Sr. Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), D. Ricardo Mairal Usón:
UNI Laica (la Asociación por una Universidad Pública y Laica, sección de Universidad de Europa Laica) ha recibido la queja que le presentó un alumno de la UNED, don Fernando Bruna, por la celebración de “Santo” Tomás de Aquino como patrón de dicha Universidad (nos hicimos eco de esa queja en el Observatorio de la laicidad: http://tiny.cc/njivfz).
Coincidimos con el denunciante en que la mera denominación de “santo” (más aún, “Santo”) por la universidad, a la hora de otorgarle el honor de considerarlo patrón de la UNED, supone un reconocimiento de una categoría estrictamente eclesiástica que está totalmente fuera de lugar en una institución pública del Estado aconfesional, y que tal reconocimiento vulnera los derechos del denunciante por imponerle consideraciones y honores de carácter religioso. Ello es así aunque la UNED no convoque ni lleve a cabo actos estrictamente religiosos en honor al “Santo”.
La misma situación se reproduce cuando los distintos Centros de la UNED celebran su “día” específico homenajeando a diversos personajes del santoral (por ejemplo, a San Alberto Magno, San Vicente Ferrer o San Isidoro de Sevilla).
En UNI Laica consideramos que el apego al santoral fue más propio de tiempos nacional-católicos que se suponen felizmente superados, y que por tanto no debe haber patronos universitarios cuyo mérito principal para serlo se sustente en su relevancia religiosa. En este caso concreto, pensamos que es necesaria una reconsideración de los patronos universitarios, de modo que se decida democráticamente, y al margen de creencias y convicciones particulares, lo más conveniente para celebrar el Día de la Universidad o del Centro en cuestión –que de hecho no tiene por qué ser un homenaje a una persona concreta–, como en efecto ya ocurre en diversas Universidades, Facultades y Escuelas universitarias españolas.
En el caso de que se decida que ese Día de la Universidad o del Centro tenga una denominación y referencia personales, o que se rinda homenaje a un personaje relevante concreto, este debe serlo por sus méritos objetivos al margen de creencias particulares, y si resultara que el personaje, en un ámbito ideológico o religioso particular, recibe un determinado tratamiento (como el de “santo/a”, “mahatma”, “gran maestro/a”, “camarada”, etc.), este debe evitarse por parte de la Universidad, que ha de referirse a él con una denominación laica, exenta de categorías religiosas o ideológicas, una denominación que así tendrá sentido para todos y no solo para un grupo de creyentes o seguidores.
En aras de garantizar la aconfesionalidad de la Universidad de una forma institucional, de manera que aquélla se mantenga aunque cambien las autoridades académicas, sería necesario incluir las celebraciones laicas del Día de la Universidad y de los Días de sus diversas Escuelas y Facultades, en sus Estatutos. Estos deben recoger la celebración del «Día del Centro» correspondiente dejando claro que si se realiza homenajeando a algún personaje, debe ser por los méritos objetivos de éste, y no por su adscripción religiososa o ideológica; si el personaje tuviera tal adscripción, el tratamiento que se le dará sólo incluirá títulos que no la tengan en cuenta.
En definitiva, se trata de alcanzar y sostener una Universidad pública que no discrimine, ni positiva ni negativamente, por razón de creencias, es decir, plenamente laica.
Esperamos que considere nuestras argumentaciones y peticiones, y le agradeceremos que, como máxima autoridad de la UNED, responda a ellas.
Atentamente,
10 de noviembre de 2019