La Convención Constituyente que hace algunas semanas iniciara sus actividades, aún no se ha referido a la especificidad temática de uno de los problemas de mayor importancia que les corresponderá analizar a sus integrantes: la educación, pero entendido no sólo como un sector más de la organización política del Estado, sino, especialmente, en cuanto al fundamento estratégico del desarrollo nacional del futuro.
La educación no es una materia que sea sólo sea del interés sectorial respectivo y, de paso, del mundo político, social, económico, científico, tecnológico, etc. sino que es esto y mucho más. Es un problema humano, de visión de la vida, de valores y virtudes, de justicia, pero no de una mercancía que puede ser transada en el mercado. Es, en resumen, el derecho inalienable que hombres y mujeres tenemos de saber y aprender a vivir y convivir en sociedad para pensar siempre en el bien supremo del ser humano y la naturaleza de la que, sin duda alguna, formamos parte.
En esta línea de pensamiento y en la Declaración Universal de Derechos Humanos[1], expresa:
En el artículo 18:
“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”.
En el artículo 19, señala:
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
En el artículo 26, sostiene:
“1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.
El texto anterior, es suficientemente claro para entender la importancia de lo laico en las actividades humanas, de manera especial, cuando ellas se refieren a materias de interés público, en cuya realidad debe entenderse la característica según la cual todo proceso educativo, de alguna u otra forma, determina la configuración valórica de la sociedad. En el particular caso de la educación, el valor del laicismo en la comprensión de toda área del conocimiento, es el resultado de una legítima aspiración relacionada con la libertad a la que toda persona siempre aspira.
Ello se expresa a través de sistemas políticos que valoren la esencia cultural de la democracia en cuanto a la diversidad socio-política y económica existente, en el marco de los derechos de las personas y las garantías individuales que ello implica.
Una educación laica es una condición básica que caracteriza el desarrollo libre del espíritu de humano, que les permite definir y decidir acerca del estilo educativo que requieren de acuerdo a lo que mejor se considere como las bases de un equilibrado mejoramiento social.
Esto, que es de fácil comprensión, sin embargo, se complejiza cuando quienes no están de acuerdo con esta visión sino con ideas asociadas a creencias políticas y/o religiosas que afectan directamente la calidad ética de toda formación, pretenden imponerlas por todos los medios en la formación de la persona, desde los primeros años de vida en adelante procurando, desvirtuar lo esencial de lo laico atribuyéndole características diferentes de lo que en realidad es.
Una formación laica no interfiere en el conocimiento ni en las prácticas religiosas, cualquiera que éstas sean. Por el contrario, se las comprende como legítimas inquietudes humanas que existen en cada una de las conciencias de quienes las profesan. Lo que no se acepta como grados absolutos de tolerancia, son todas aquellas actitudes que demuestran la intencionalidad de aplicarlas en las concepciones de vida de los demás, sobre todo en niños y jóvenes que carecen de la necesaria formación psicopedagógica que les permita reflexionar y/o criticar argumentos aún incomprensibles para ellos.
Pese a todo, el enfoque laico en la orientación psicosocial de toda persona, en los términos que legal y éticamente corresponde, significa democratizar el proceso formativo excluyendo de todo tipo de formación orientaciones discriminadoras basadas en prejuicios de orientación religiosa, racismo, clasismo, riqueza y diferencias sociales que sólo promueven absurdas e irritantes diferencias que culminan dividiendo a toda comunidad social.
Cuando a través de una visión laica se logra alcanzar un razonable y significativo nivel de equilibrio en la persona, dicha preparación hace posible evitar los conflictos —pese a que ellos, por cierto, se producen como consecuencia de las diversidades psico-socio-culturales existentes— y puede mitigar sus efectos gracias a los niveles de comprensión de los hechos y del respeto que cada cual se merece más allá de las ideas que expresen y/o representen.
Cuando esto no ocurre como proceso formativo, sino que se basa en creencias sin mayores cuestionamientos en los ámbitos políticos, científicos, religiosos y/o filosóficos, la sociedad se enfrenta al hecho de que quienes no han sido formados en la comprensión racional y lógica del significado del ser libre pensador, promueven sus ideas dogmáticamente permitiendo que la intolerancia, la descalificación y, en muchos casos, la violencia, se constituya en el argumento que más se destaque para definir toda diferencia.
A este respecto, debe recordarse que una educación laica no es una visión antirreligiosa de la vida que a menudo corresponde a la simpleza de los argumentos adversos ya conocidos en el ámbito público.
En esta línea, lo importante es entender que una cosa es formarse en el conocimiento de las religiones y/o de las diversas materias políticas, filosóficas y de las disciplinas con ellas relacionadas y otra muy distinta, es lo que tenga que ver con el grado de proselitismo que se pretende aplicar en la formación de las personas cuando la libertad de elección se ausenta.
Si bien en la actualidad, estos hechos ya no debieran ocurrir, somos testigos, sin embargo, del dolor que representa el espíritu avasallador de la intolerancia asociada al poder político y vinculado a movimientos que, favoreciendo esa visión, agreden y exterminan personas por razones racistas, sexistas, homofóbicas, xenofóbicas, religiosas, políticas, etc., o bien, como ya ha ocurrido en otros casos eliminando —con una carga de inusitada violencia— las incalculables expresiones de riquezas patrimoniales, mudos testigos de lo que otrora significaron esa antiguas manifestaciones de la obra humana y que deben comprendérselas como las bases culturales de los tiempos históricos que ha vivido la Humanidad.
En los tiempos actuales, ¿se asegura la expresión laica del sistema educativo en cuanto a la separación de la Iglesia del Estado, de todas las iglesias?; ¿se han validado las aplicaciones de políticas que eviten la imposición de privilegios orientados a la protección de una determinada forma de pensamiento?; ¿cómo se garantiza la absoluta libertad de conciencia en la perspectiva de la organización social y su devenir?; ¿cómo se definirá en el futuro próximo lo laico como fundamento de una gestión de desarrollo en un mundo en que los valores hasta ahora logrados por el humanismo se han desvalorizado?
Es una interesante tarea de estudios y reflexiones, pero, también, una provocadora y desafiante decisión que los constituyentes deben saber adoptar si se desea ser consecuentes con los principios de una sociedad libre y justa.