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Un juzgado exime a la Iglesia de pagar el IBI en un ayuntamiento de Ourense

El juez deja abierta la posibilidad de recurrir al Supremo El Ayuntamiento dejará de ingresar 2.727,49 euros reclamados a la Iglesia

El Ayuntamiento de Amoeiro no podrá cobrar el Impuesto del Bienes Inmuebles (IBI) a la Iglesia Católica. El juez titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense ha dictado una sentencia en la que estima el recurso de la diócesis y sus bienes continuarán sin tributar "porque están exentos".

Con la aplicación de la resolución judicial la hacienda local se queda sin ingresar la cantidad de 2.727,49 euros derivados de la liquidación de impuestos sobre las fincas urbanas de titularidad eclesiástica.

El juez en la sentencia, de la que ya tienen conocimiento las partes, argumenta que ante la complejidad del tema y por haber jurisprudencia contradictoria previa, debe ser otra instancia jurisdiccional la que resuelva definitivamente el asunto.

Y es que en la propia resolución judicial se abre la vía del recurso de casación ante el Tribunal Supremo para que sea el máximo órgano jurisdiccional quien siente doctrina y establezca definitivamente los criterios a seguir.

Esta posibilidad, y la propia resolución judicial, es valorada muy positivamente por el alcalde de Amoeiro, Rafael Villarino.

El regidor socialista entiende que "la sentencia es hábil e inteligente" y permite que sea el Supremo el que "aclare todas las cuestiones y deje definitivamente zanjado el asunto". En todo caso, Rafael Villarino ha confirmado a EL MUNDO.es que disponen de tres meses para preparar el recurso y anunció que "llegaremos hasta el final".

No condenar el pago de las costas

El propio alcalde pone en valor la decisión del juez de no condenar al pago de las costas al Ayuntamiento y resalta "las posibilidades que se abren para todos los ayuntamientos de España al poder acudir al Tribunal Supremo".

La decisión del Consistorio, a través de su alcalde, el socialista, Rafael Villarino, convirtió al pequeño pueblo en pionero en Galicia al exigir el pago de los tributos a la Iglesia. En un primer momento la cantidad reclamada era de 3.500 euros pero "la falta de un deslinde entre las viviendas y las fincas motivó que tuviéramos que reducir la cuantía de la reclamación".

En todo caso la Administración tiene la intención de actualizar todas las propiedades "para que todo esté perfectamente claro en el futuro". La reclamación es fruto de la actualización del catastro en el año 2010 después de haber pasado 20 años sin las preceptivas actualizaciones.

Como consecuencia de la revisión, los técnicos municipales comprobaron la titularidad de todas las fincas rústicas y urbanas y enviaron la preceptiva comunicación a los vecinos y a la Iglesia para la liquidación del IBI. En el caso de la Iglesia no se hizo ninguna excepción, ni se entabló ningún tipo de conversación "porque la administración trata a todo el mundo igual y utiliza modos reglados para comunicarse".

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