El TSJA admite un recurso de 2015 de las diócesis andaluzas y la asociación de profesores de religión contra la Orden de la Consejería de Educación por la que establece el currículo de Primaria y el horario de cada materia, contemplando un horario mínimo de 45 minutos semales para religión, ampliables por el centro a 90 minutos.
El Tribunal no entra en el fondo del asunto y se limita a admitir un fallo de procedimiento al no haberse realizado adecuadamente las comunicaciones para que conocieran el proyecto de Orden, por lo que el TSJA anula dicha Orden.