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Valladolid como Estambul

El tres de abril La magistrada Juez del juzgado nº 1 de lo Contencioso Administrativo de Valladolid dictó sentencia a la demanda interpuesta por la muy honorable, tolerante, democrática y liberal asociación de abogados cristianos contra el Ayuntamiento de Valladolid exigiendo la anulación total y absoluta de una moción laicista aprobada en pleno por vulneración de derechos fundamentales. Moción laicista a la que determinados medios de comunicación ni progresistas ni comunistas, ni independentistas, ni socialistas ni demás maldades calificaron inmediatamente de laicista radical. Faltaría más. (Aunque estoy seguro que se quedaron con las ganas de decir que además fue presentada por los enemigos de Dios, de la Patria y el Rey)

Siempre me ha llamado la atención por qué la muy honorable, tolerante, democrática y liberal asociación de abogados cristianos se llaman así y no abogados católicos. Pero esa es otra historia que se la contaré otro día, pues parece que la honorable asociación no mantiene muy buenas relaciones con la cúpula episcopal de la iglesia católica apostólica y romana.

La cuestión es que comentar una sentencia es siempre algo farragoso, cansado, tedioso. Porque las sentencias suelen ser muy largas, llenas de términos jurídicos que los inexpertos en estas cuestiones apenas si entendemos, y requiere un esfuerzo a veces insufrible.

En fin, como aún gozamos de algunos resquicios de libertad de expresión, no sé por cuanto tiempo, aún está permitido comentar las sentencias de sus señorías, que estando ya muy cerca del poder absoluto, aún les faltan los últimos peldaños. Así pues, vamos a comentar algunos aspectos de la susodicha sentencia.

En primer lugar, manifestarles a todas las personas que lean este artículo que dada la acostumbrada fidelidad a la verdad con que nos informan la mayoría de los medios de comunicación de esta querida patria, lamento profundamente disentir con los titulares con que dieron a conocer a la opinión pública la noticia sobre la sentencia contra la moción laicista radicalísima. Y que entre unos y otros venían a decir:

“Abogados cristianos tumba la moción laicista radical del Ayuntamiento de Valladolid.

¿Y saben porque disiento? Pues porque no es cierto. Porque deliberadamente mienten. (Perdón se equivocan). Claro que la muy honorable, tolerante, democrática y liberal asociación de abogados cristianos exigía la anulación total y absoluta de la moción laicista radical. Pero el caso es que la susodicha moción tiene 16 Artículos y la sentencia anula solo dos. ¿Es esto tumbar la moción laicista radical del Ayuntamiento de Valladolid? A mí no me lo parece. Simplemente: Mienten (perdón se equivocan)

La sentencia anula solo los apartados 2a y 2b de la moción, repito de 16.

Para no hacer el comentario demasiado pesado y farragoso hoy solo les voy a comentar lo referente al 2b.

El apartado 2b de la moción dice textualmente:

  1. Igualmente no se promoverán, por parte de este Ayuntamiento, ritos ni celebraciones religiosas de ningún tipo, excepto aquellos que constituyan un patrimonio cultural o artístico de interés reconocido, siendo todos los actos organizados por el Ayuntamiento de Valladolid exclusivamente de carácter civil.

Y esto es ni más ni menos lo que anula la sentencia.

   O sea, que el Ayuntamiento de Valladolid a partir de ahora tiene que promover ritos y celebraciones de carácter religioso de todo tipo, porque en caso de no hacerlo vulnera los derechos fundamentales.

  Pero aún hay más. La Ilustrísima magistrada, a la que suponemos perfectamente documentada cita en otro apartado un párrafo de la sentencia del Tribunal Constitucional sección 1ª de 10 de abril de 2018 nº31/218 que dice así:

Nuestra jurisprudencia ha partido de la idea de que el Estado, tal y como afirma la doctrina en expresión gráfica, es un sujeto “religiosamente incapaz”, lo que hemos expresado en la formula “el Estado se prohíbe a sí mismo cualquier concurrencia, junto a los ciudadanos, en calidad de sujeto, de actos o actitudes de signo religioso. (Sentencia del Tribunal Constitucional 24/1982, de 13 de mayo FJ9)

Que me lo expliquen porque por más vueltas que le doy no casa de ninguna manera.

¿O sea que la magistrada de Valladolid obliga a un sujeto religiosamente incapaz a que a partir de ahora tiene que promover ritos y celebraciones de carácter religioso de todo tipo, porque en caso de no hacerlo vulnera los derechos fundamentales?

¿Saben lo que les digo?: Que lo mejor Valladolid como Estambul

  ¿Yo no sé si Vds. conocen Estambul? Ciudad magnífica y maravillosa. Con muchísimas, muchísimas mezquitas. El rito musulmán ordena que el muecín se suba al minarete cinco veces al día y allí a voces inste a los seguidores de Mahoma y los invite rezar 5 veces al día. A día de hoy los muecines ya no se suben a los minaretes. Las mezquitas están todas conectadas a un sistema electrónico y cinco, si cinco veces al día, cuando menos te lo esperas, todo Estambul se convierte en un griterío, lleno de alaridos electrónicos que aturden a diestro y siniestro a naturales, a visitantes, creyentes y no creyentes invitando a la oración.

  Pues bien, el Alcalde de Valladolid, en cumplimiento de la sentencia debería hacer algo parecido. Pero como además tiene que promover ritos y celebraciones de carácter religioso de todo tipo, porque en caso de no hacerlo vulnera los derechos fundamentales, Podría llenar el día de la ciudad castellana con llamadas a la oración cristiana 3 0 4 veces con inmenso sonar de campanas como en Estambul con una red de altavoces por toda la ciudad y llamar a maitines, al ángelus, a laudes y a vísperas, otras 3 o 4 los alaridos de los muecines como en Estambul y otras 3 0 4 los lamentos rabínicos. Para empezar y eso sí anunciando cada vez que suenen estas invitaciones religiosas, informe a la ciudadanía que no lo hace por su propia voluntad sino para dar cumplimiento de la sentencia de la señora a magistrada Juez del juzgado nº 1 de lo Contencioso Administrativo y gracias a que la demanda interpuesta por la muy honorable, tolerante, democrática y liberal asociación de abogados cristianos ha defendido los derechos fundamentales de la patria y de todos los españoles.

  Mira por cuanto su señoría la Magistrada con su honorable sentencia conseguiría que esto que no se hace en ninguna ciudad europea resultaría que VALLADOLID COMO ESTAMBUL.

José Luis Iglesias socio de Europa Laica, de cuya Junta Directiva ha formado parte en representación de Asturias Laica y ha coordinado la Red de Municipios por un Estado Laico.

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