El CTBG rechaza que los datos internos tengan “carácter auxiliar o de apoyo”, como esgrimía la Comunidad de Madrid para negar la información / La presidenta autonómica anunció hace un año que analizaría el trabajo realizado en las residencias.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha concedido un plazo de 30 días hábiles a la Consejería de Presidencia de Madrid para que informe sobre las conclusiones que ha arrojado la investigación interna sobre las residencias de mayores que Isabel Díaz Ayuso anunció en junio del pasado año. Con más de 6.200, esta comunidad autónoma es la que acumula un mayor número de fallecidos por coronavirus en este tipo de centros.
En una resolución fechada el pasado 17 de junio, consultada por este diario, la autoridad independiente encargada de promover la transparencia pública ha amparado a un ciudadano que presentó una reclamación al no recibir la información sobre las actuaciones de revisión en los centros de mayores que había solicitado. El Ejecutivo madrileño tiene de margen hasta el próximo 29 de julio para proporcionar la documentación y hasta mediados de agosto para recurrir ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en caso de discrepar con el pronunciamiento del CTBG.
El pasado 25 de enero, un ciudadano dirigió solicitud de acceso a información pública a la Comunidad de fin de requerir determinada información acerca de la investigación interna sobre las residencias de mayores que Díaz Ayuso anunció el 11 de junio de 2020 en la Asamblea de Madrid. En respuesta a una pregunta de Podemos, la presidenta autonómica desplegó aquel día el listado de centros atendidos durante la pandemia y acusó a la formación morada de buscar «carne política».
En concreto, el solicitante ha tratado sin éxito de conocer las conclusiones o la fase en que se encontraba dicha investigación, a quién y qué tipo de información se había solicitado, cuál había sido la cronología de los trabajos y qué consejería o equipo concreto había llevado a cabo la actuación, entre otras cuestiones concretas. Disconforme con la respuesta recibida, interpuso reclamación ante el Consejo de Transparencia días después.
Cuando el CTBG dio traslado del expediente a la Dirección General de Transparencia, Gobierno Abierto y Atención al Ciudadano y a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia para que pudieran formular alegaciones, la Comunidad de Madrid defendió que la información que se le había solicitado no era un procedimiento administrativo «con algún tipo de audiencia o efectos públicos» por cuanto Díaz Ayuso sólo buscaba disponer de datos a nivel interno sobre la gestión de las residencias de mayores «para su conocimiento y, en su caso, propuesta de acciones o medidas adicionales». El consejero responsable de Políticas Sociales, Igualdad, Familias y Natalidad era Alberto Reyero, (Ciudadanos), que dimitió a principios de octubre.
El Ejecutivo madrileño entendía que en la petición de información concurría una de los cinco causas que la Ley de transparencia -en su artículo 18- prevé como motivo de inadmisión: «Referidas a información que tenga carácter auxiliar o de apoyo como la contenida en notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos o entre órganos o entidades administrativas».
Invocando su propio criterio y la interpretación restrictiva que defiende el Tribunal Supremo en relación con las limitaciones al derecho de acceso a la información, el Consejo de Transparencia rechaza el argumento del Gobierno de Díaz Ayuso y estima la reclamación formulada por el ciudadano, al entender que no concurre la causa esgrimida.
No es información auxiliar
«Las actuaciones llevadas a cabo en el marco de una investigación por lo acontecido en las residencias de mayores a consecuencia de la crisis sanitaria derivada por el covid-19 no pueden ser encuadrables dentro de la categoría de información auxiliar o de apoyo, al tener una incidencia directa en el proceso de toma de decisiones públicas y, por lo tanto, en el principio de rendición de cuentas en el que se basa la LTAIBG [Ley de transparencia, acceso a la información y buen gobierno], que parte del acceso a la información para un adecuado control de las decisiones de los responsables públicos», ha resuelto.
Fuentes del CTBG han confirmado este lunes a El Independiente que la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid no había dado cumplimiento todavía a su resolución, dado que no le había enviado copia de la documentación que eventualmente hubiera podido facilitar al solicitante. Está aún en plazo, puesto que el margen empezó a correr el pasado 18 de junio y tiene 30 días hábiles para dar respuesta. También puede impugnar la resolución del Consejo de Transparencia ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, para lo que dispone hasta el próximo 17 de agosto.
De acuerdo con los últimos datos difundidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), dependiente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, 6.236 residentes en centros de mayores de la Comunidad de Madrid habrían muerto por el coronavirus desde que se declaró la pandemia hasta el pasado 22 de junio (1.502 casos confirmados y 4.734 con síntomas compatibles con la covid-19). Le siguen Cataluña (5.522) y Castilla y León (4.063).
La Fiscalía de Madrid ha presentado ya denuncias contra nueve residencias de mayores de la comunidad en las que fallecieron usuarios durante los primeros meses de la pandemia al entender que el personal directivo o trabajadores sociosanitarios pudieron cometer delitos de homicidio imprudente y omisión del deber de socorro. La última acción del Ministerio Público se conoció a principios de mes e iba dirigida contra la directora y una médico de una residencia de San Lorenzo del Escorial.