Desde los inicios de la transición democrática viene planteándose en España el debate sobre la laicidad en el ámbito político sin apenas avance alguno. Todavía quedan no pocos restos de nacionalcatolicismo en la praxis política y en las instituciones del Estado. La propia Constitución incurre en un acto de clara confesionalidad cuando cita expresamente a la Iglesia católica en la segunda parte del artículo 16.3 y entra en clara contradicción con la primera parte, que establece la no confesionalidad del Estado:
“Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones”.
Similar negación de la laicidad en el ámbito escolar tiene lugar en el artículo 27.3 cuando afirma que “los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones”.
Voy a ofrecer a continuación unas reflexiones sobre el tema, que espero ayuden a pasar definitivamente del Estado nacionalcatólico al Estado laico sin demora.
La laicidad constituye el espacio político, el marco jurídico y el horizonte ético más adecuados para el reconocimiento y el ejercicio de los derechos humanos y de las libertades de conciencia, de expresión, de asociación y de religión, así como para el reconocimiento de las ideologías, los sistemas de creencias y los proyectos utópicos que se expresen y defiendan pacíficamente.
La laicidad no debe confundirse con el ateísmo, el agnosticismo o la indiferencia religiosa, como tampoco con la persecución de la religión, ni con la exclusión de ésta del espacio público y su reclusión en la esfera privada. Ninguna de estas concepciones de la laicidad es correcta. Son, más bien, patologías y, la mayoría de las veces, caricaturas o deformaciones con que es presentada por sus adversarios y por los defensores de la confesionalidad del Estado. La laicidad implica la autonomía de la política, de la ética pública, del derecho y del Estado de toda tutela religiosa y la salvaguarda del pluralismo en todos sus órdenes.
Laicidad y pluralismo son condiciones necesarias para la construcción de una democracia participativa, intercultural y respetuosa de la diferencia. “Frente a toda pretensión de monopolio acerca de la verdad o en cuanto a concepciones de lo bueno desde la que se quisiera imponer unilateralmente lo que para la sociedad en su conjunto ha de ser justo, el vínculo inseparable de pluralismo y laicidad es garantía de la coherencia democrática que necesita una ‘sociedad abierta” [1].
Marcel Gauchet evita los términos “secularización” y “laicización”, y prefiere hablar de “retirada de la religión”, entendiendo por tal no el abandono de la fe religiosa a nivel personal, sino “el abandono de un mundo estructurado por la religión, donde ella dirige la forma política de las sociedades y define la economía del lazo social…; el paso a un mundo donde las religiones existen, pero en el interior de una forma política y un orden colectivo que ya no determinan” [2]. Hemos pasado de la dominación global y explícita de lo religioso a su secundarización y privatización. Se pone de manifiesto en el título de la obra del sociólogo de la religión Thomas Luckman La religión invisible [3].
El problema se plantea cuando se trata de establecer las relaciones concretas entre religión y política, entre sociedad, Estado y hecho religioso. Varios han sido los modelos teóricos y prácticos de dicha relación [4]. Uno es el de identificación-confusión, que se caracteriza por la identificación entre la comunidad política y la comunidad religiosa y por la alianza entre ambos poderes en un juego de doble legitimación: la religión está al servicio de poder y es manipulada por él, al tiempo que lo legitima como recompensa por los privilegios recibidos. Estamos ante una religión de Estado y un Estado de religión única.
Otro modelo es el que establece el ateísmo a nivel oficial, no respeta la libertad religiosa y prohíbe todo culto por considerar que la religión es alienante, opresiva de la conciencia cívica y obstáculo en el camino hacia la igualdad.
El tercer modelo es el que establece una clara separación entre religión y Estado, comunidad política y comunidad religiosa, ética y religión, derecho y religión. Ambas esferas son independientes y no permiten interferencias ni injerencias. El Estado se muestra neutral ante el hecho religioso, reconoce la libertad religiosa de los ciudadanos y respeta las diferentes manifestaciones individuales y colectivas religiosas.
Este modelo admite dos modalidades. Una consiste en reducir la religión al ámbito privado, a la esfera de la conciencia y a los lugares de culto, sin reconocerle función alguna en el espacio público. Es el caso del laicismo extremo que no aprecia carácter emancipador alguno en las religiones y tiende a vincular a éstas, justificadamente a veces, con actitudes irracionales y fanáticas, a considerarlas, con razón frecuentemente, como obstáculos graves para la secularización de la sociedad, la laicidad del Estado y la autonomía de la ética. Con esos presupuestos cualquier intervención de las religiones en la esfera pública —trátese de cuestiones políticas, económicas, culturales o sociales— se entiende o interpreta como injerencia indebida.
Otra modalidad es la que acepta la secularización de la sociedad y la autonomía de la política, reconoce la separación entre religión y política, sin pretender confesionalizar el espacio público, pero no limita la religión al terreno privado, sino que le reconoce una dimensión política en ningún caso legitimadora del orden establecido, sino solidaria con los sectores más vulnerables de la sociedad y comprometida con los movimientos sociales que luchan contra la marginación en su diferentes formas. Este es el planteamiento, dentro del cristianismo, de la nueva teología política europea, de la teología latinoamericana de la liberación y de los movimientos cristianos progresistas, que consideran la presencia pública del cristianismo, en las condiciones antes indicadas, como inherente a la fe cristiana.
Este modelo de cristianismo y el de los orígenes pueden contribuir positivamente a la defensa de la laicidad, que no va contra las religiones. El fundador del cristianismo, Jesús de Nazaret, fue un creyente laico, crítico por igual de las autoridades religiosas y del poder político, y de la alianza entre ambos, que puso en marcha un movimiento igualmente laico no legitimador del Imperio. Con razón Marcel Gauchet define al cristianismo como “la religión de la salida de la religión» [5]. Por su propia vocación laica el cristianismo puede promover la renovación de la vida cívica contribuyendo a superar la permanente tentación de confesionalización de la sociedad y del Estado, muy especialmente en España.
[1] J. A. Pérez Tapias, Del bienestar a la política. Aportaciones para una ciudadanía intercultural, Trotta, Madrid, 2007, 292. [2] M. Gauchet, La religión en la democracia. El camino del laicismo, El Cobre, Madrid, 2003, 17 y 21. [3] Cf. Sígueme, Salamanca, 1973.[4] Cf. J. Casanova, Religiones públicas en el mundo moderno, PPC, Madrid, 2000; H. Peña-Ruiz, La emancipación laica. Filosofía de la laicidad,2001; J. Habermas, Entre naturalismo y religión, Paidós, Barcelona, 2006;J. Habermas, Ch. Taylor, J. Butler, C. West, El poder de la religión en la esfera pública, edición, introducción y notas de E. Mendieta y J. VanAntwerpen, Trotta, Madrid, 2011. [5] Cf. M. Gauchet, El desencantamiento del mundo. Una historia política de la religión, Trotta, Madrid. 2005.