El Parlamento iraní tiene un poder limitado debido a que las leyes constitucionales otorgan más prerrogativas a otros órganos del sistema que no son elegidos por sufragio directo y que están bajo el control del líder supremo.
“Un Parlamento aun más debilitado” es lo que espera parte de la población iraní, que está decepcionada con el desempeño de la Cámara y no tiene intención de acudir a las urnas en los comicios legislativos del 21 de febrero.
El principal problema es que desde la victoria de la Revolución Islámica en 1979 se han formado en Irán varias instituciones y consejos con poder para legislar o influir en las leyes, lo que condiciona la función del Parlamento.
Un relevante diputado reformista, Mahmud Sadeqí, explicó a Efe que “a lo largo del tiempo y debido a las necesidades existentes se han creado algunas otras fuentes como el Consejo de Discernimiento”, cuya formación fue aprobada mediante la reforma en 1989 de las leyes constitucionales.
“Todo eso ha hecho que ese papel singular del Parlamento haya perdido relevancia (…) La posición del Parlamento a nivel estructural está debilitada ya que de algún modo se le ha despojado la exclusividad de legislación”, lamentó Sadeqí.
LAS INSTITUCIONES EN DISPUTA
Junto al Parlamento y al citado Consejo de Discernimiento se sitúa en esta tríada legisladora el Consejo de Guardianes, formado por doce miembros: seis clérigos designados por el líder supremo y seis juristas nombrados por el Poder Judicial y sometidos a la aprobación del Parlamento.
Como el jefe del Poder Judicial es nombrado por el líder supremo, Alí Jameneí, se puede decir que todos los miembros del Consejo de Guardianes son elegidos de forma directa o indirecta por el líder, quien también designa a los 44 integrantes del Consejo de Discernimiento.
Además, los 290 diputados del Parlamento deben pasar el filtro del Consejo de Guardianes, que para las legislativas de este viernes ha descalificado a miles de aspirantes, buena parte de ellos reformistas como Sadeqí.
El Consejo de Guardianes controla asimismo dos aspectos de las leyes aprobadas en la Cámara. Por un lado, comprueba que esas leyes concuerden con la “sharía” o ley islámica y, por otro, que no violen las leyes constitucionales.
A continuación, el Consejo de Discernimiento, que tiene la función de eliminar las posibles diferencias entre el Parlamento y el Consejo de Guardianes, verifica si la ley coincide con las denominadas “políticas generales del sistema”.
DOS CASOS DESTACADOS DE DESACUERDO
El Parlamento debatió durante meses y finalmente aprobó el proyecto de ley sobre la adhesión de Irán a la convención para Combatir la Financiación del Terrorismo (CFT), pero este fue rechazado por el Consejo de Guardianes.
Este Consejo lo devolvió al Parlamento para que introdujera enmiendas al proyecto, un paso clave para salir de la lista negra del Grupo de Acción Financiera (FATF, en sus siglas en inglés).
Tras las nuevas revisiones, este proyecto de ley, que incluye también una reforma de la ley de blanqueo de capitales y la ratificación de la Convención de Palermo, acabó en el Consejo de Discernimiento, quien dejó pasar la fecha límite a principios de este año para ratificarlo.
Otro tema fue el repentino aumento del precio de la gasolina en noviembre pasado ante el que varios diputados protestaron por no haber sido consultado el Parlamento sobre este incremento.
Esta decisión, tomada por el Consejo Supremo de Coordinación Económica, formado por orden del líder supremo, provocó amplias protestas populares en el país que derivaron en críticas contra el sistema teocrático y que fueron duramente reprimidas.
El portavoz del Consejo de Guardianes, Abas Ali Kadjodaí, defendió en declaraciones a Efe que es “responsabilidad del líder determinar las políticas generales del sistema de la República Islámica después de consultar con el Consejo de Discernimiento”.
LAS DIFICULTADES DE MEZCLAR DEMOCRACIA Y RELIGIÓN
La actual Constitución de Irán fue aprobada en 1979 en referéndum y reformada en 1989, unos meses después del fallecimiento del fundador de la República Islámica Ruhola Jomeiní.
Estipula que el sistema de Irán es religioso y basado en el principio “Velayat faqih”, que otorga todos los poderes a una persona, el líder supremo, al que se reconoce como sucesor del imán duodécimo de los chiíes.
En este marco, el líder supremo tiene la última palabra sobre las decisiones importantes de la República Islámica y sus leyes, que se aplican por esa dualidad de voto popular y de doctrina de “Velayat faqih”.
“Somos una democracia religiosa”, resume el reformista Sadeqí, quien opina que “esa combinación de democracia y religión ha creado estas complicaciones”.