España, a pesar de su definición constitucional, sigue siendo un país semiconfesional: con sus funerales de estado, con aportaciones religiosas de los fieles católicos detraídas de sus impuestos estatales obligatorios, con las exenciones fiscales a bienes religiosos no dedicados al culto, con miles de inmatriculaciones a nombre de la iglesia de bienes que no le pertenecen, y ello mediante una firma del obispo transformado en notario por el gobierno de Aznar. La enseñanza no ha sido ajena a esta consideración.
El cardenal Cañizares lanzó, en el Levante-EMV del miércoles 6 de febrero, una proclama para salvar la libertad de enseñanza, supuestamente amenazada, sin presentar prueba alguna. En la proclama del cardenal, que se difundirá paralelamente a la campaña electoral con la colaboración de las AMPAS católicas, se habla de derechos fundamentales como el de educar a los hijos conforme a las propias convicciones religiosas y morales -que no son sólo las católicas-. Pero en ningún apartado del art. 27 de la Constitución se reconoce la obligatoriedad del Estado de financiar todas las elecciones individuales de los padres, al igual que ocurre en otros servicios básicos como la sanidad; por ello, el citado artículo reconoce el derecho de las personas físicas y jurídicas a crear centros docentes: «Los poderes públicos garantizan el derecho de todos, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes» (art 27.5). Esa programación general constará de una red de centros extendida a todo el territorio nacional, compensando escolarmente a los sectores más vulnerables con un modelo de escuela democrática, pluralista, integradora… que garantice todos los derechos y libertades, asentada sobre un profesorado competente seleccionado con los principios de mérito, calidad y publicidad, a través de oposiciones, y ajeno a la elección arbitraria de los empresarios privados de servicios educativos.
Una red tan extensa que integra a todas las clases e idearios y que debe ejercer una fuerte acción compensatoria exige,como condición indispensable, una financiación pública considerable que es incompatible con la que solicitan centros de ideario no incluidos en la programación general, ubicados, con criterios empresariales, en barrios de élite o lujosas urbanizaciones que seleccionan a las clases acomodadas.
Y claro, las redes escolares funcionan como los vasos comunicantes: un aumento de los conciertos en la época de la consellera Catalá los extendió a bachillerato -no se contemplaba en la Ley orgánica vigente (LODE y su Reglamento 1985-2016 )-, descapitalizando la red pública, lo que obligó a enviar a parte del alumnado de Secundaria Obligatoria a barracones, a desentenderse del mantenimiento de los centros públicos, además de recortar sus recursos humanos y materiales.
En resumen, señor cardenal Cañizares, la libertad de enseñanza es una cortina de humo. Lo que de verdad se va a discutir y decidir en las elecciones -en las que ustedes van a participar activamente del lado de siempre- es si los modestos ingresos fiscales de nuestro modelo económico deben de ir preferentemente a la enseñanza pública, o más bien a financiar centros elitistas de ideario católico.
Pura Aloy