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[Chile] Prohíben a iglesia evangélica de Concepción usar equipos de amplificación por ruidos molestos

La Superintendencia de Medio Ambiente prohibió a una iglesia evangélica el uso de parlantes o cualquier equipo sonoro tras acreditar los altos niveles de ruido denunciados por vecinos del sector Las Princesas, en Concepción, en la región del Bío Bío.

Al respecto, el nuevo alcalde de la ciudad, Héctor Muñoz, dijo que se debe respetar lo resuelto por la autoridad, pero subrayando en la libertad religiosa o de manifestaciones.

Se trata de una investigación iniciada tras las denuncias de vecinos de la Iglesia Pentecostal “Ha de venir”, a raíz de las molestias que generan en el área los cultos debido al uso de equipos de sonido.

Con el fin de constatar la veracidad de los antecedentes, un equipo de la Superintendencia de Medio Ambiente realizó en noviembre una visita de inspección al sector Las Princesas, donde se ubica la iglesia.

Prohíben uso de amplificadores y de instrumentos

El personal constató que efectivamente con motivo de las actividades religiosas se superaba la Norma de Emisión de Ruidos y por eso se prohibió el uso de parlantes, cualquier equipo de amplificación o instrumentos de percusión, ordenando una reprogramación de las actividades.

Dicha prohibición rige por un plazo de 15 días hábiles, o hasta que sean implementadas las mejoras señaladas en el informe técnico.

Sobre esta resolución se pronunció el alcalde de Concepción, Héctor Muñoz, señalando que si bien hay que respetar libertades como la de culto o de manifestación, se debe cumplir el pronunciamiento de la Superintendencia.

Los niveles de ruido detectados en el barrio de la Iglesia Pentecostal superaron los 14, 21 y 24 decibeles, muy por encima de la norma y por eso la prohibición decretada, que se extenderá hasta que los representantes del templo cumplan con las medidas para evitar la molestia a los vecinos.

Otras medidas ordenadas:

— Implementar las mejoras propuestas por el informe señalado precedentemente, apoyado por el profesional que lo elaboró, dentro del plazo de 15 días hábiles.

— Elaborar una reprogramación de los cultos y actividades que se desarrollan en la iglesia, de forma que sean realizados de lunes a viernes entre las 08:00 a 20:00 horas, y sábado y domingo de 12:00 a 19:00 horas. La reprogramación deberá presentarse dentro de los primeros 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que ordena la medida y ejecutado a futuro.

— Elaborar un informe técnico de diagnóstico de problemas acústicos, que considere, a lo menos, un levantamiento de las características del sistema de amplificación del local (como el número de equipos, potencia, distribución y proyección sonora dentro del lugar, eficiencia acústica, entre otros), junto con las características y materialidad de las estructuras principales de la infraestructura (techo, paredes, suelo, ventanas, puertas y ventilaciones).

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