Resumen: El conflicto entre el derecho de autoorganización de las asociaciones religiosas y el ejercicio del derecho a la libertad religiosa ha sido resuelto por el Tribunal Supremo atendiendo al criterio de posición dominante. Pero más allá de dicho debate y de la citada resolución del alto tribunal, pendiente del Recurso de Amparo anunciado por la demandante/recurrente en casación, se examina este conflicto a la luz de la Ley 15/2022 de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. Se trata de analizar si el nuevo enfoque de las teorías de género repercute en la perspectiva desde la que se deba estudiar la organización de las asociaciones privadas de naturaleza religiosa, así como las posibles discriminaciones arbitrarias.
El Parlamento de Gambia rechaza el proyecto de ley que pretendía despenalizar la mutilación genital femenina
Tras cuatro meses de debate político y social, una mayoría de diputados rechaza el proyecto de ley que…