El origen de la problemática de las inmatriculaciones es UNA LEY FRANQUISTA: la Ley Hipotecaria de 1946. El artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 y su Reglamento de 1947 permitieron inscribir bienes a nombre de la Iglesia equiparando a ésta con la administración pública y a sus obispos con notarios. Bastaba con la simple firma de un obispo. “Una sola palabra tuya servirá para inscribirme”.
Recuperando lleva al presidente del Gobierno la alarma por los bienes comunales registrados a nombre de la Iglesia
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