Así lo determinó un fallo judicial. La pequeña fue bautizada como católica pero tras la separación de sus padres, la madre abrazó otra religión.
Un tribunal autorizó tácitamente que una menor de 4 años sea educada según los preceptos de la religión Testigos de Jehová, pese a la oposición de su padre, siempre y cuando se respete «el interés superior del niño».
La niña fue bautizada en la fe católica, pero después de la separación de los progenitores, la madre abrazó el culto de los testigos de Jehová y llevó a su hija por esos senderos religiosos.
El padre planteó una medida cautelar para «que se prohíba a la madre de su hija menor de edad hacerla participar de actos, reuniones, peregrinaciones y campañas de divulgación de la religión que ella profesa».
Pero en dos instancias ese planteo fue rechazado, receptando «la libertad religiosa y el derecho de ambos progenitores a brindar educación moral y religiosa a su hija, pero respetando el límite del interés superior de la niña».
«No se trata en el caso de dejar librado a la voluntad de la niña, de 4 años de edad, qué es lo conveniente para su vida, sino simplemente de fijar como límite de las decisiones de los adultos que tienen a cargo su crianza, respetar el interés superior de quien también tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, derecho a la educación, al juego y a una vida social acorde a su edad», sostuvieron los jueces Francisco Hankovits y Andrés Soto.
Según los jueces, el fallo «facilita una circulación lo más amplia posible, en ambos contextos parentales, asegurándole a la niña la mayor diversidad de opciones educativas y religiosas contribuirán a evitar una sobreadaptación que luce como un camino prefijado».
El fallo intima a los padres «a abstenerse de contrariar el deseo y voluntad de la niña respecto a su derecho a practicar libremente un culto religioso, en tanto la participación en el mismo no resulte contraria a su interés superior».