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La Corte Constitucional de Colombia avala el matrimonio igualitario

La decisión llega cinco meses después de que la Corte aprobara la adopción por parte de parejas homosexuales

La Corte Constitucional de Colombia ha avalado este jueves el matrimonio entre parejas del mismo sexo. La norma ha salido adelante con seis votos a favor y tres en contra. Colombia es el cuarto país de América latina en tomar esta decisión después de Argentina, Brasil y Uruguay.

El de hoy es uno de los avances sociales más destacados del país después de que en noviembre se aprobase la adopción entre parejas del mismo sexo. La decisión es un golpe al ala más conservadora de la Corte. El magistrado Jorge Ignacio Pretelt sostenía que las parejas gay no podían contraer el tantas veces citado matrimonio. Para él, esa figura solo estaba autorizada en parejas heterosexuales.

El colectivo homosexual obtiene así, en una decisión que se prolongó varias semanas, un nuevo logro en su lucha por la igualdad. El alto tribunal les reconoció el matrimonio civil, un vínculo que, hasta ahora se podía hacer ante un juez bajo el rótulo de unión solemne, una figura que generó un vacío legal y por lo que varias organizaciones LGTBI se unieron para solicitar que se regulara.

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Aunque debía ser el Congreso de la República el que, a través de una ley, legislara sobre el tema, el plazo que le dio la Corte Constitucional para hacerlo venció. Desde el año 2011, cuando el alto tribunal reconoció que las parejas de homosexuales son familia y que el Congreso debía regular el matrimonio igualitario, apenas se ha avanzado. Los parlamentarios habían archivado los proyectos que habían intentado estudiar el tema.

Por eso, ante la inexistencia de leyes claras, algunos jueces permitieron a al menos 50 parejas unirse en matrimonios civiles en los dos últimos años, mientras que otros optaron por realizar «contratos» que dejaban en un limbo legal a quienes buscaban formalizar su unión. Con la decisión de este jueves, la Corte extiende la figura de matrimonio a todos los géneros y ningún notario o juez de Colombia podrá negarse a celebrar ese tipo de uniones.

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