiere, avanzar en la laicidad de las instituciones públicas, sea cual sea el nivel de las mismas. Por ello en la acción institucional, individual o colectiva, no se pude confundir en temas religiosos lo mayoritario con lo universal. Se trata de algo básico, si el estado español es un estado laico no tiene ningún sentido que las actuaciones públicas estén presididas por símbolos o actos religiosos, en las instituciones públicas, en los centros educativos públicos, en los hospitales públicos, en los juzgados o en las cárceles no caben los símbolos religiosos.
Porque se trata de hacer compatible todas las voluntades, todas las libertades. El ámbito de lo público es el ámbito de lo universal: de lo que afecta a todos, concierne a todos y es responsabilidad de todos. En democracia, lo público universal no puede ser confundido con lo colectivo parcial, por muy mayoritario que sociológicamente sea. Lo público y universal, precisamente para afrontar humana y razonablemente el reto del pluralismo social, apela a un Estado laico.
Por eso mismo la laicidad de las instituciones adquiere una importancia crucial, ya que es la base para una convivencia en pluralismo, libertad e igualdad. Es el mejor principio, la más eficaz garantía de libertad e igualdad, como pacto incluyente, como norma convivencial, como lugar de encuentro y espacio común de todos los ciudadanos y ciudadanas.. Viene a ser, pues, el marco – quizás el único marco coherente posible – para una organización social y política democrática.
Por todo ello se propone ACORDAR:
- El Parlamento de Navarra insta a todas las instituciones públicas navarras a que den pasos a favor de la laicidad, como muestra del respeto a todos las creencias y trabajen a favor de la neutralidad religiosa de las instituciones públicas.
- El Parlamento de Navarra insta al Gobierno de Navarra a retirar los símbolos religiosos que en instituciones públicas existan.
Pamplona-Iruña a 11 de febrero de 2010