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Las medidas contempladas por la nueva ley del aborto y las que se han quedado en el tintero

La norma no incluirá finalmente la prometida rebaja del IVA para los productos de higiene femenina y en lo que se refiere a la gestación subrogada tampoco se ha logrado consenso a la hora de que se persiga a las parejas por ir al extranjero en busca del bebé, aunque sí se ha prohibido la publicidad de las agencias de intermediación para estos fines

Como ya informábamos este martes 17 de mayo, el Gobierno aprobaba en el Consejo de Ministros el anteproyecto de la ley del aborto en el que el Ministerio de Igualdad lleva casi un año trabajando, aunque aún quedan por negociar algunos puntos en los que los diferentes ministerios no se ponen de acuerdo como la reducción o eliminación del IVA de los productos de higiene femenina, conocida como la «tasa rosa» o la persecución de las parejas que recurran a la gestación subrogada.

El texto aprobado y firmado conjuntamente por la ministra de Igualdad, Irene Montero, y la titular de Sanidad, Carolina Darias, será tramitado por vía de urgencia, con lo cual los plazos se reducirán a la mitad. Sin embargo, tendrá que pasar todavía por el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado, el Congreso y el Senado.

Las medidas de la reforma de la ley que más eco han provocado ha sido la eliminación del consentimiento parental para que las chicas de 16 a 18 años puedan abortar libremente hasta la semana 14 de embarazo y la introducción de una baja laboral por reglas dolorosas e incapacitantes. Esta última medida sitúa a España a la cabeza en el reconocimiento de derechos de la mujer.

Sin embargo, aún quedan dudas por resolver como por ejemplo cómo funcionará al final la baja por reglas dolorosas, cuáles son las novedades sobre el aborto, qué es el período de reflexión que se va a eliminar, qué pasa con los objetores de conciencia, si ha habido acuerdo sobre los anticonceptivos y qué medidas se han quedado en el tintero.

Baja por reglas dolorosas e incapacitantes

En relación a la baja por reglas dolorosas e incapacitantes, tal y como recoge El HuffPost, al final ha habido acuerdo en el seno del Consejo de Ministros. En el texto del anteproyecto queda expresado que «tendrá la consideración de situación especial de incapacidad temporal […] en caso de menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos”, entre otros.

Además, fuentes de Igualdad han asegurado que no habrá un catálogo cerrado de patologías que sean requisito previo para poder acceder a esta baja, sin embargo, sí deberá constar en el historial médico de la mujer, marcado por el ginecólogo, que la paciente sufre dismenorrea, es decir, dolor uterino en el momento de la menstruación.

Esta baja funcionará como cualquier otra incapacidad temporal y será el médico de Atención Primaria quien la firme basándose en las indicaciones previas del especialista en Ginecología que haya atendido a la paciente. La mujer no debe ir todos los meses al ginecólogo si tiene reglas incapacitantes, pero sí acudir a su médico de cabecera para tramitar la baja.

Esta prestación será asumida por el Estado desde el minuto cero y no a partir del segundo día como se hace con las demás incapacidades temporales. Además, para esta incapacidad temporal no se exigirá un mínimo de días cotizados.

Desde Igualdad ya han advertido a los empresarios que en una entrevista de trabajo no se podrá preguntar a una mujer si sufre dismenorrea y que el despido por tener reglas dolorosas sería un delito.

Junto a este nuevo derecho se reconocen también como “situaciones especiales de incapacidad temporal” los abortos, sean o no voluntarios, mientras la mujer reciba asistencia sanitaria y se encuentre impedida y los embarazos a partir de la semana 39 y no de la semana 36 como pretendía el ministerio de Irene Montero.

Eliminación del permiso parental para abortar para chicas de 16 a 18 años

La eliminación del permiso parental para abortar para mayores de 16 años era un aspecto que ya estaba recogido en la norma, pero posteriormente el PP lo suprimió y fue reintroducido de nuevo por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015.

Según los organismos expertos, era fundamental incluir en la norma a las chicas de 16 y 17, pero no porque sea un grupo mayoritario en la práctica de abortos, sino porque precisamente se tendía a dejar fuera a las más vulnerables. Se estima que el 90% de las menores de 18 que se someten a un aborto lo hacen acompañadas de sus padres y algunas de ellas se enfrentan a conflictos familiares.

En la reforma se ha incluido además la eliminación de los tres días de reflexión que se exigen actualmente a las mujeres que buscan abortar. Las interrupciones voluntarias del embarazo se considerarán como prestación de urgencia y se obliga a reforzar el sistema público para ofrecer este servicio en los centros públicos. En la actualidad el 80% de los abortos se producen en centros concertados.

Ese período de reflexión consiste en que cuando una mujer decidía abortar dentro del plazo establecido de las 14 semanas, no sólo tenía que comunicárselo al médico y acordar una cita sino que también debía esperar obligatoriamente tres días para “reflexionar” si realmente quería abortar o no.

Objetores de conciencia

Para que todas las mujeres que deseen abortar puedan hacerlo en centros sanitarios públicos los Ministerios de Igualdad y Sanidad apuestan por una “doble vía”: un registro público de objeción de conciencia y una cláusula de proximidad con respecto al domicilio de la mujer, para que pueda abortar en el centro público disponible más cercano, aunque sea en otra comunidad, sin tener que hacer desplazamientos excesivamente largos e innecesarios para ello.

Desde el Ministerio de Igualdad consideran importante el registro de los médicos objetores de conciencia, que tendrán que comunicarlo por escrito y con antelación para que su Consejería de Sanidad tenga herramientas para reorganizar los servicios en sus centros, tanto públicos como privados, y garantice la presencia de facultativos que puedan realizar esta prestación.

Anticonceptivos

Según el anteproyecto se garantizará la financiación total de los anticonceptivos hormonales “cuando se dispensen en los centros sanitarios” del sistema público y se incluirán también píldoras anticonceptivas de última generación.

Como novedad, la píldora del día después, además de ser dispensada en centros de salud, podrá ser dispensada de manera gratuita en la nueva red de centros de servicios de salud sexual y reproductiva, cuya creación aparece contemplada en la norma y que serán parecidos a los viejos centros de planificación familiar, pero con más servicios, profesionales y prestaciones asociados.

Medidas pendientes

Finalmente queda fuera de la norma la reducción del IVA de los productos de higiene femenina, que permanece en el 10% a pesar de que el borrador inicial proponía la supresión y en el acuerdo para la formación del Gobierno de coalición se establecía que se bajaría al 4%. Como ha explicado Irene Montero el Ministerio de Hacienda ha rechazado esta bajada al no ver con buenos ojos el desembolso necesario para esta proposición que supondría un coste de 30 millones de euros.

Aún así, la ministra de Igualdad ha asegurado que este tema se negociará en los próximos Presupuestos Generales del Estado ya que, en su opinión, es una medida que «vamos a tener que implementar» porque es «urgente».

Lo que sí se ha cerrado con el Ministerio de Educación es la obligación de que los centros educativos cuenten con productos de higiene femenina para poder entregar a las alumnas, así como en los centros sociales que atienden a población vulnerable y en las prisiones.

En lo que se refiere a la gestación subrogada (vientres de alquiler), totalmente prohibida en España, no se ha logrado consenso a la hora de que se persiga a las parejas por ir al extranjero en busca del bebé, aunque sí se ha prohibido la publicidad de las agencias de intermediación para estos fines.

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