Responde a un recurso que hicieron tres jóvenes musulmanas de una escuela de la Región de Flandes
Novedad importante desde el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Este tribunal acaba de avalar la prohibición del velo islámico y de otros símbolos religiosos en los colegios.
El velo, pues, queda como caso particular de una prohibición más general. De esta manera, tampoco se podrán mostrar símbolos cristianos, judíos o de cualquier otra confesión.
Esta decisión viene como respuesta a un caso de la Región de Flandes. Un grupo de tres chicas musulmanas protestaron ante la prohibición de llevar el velo en su escuela. Las jóvenes alegaban que se les limitaban varios derechos básicos como el derecho a la vida privada y familiar o el derecho a la libertad de pensamiento y de libertad religiosa. Así mismo, denunciaban sufrir discriminación por ser musulmanes.
Pero el TEDH ha respondido que esta prohibición de la escuela es legítima siempre y cuando sea “proporcionada” y busque la protección de “los derechos y libertades de los demás y de orden público”.
Precedentes en contextos laborales
Esta es una controversia habitual que ha tenido especial protagonismo en países como Francia, que arrastra la tensión entre la laicidad republicana y la libertad religiosa. La novedad es que, ahora, la justicia se ha pronunciado para el caso particular de los colegios. Hasta la fecha, la justicia europea solo había tratado el asunto en contextos laborales.
En 2021, por ejemplo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) le recriminó a Alemania que prohibiera símbolos religiosos grandes como el velo y no el resto de símbolos de otras religiones.
El TJUE entendió que eso podía incurrir en alguna forma de discriminación y puso el acento en que la prohibición debía aplicarse también a las demás religiones. En esencia, es lo mismo que acaba de decidir el TEDH para el caso del sector educativo.